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Nacional

Recordemos el trasfondo del proyecto de ley aborto tres causales

Por: Vanessa Vargas Rojas | Publicado: 07.09.2015

 

aborto tres causales milesEl recorrido que ha tenido el proyecto de ley sobre aborto en tres causales que presentó la Presidenta Michelle Bachelet en un marco de discusión democrática, permea una frágil base de exigibilidad de protección a los derechos humanos de las mujeres.

Las indicaciones presentadas por algunos sectores políticos más conservadores pueden obstaculizar su óptima ejecución en la práctica, ya que sus restricciones y modificaciones no se condicen con la realidad de las mujeres, niñas y adolescentes que viven actualmente en Chile y más bien retrasarían el proceso de interrupción del embarazo en los casos establecidos en el proyecto.

La semana pasada en la Comisión de Salud se presentó el comparado de indicaciones que hicieron Parlamentarios al proyecto de ley. Entre las indicaciones mencionadas, se sugirió la incorporación de un médico especialista que autorice la interrupción del embarazo; que el embrión o feto presente una malformación letal; obligatoriedad de denuncia previa en los casos de embarazo por violación; acompañamiento y consejería en la toma de decisión de la mujer para las tres causales.

No nos olvidemos de lo específico y fundamental de este proyecto de ley. Las tres causales discutidas corresponden a un problema de salud y de derechos humanos

Estas indicaciones podrían restringir aún más el acceso de asistencia para mujeres que decidan abortar en estos casos específicos y sumamente complejos. El argumento que tienen sectores conservadores es sumamente dual, ya que por un lado pretenden resguardar y proteger a la mujer, pero por otro lado imponen estas limitaciones, apaciguando su autonomía y empoderamiento en la toma de sus propias decisiones ante un tema tan íntimo, con la intención de que continúen con su embarazo, sin preocuparse por la integridad psíquica y física de la mujer ni del futuro de la vida que están defendiendo.

No nos olvidemos de lo específico y fundamental de este proyecto de ley. Las tres causales discutidas corresponden a un problema de salud y de derechos humanos. Si bien este proyecto integra las problemáticas de violación y maternidad deseada o no deseada, el foco se centra en el resguardo y la defensa de los derechos fundamentales de la mujer- a la vida, la salud, integridad física o psíquica, libertad, igualdad y dignidad- cuando decide interrumpir su embarazo en estas causales.

En el caso específico de mujeres embarazadas por violación en su mayoría son menores de edad que no tienen plena conciencia de su aparato reproductivo, por tanto tardan más tiempo en darse cuenta que están embarazadas, resultando prácticamente inaplicable los plazos acotados de tiempo exigidos en esta causal y puede significar que en muchos casos ellas se vean obligadas a recurrir a un aborto clandestino.

La mujer sufre una gran vulneración a sus derechos al ser violada, por tanto, no se puede obligar a continuar un embarazo no deseado ni tampoco a realizar una denuncia legal para que recién pueda tomar su decisión. Si bien es cierto que el embarazo por violación es uno de los peores tipos de violencia hacia las mujeres y el agresor no debe quedar impune- siendo un gran desafío para políticas públicas, fiscales y judiciales-, la denuncia no puede ser un condicionante para que la mujer pueda interrumpir su embarazo, ni menos ser utilizada como certificado para confiar en su palabra. La obligatoriedad de denuncia no va a aminorar los casos de violación, tampoco hará más justicia, sino que retrasa irresponsablemente el proceso tortuoso al que debe someterse la mujer y sólo provocará que mujeres y principalmente niñas que han sido violadas no puedan decidir por interrumpir su embarazo, ya que no van a recurrir a una institución a denunciar al agresor, que en el 90% de los casos resulta ser su propio familiar o cercano . Además, el temor a la denuncia puede ser nefasto para la mujer; en algunos casos puede que no lleguen a tiempo al hospital, se fuguen o suiciden.

Para la segunda causal, se debiesen fortalecer los mecanismos de detección de alteraciones del embarazo y no limitar a malformación letal ya que pueden existir casos en que hay una embriopatía incompatible con la vida pero no necesariamente puede ser una muerte inmediata en el ámbito extrauterino. Como también destacar que no todos los centros de salud pública en el país cuentan con un médico especialista en medicina materno-fetal, lo cual restringiría el personal autorizado para asistir estos casos.

La rehabilitación integral de una mujer que decide abortar por riesgo de vida, inviabilidad fetal extrauterina o por violación no necesariamente se condice con el acompañamiento propuesto por sectores políticos y religiosos más conservadores. Sería pertinente que exista consulta de asesoramiento y una vez realizado el aborto, brindar una atención integral postaborto, pero no imponer a la mujer un modelo de acompañamiento que influya en la toma de su decisión.

Por tanto, el proyecto de ley de aborto en tres causales debiese asegurar el acceso efectivo de todas las mujeres a la atención integral en salud; incluir servicios de asistencia y asesoramiento que integren la interrupción del embarazo en casos previstos por la ley. La cobertura de los servicios de salud y las acciones de los profesionales de la salud deben fundarse en la ética profesional de acuerdo a una atención capacitada y humanizada para atender interrupciones del embarazo.

Entonces, de acuerdo a las modificaciones y limitaciones que se han presentado al proyecto de ley ¿Cómo se van a resguardar los derechos fundamentales de las mujeres, niñas y adolescentes según los protocolos médicos y niveles de atención establecidos? Estos planteamientos deberían considerarse en el debate de esta materia, y no desviar la discusión hacia otras problemáticas transversales a este proyecto de ley.

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