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Efecto caso Nabila Rifo: El canal del Poder Judicial no transmitirá más testigos de víctimas para resguardar su vida privada

Por: El Desconcierto | Publicado: 23.04.2017
Efecto caso Nabila Rifo: El canal del Poder Judicial no transmitirá más testigos de víctimas para resguardar su vida privada juicio nabila riffo_ |
Las medidas tomadas por la Corte Suprema establecen que sólo se emitirán por televisión la presentación de los alegatos de apertura, la declaración del acusado -si es que este decide hablar-, los alegatos de clausura, y la sentencia.

La transmisión de la declaración de Nabila Rifo, el 23 de marzo pasado en el Tribunal Oral en lo Penal de Coyhaique, marcó un antes y un después en la televisación de los juicios orales y ha abierto el debate sobre la disyuntiva entre el derecho a la intimidad y a vida privada, por una parte, y la libertad de expresión, por la otra.

Según publica este domingo El Mercurio, 114.989 personas se conectaron vía streaming al canal del Poder Judicial durante la transmisión del juicio y el rating de los matinales en la televisión se disparó.

El debate llegó hasta la Corte Suprema y su presidente, Hugo Dolmestch aseguró a ese medio que «demasiada publicidad cuando se entra en temas de orden íntimo, como pasó en este caso, no es bueno para a tranquilidad de la gente. Me parece que tendremos que entrar a revisar esto, desde el punto de vista de las facultades que tenemos por la vía de las comunicaciones. A veces las transparencias exageradas traen dificultades».

Ante esto, el vocero y presidente de las comisiones de Comunicaciones y Transparencia de la Corte Suprema, Milton Juica, decidió tomar medidas. La primera fue no transmitir más en el canal judicial el testimonio de las víctimas durante el juicio oral, o en los procedimientos abreviados o simplificados.

Cabe recordar que esta era la primera vez que el canal judicial, en sus tres años de existencia, transmitía la declaración de una víctima. La decisión fue considerada porque por primera vez en una de sus transmisiones el acusado decidió declarar en la apertura del juicio: «Si se le dio la oportunidad al imputado de prestar su declaración extensamente, también teníamos que darle una oportunidad a la víctima, para que el público supiera cómo había sido el suceso desde su punto de vista«, precisó Juica.

Entre las otras medidas anunciadas por el presidente de las comisiones, destaca que tampoco se televisará la prueba rendida en el juicio.

En definitiva, los telespectadores serán testigo sólo de la presentación de los alegatos de apertura, la declaración del acusado -si es que este decide hablar-, los alegatos de clausura, y la sentencia.

«No se van a publicitar las declaraciones de las víctimas, sin perjuicio de que la declaración del imputado puede ser dada porque es el derecho que él tiene. En cambio, la declaración de la víctima es obligatoria. Tampoco se transmitirá nada de la prueba», explicó Juica. Estos cambios no tendrán ningún impacto en cuanto a las formalizaciones, que podrán seguir siendo transmitidas como hasta ahora. La decisión, según se explicó, se adoptó para resguardar la vida íntima de los testigos.

El juicio de Nabila Rifo que terminó con Mauricio Ortega, su ex pareja y padre de dos de sus cuatro hijos, declarado culpable por los delitos de femicidio frustrado, lesiones gravísimas y violación de morada violenta en un fallo dividido.

El caso sigue generando polémica hasta hoy por el nivel de exposición de la víctima.

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