Avisos Legales
Nacional

Condenados como criminales antes de nacer

Por: Rodrigo Ruiz | Publicado: 03.03.2015

«Prevention is the first imperative of justice» (United Nations document S/2004/616)

La recomendación de las Naciones Unidas para reducir las tasas de delincuencia y prevenir el crimen enfatiza que se debe poner atención a la calidad de vida de todos los ciudadanos más allá de las políticas que puedan existir en relación a los crímenes ya cometidos. La Guía de las Naciones Unidas específicamente señala:

“Existe una clara evidencia que un buen plan de prevención busca no solo prevenir el crimen y la victimización, sino que también promueve el bienestar de la comunidad y contribuir al desarrollo sustentable de los países. Efectivamente, un plan de prevención del crimen responsable intenta mejorar la calidad de vida de todos los ciudadanos. El mencionado plan tiene efectos a largo plazo que incluyen no solamente reducir el costo asociado a la justicia criminal formal, sino que también otros costos sociales relacionados a la comisión de crímenes” (Economic and Social Council resolution 2002/13).

Durante muchas décadas, Chile ha tenido como ejemplo a Estados Unidos en varias materias, incluida la prevención de la delincuencia. Sin embargo, esta situación obvía las prácticas que vuelven al país del norte una nación con grandes diferencias sociales, altas tasas de delincuencia, así como el hecho de que se trata de una sociedad infeliz y violenta.

Al seguir el modelo norteamericano, el estado chileno, desde las reformas realizadas por los Chicago boys en los años ochenta, ha ignorado su misión de proveer bienes y servicios básicos para la población. A partir de entonces, Chile se ha caracterizado por las bajas tasas de impuestos a nivel internacional –las que hicieron considerar al país casi un verdadero paraíso fiscal para las grandes multinacionales por varios años– y por haber dejado en manos de privados la provisión de servicios sociales como la educación, la salud y el sistema previsional.

A pesar de la aparentemente irreversible adscripción a las ideas norteamericanas seguidas por el Estado chileno, existen alternativas viables en materia de prevención del delito. Para el bloque escandinavo (Suecia, Noruega, Islandia, Finlandia) y para las Naciones Unidas, detrás del crimen existe una causa obvia: la mala calidad de vida de los ciudadanos. Si lo que se desea es disminuir las tasas de delincuencia, la solución no proviene de tipificar más hechos que revistan caracteres de delito, tener más policías en las calles o construir más cárceles. La delincuencia se previene otorgando vidas digna a los ciudadanos, oportunidades de desarrollo y condiciones que permitan que cada individuo pueda ser feliz.

Resulta interesante leer los discursos de los líderes políticos y artículos periodísticos de los países nórdicos. En ellos se pueden apreciar frases tales como «el pago de remuneraciones y pensiones dignas reemplazan el pago por el exceso de policías en las calles y el mantenimiento de las cárceles», o «la mejor forma de prevenir (no hablan de «combatir») el crimen es a través de un sistema social equitativo». Especial atención cabe prestar a lo señalado por la Directora de las Correccionales en Noruega en el año 2012, Marianne Vallon, quien refiriéndose a la situación de los privados de libertad indicó que «debemos educarlos para cuando vuelvan a vivir en libertad. Dentro de la prisión deben vivir lo más parecido a la vida que tendrán cuando estén en libertad y es la forma más efectiva de proteger al resto de la sociedad».

Las cárceles en Escadinavia serían consideradas «de lujo» por los chilenos. La prisión de Bristoy Island en Noruega es conocida como la «casa de verano de Alcatraz», pues en el interior de sus instalaciones existen saunas, y se desarrollan diversas actividades como caminatas alrededor de la isla y capacitaciones. Otra virtud del modelo escandinavo puede desprenderse de la Constitución de Islandia. Esta, en su artículo sesenta y cinco, asegura el respeto de los derechos humanos a todos los internos. Además, en los recintos penales de este país, se entregan folletos explicativos sobre los derechos, beneficios y deberes que los internos tienen en prisión. De esta manera, la experiencia nórdica entiende que quienes se encuentran en prisión son personas que cometieron errores y por lo tanto, todos sus derechos humanos –excluyendo sólo la libertad que se encuentra temporalmente limitada– deben ser respetados.

En Chile la situación es diametralmente opuesta. Para muchos chilenos, quien comete un delito es un enemigo que debe sufrir intensamente por su acción. Conforme a esta forma de ver el mundo, tiene todo sentido y lógica el que las cárceles sean verdaderos infiernos en la tierra y que los internos sean tratados peor que animales. Contrario a este fenómeno material, la Constitución señala que Chile es una república democrática; en las aulas universitarias de las escuelas de Derecho se enseña que el derecho penal moderno se caracteriza por sancionar hechos y no personas. En este sentido, la normativa chilena –que supone ser reflejo de ideales democráticos– se enfrenta al fenómeno social de la «criminalización» de la pobreza. Fenómeno que es parte de un paradigma social complejo, muy parecido al que existió en los tiempos coloniales y que, por cierto, resulta totalmente contrario al paradigma social que intenta permear una república realmente democrática.

