Avisos Legales
Opinión

Declaración Pública de TravesChile: «El Frente de la Diversidad Sexual vulnera nuestros Derechos Humanos”

Por: El Desconcierto | Publicado: 22.11.2016
Declaración Pública de TravesChile: «El Frente de la Diversidad Sexual vulnera nuestros Derechos Humanos” traveschile-plaza-de-armas |
Repudiamos y lamentamos el trato discriminatorio hacia nuestra compañera Silvia Parada Araya, referente nacional de nuestra agrupación, primer colectivo que comenzó la lucha por la dignidad de toda la comunidad trans en Chile.

En relación a la determinación del Frente de la Diversidad Sexual que rechaza el ingreso de TravesChile a su colectivo de agrupaciones de la diversidad LGBTI, TravesChile declara:

Repudiamos y lamentamos el trato discriminatorio hacia nuestra compañera Silvia Parada Araya, referente nacional de nuestra agrupación, primer colectivo que comenzó la lucha por la dignidad de toda la comunidad trans en Chile. Nosotras como dirigentas y activistas de la diversidad sexual trans no podemos permitir ni tolerar que se cuestionen situaciones del ámbito personal, resueltas legalmente, que obstaculizan las luchas políticas y sociales de nuestra comunidad. Muchos menos podemos aceptar que sean colectivos y activistas gays los que firmen la carta de rechazo a TravesChile porque ellos, más que apoyar nuestra causa, siempre han sido un factor de cuestionamiento y segregación.

Esta determinación del Frente de la Diversidad Sexual no solo discrimina a Silvia Parada, que no pertenece a la directiva de TravesChile, es una socia como todas, sino que excluye políticamente a toda la comunidad trans. En este marco nos preguntamos si la organización trans OTD, integrante del Frente de la Diversidad Sexual, comparte una discriminación arbitraria y excluyente contra TravesChile.

Recordemos que la declaración pública del Frente de la Diversidad Sexual en relación a la denuncia por discriminación y sectarismo realizada por nuestra organización, señalaba textualmente: “Se generó la reflexión interna sobre la situación legal de Silvia quién, de acuerdo a la carta de interés presentada a la secretaría Pro Témpore del FDS, sería la representante en las reuniones del Frente”.  Al respecto, reiteramos que Silvia Parada no es representante legal, ni presidenta de TravesChile.

Dicha declaración del Frente de la Diversidad Sexual no hace sino configurar una real discriminación ya que pone de manifiesto que el motivo de rechazo y exclusión es la existencia de antecedentes penales de una persona para negar, no solo la participación particular de la misma en el Frente de la Diversidad, sino que la incorporación de la Organización TravesChile en su conjunto, entidad con personalidad jurídica propia y distinta de la persona natural de la aludida en dicha declaración.

El equipo jurídico que asesora a TravesChile nos han señalado que “el criterio utilizado por el Frente de la Diversidad Sexual es ilegal y arbitrario en tanto vulnera el derecho de participación y agrupación de esta persona (Silvia Parada) y del colectivo en el que participa”. Este asunto es legalmente relevante porque los estatutos del Frente de la Diversidad Sexual no señalan la existencia de “antecedentes penales” como criterio de selección, exclusión y/o discriminación.

Los mismos asesores, afirman: “A mayor abundamiento, la denegación de ingreso a una organización en razón de los antecedentes penales de una persona no son sino un criterio discriminatorio que vulnera el principio general del derecho penal de prohibición de non bis in ídem, latinazgo jurídico que hace referencia que una persona no puede ser castigada dos veces por un mismo delito”.

De este modo, el Frente de la Diversidad Sexual perpetua el castigo legal cumplido por la persona aludida y en razón de ello deniega su derecho de agrupación reconocido en la Constitución Política y en innumerables tratados internacionales de Derechos Humanos. TravesChile interpreta esta determinación como una violación directa a nuestros Derechos Humanos. Nos preguntamos: ¿Qué tendrá que decir el Instituto Nacional de Derechos Humanos y la Subsecretaría de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia y de Derechos Humanos?

El Frente de la Diversidad Sexual realiza una discriminación arbitraria perseguible, incluso, por la misma Ley Antidiscriminación. Esta normativa, ley N° 20.609, establece la prohibición de discriminación por diversos motivos entendidos, entre ellos, la existencia de antecedentes penales (ART. 2 inciso primero). Denegando además el derecho fundamental  a participación en organizaciones gremiales de todo el grupo de personas  constituidos por aquellas que participan en la organización TravesChile. Todo ello en razón de un criterio discriminador que no responde a consideraciones de razonabilidad en tanto deniega el derecho humano a organizarse, no solo a Silvia Parada, sino a todas las personas que conformamos la organización rechazada, tornando la discriminación, además de arbitraria, desproporcionada.

La discriminación realizada por el Frente de la Diversidad Sexual a TravesChile, no sólo pugna con el propósito mismo que dicen defender sino además incurre en la vulneración de los Derechos Humanos de no discriminación, derecho agruparse y participar en la vida política y el derecho a la personalidad jurídica de Silvia Parada y de todas las personas que conforman TravesChile. La determinación del Frente de la Diversidad Sexual vulnera la legislación nacional, Art. 19 Nº2, 4 y 15 de la Constitución, ley Nº 20.609 y Principios Internacionales de los Derechos Humanos.

Finalmente, TravesChile agradece y valora las declaraciones de apoyo de personas, activistas históricos e instituciones y llama a la diversidad sexual a pronunciarse frente a un hecho que vulnera los Derechos Humanos de todas y todos.

Katty Fontey, Presidenta – Sandy Iturra, Vocera Nacional

DIRECTIVA NACIONAL TRAVESCHILE

Santiago de Chile, 22 de noviembre de 2016

El Desconcierto