En efecto, la Constitución chilena en su artículo primero señala que todas las personas nacen «libres e iguales», pero si se mira la situación en concreto, se observa que muchos chilenos han perdido su libertad aun antes de nacer. Es como si las personas en Chile nacieran con una condena a la estigmatización. Sus nombres, barrio de origen, educación y aspecto físico se convierten en verdaderas cadenas que impiden la libertad, resultando muy difícil para los pobres conseguir buenos puestos de trabajo en determinadas empresas y barrios. Serán prácticamente condenados por el resto de la sociedad y parte del gobierno como «criminales» aún antes de ser juzgados por algún tribunal.

Por otra parte, a partir de la Constitución y las reformas económicas de los años ochenta, el Estado chileno poco o nada ha hecho para promover la equidad y el bienestar general de la población. Tanto la dictadura militar como los gobiernos posteriores elegidos democráticamente, han mantenido exactamente la misma estructura. De esta manera, se ha mantenido una sociedad separada por castas, heredada de la Colonia española –muchos apellidos de familias adineradas en aquella época siguen siendo los mismos hoy en día. El Estado de Chile se ha encargado de dificultar la movilidad social no solo a través de los altos costos de la educación de calidad y las remuneraciones mínimas que no aseguran una calidad de vida decente, sino que también al permitir que medios masivos de comunicación social y autoridades políticas promuevan la estigmatización criminal del pobre, publicidad y opiniones que en otros países serían consideradas totalmente ilegales por tratarse de un tipo claro de discriminación que atenta contra la political correct attitude o political correctness (actitud política correcta) y los ideales detrás de la Democracia y el respeto de los derechos humanos de todos los ciudadanos.

Ante sistemas carísimos de educación y salud, remuneraciones mínimas indignas y precarias pensiones de vejez, pareciera incluso racional correr el «riesgo» de delinquir, ya que al final hay poco o nada qué hacer. Adicional y tristemente a este abandono, se agrega un mundo político y periodístico que demoniza a quienes cometen cierta clase de delitos al etiquetarlos como «enemigos» de la sociedad. ¿Por qué, en lugar de enviar a un sin número de personas a la cárcel, nos concentramos en proveer mejor educación, un mercado laboral digno, un mejor sistema de salud para toda la población y cárceles que respeten los derechos de los internos como seres humanos y ciudadanos? En Chile pareciera que la condena por cometer un delito no significa solamente limitar el derecho a la libertad sino que privar de una serie de otros derechos inherentes a todo ser humano. Por la forma en que en Chile opera la pena de cárcel, se debería dejar en claro que la sanción en ciertos casos no es sólo la limitación temporal de la libertad sino que la privación total de los derechos humanos y ciudadanos, que el Estado no está al servicio de la persona humana, que el ejercicio de la soberanía no reconoce como límite el respeto de los derechos humanos y que no es deber de los órganos del Estado respetar y promoverlos. Que las personas no nacen libres e iguales en dignidad y derechos.

La colaboración y empatía pueden solucionar muchos problemas sociales. Quizás es tiempo de cambiar nuestro país de referencia, de observar prácticas y resultados en lugar de teorías y, en definitiva, proveer las condiciones que aseguren de hecho –y no solo en la Constitución– la libertad de todos los individuos a decidir qué hacer con sus destinos y estar conformes con sus vidas. Preocuparse de asegurar el respeto de las garantías constitucionales incluso dentro de los recintos penitenciarios debiera ser solo un primer paso.

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* Litigación estructural para América del Sur

Fuentes
http://www.unodc.org/unodc/en/justice-and-prison-reform/CrimePrevention.html
http://www.oecd.org/tax/public-finance/chapter%205%20gfg%202010.pdf
http://www.norden.org/en/om-samarbejdet-1/areas-of-co-operation/the-nordic-welfare-model/about-the-nordic-welfare-model
http://taxfoundation.org/blog/norway-s-addiction-taxes-oil
http://www.sovereignman.com/expat/why-norway-is-a-bs-argument-for-higher-taxes-8235/
http://www.davemanuel.com/2009/09/08/the-norwegian-tax-system/
http://work.sweden.se/living-in-sweden/social-benefits/
http://www.forbes.com/sites/christopherhelman/2013/10/29/the-worlds-happiest-and-saddest-countries-2013/
http://www.paho.org/hq/index.php?option=com_content&view=article&id=9564&Itemid=1926&lang=es
http://www.huffingtonpost.com/johann-hari/the-real-cause-of-addicti_b_6506936.html
http://www.bbc.com/news/magazine-25201471
https://www.gov.uk/government/uploads/system/uploads/attachment_data/file/142225/Iceland_Prison_Pack.pdf
http://www.oxforddictionaries.com/es/definicion/ingles_americano/political-correctness

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