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Evangélico sobre «Bus de la Libertad»: «Deberíamos recordar que falsear información es contrario a la fe que decimos defender»

Por: core | Publicado: 17.07.2017
Evangélico sobre «Bus de la Libertad»: «Deberíamos recordar que falsear información es contrario a la fe que decimos defender» bus | Foto: Agencia Uno
Todos los cristianos debemos recordar que el respeto hacia el otro -compartamos o no su manera de vivir-, emana de un mandamiento cristiano fundamental: el amor al prójimo. Así, en manera alguna esta serie de leyes que promueven el respeto y el derecho de otros a ser diferentes a nosotros, pueden ser considerados como un adoctrinamiento o una ofensa para el cristianismo.

A una semana del gran y ensordecedor conflicto que se produjo respecto al denominado “Bus de la Libertad”, como evangélico y licenciado en Derecho, quisiera dar una opinión dialogante, y que revise los antecedentes. Para ello, ordenemos algunas ideas.

Según la vocera del bus, Marcela Aranda, existiría una conspiración llamada “ideología de género” que pretende -a través de una batería de proyectos de ley- imponer una serie de creencias acientíficas en los niños, lo que significa privar a los padres de su derecho preferente a la educación de sus hijos. A este respecto, y si bien uno puede cuestionar la existencia de una “ideología de género” en los términos planteados -porque solo constituye una forma irrespetuosa de referirse a las reclamaciones de igualdad de la mujer y de la comunidad LGTBIQ-, analicemos qué elementos de esta “ideología” se encuentran en los proyectos de ley en tramitación y si es cierto que tienen ese efecto nocivo.

El primer proyecto acusado de este efecto es el “Sistema de Garantías de los Derechos de la Niñez”. Al estudiarlo, vemos que uno de sus fundamentos principales, en concordancia con la Convención de Derechos del Niño, es dar relevancia al “papel de orientación y guía que les compete a los padres en el ejercicio de los derechos de los niños; fortaleciendo, además, los deberes y derechos de los padres en relación con la crianza y cuidado de los niños”. Luego el proyecto hace norma ese eje programático en su artículo 2: “La responsabilidad por el cuidado, asistencia, protección, desarrollo, orientación y educación corresponde preferentemente a los padres del niño”.

El único artículo que realmente trata este tema es el 8: «Igualdad y no discriminación (…) Ningún niño podrá ser discriminado en forma arbitraria en razón de (…) sexo, orientación sexual, identidad de género, expresión de género, características sexuales; (…) suyo o de sus padres, familia, representantes legales o quienes lo tengan bajo su cuidado

Como vemos, este proyecto fortalece el derecho de los padres; y lo único que dice sobre la diversidad sexual es que los niños -o las familias- que pertenecen a ella no pueden ser discriminados. Aquello, en concordancia con los fundamentos del proyecto, la Constitución y los Tratados de DD.HH, no puede ser interpretado como una contradicción con el derecho preferente de los padres a educar a sus hijos, sino en coherencia con ellos de acuerdo a las reglas de interpretación (arts. 19 al 24 del Código Civil). Esto, considerando también que las garantías constitucionales de derecho a educar a los hijos (19 N°10 inc. 2 CPR) y de libertad de conciencia (19 N°6 CPR) son superiores a cualquier norma legal que supuestamente las contradiga.

Los otros proyectos que se reclaman inciden en el derecho a educar a los hijos, son los boletines 10183-04 y 10801-04, que reforman la Ley 20.370 General de Educación.

Respecto al primero, tenemos la propuesta de un nuevo artículo 10, al que le agregan:

a) Los alumnos y alumnas tienen derecho; … a que se respete su orientación sexual o identidad de género, y a desarrollarse en un ambiente educativo tolerante, no discriminatorio e inclusivo…

Respecto al segundo, encontramos la siguiente modificación:

Artículo 28.- Sin que constituya un antecedente obligatorio para la educación básica, la educación parvularia fomentará el desarrollo integral de los niños y niñas y promoverá los aprendizajes, conocimientos, habilidades y actitudes que les permitan:

b) apreciar… su identidad de género…
e) desarrollar actitudes de respeto y aceptación de la diversidad… de género.

Como vemos, estos proyectos lo único que promueven es, entre otros, agregar el respeto hacia los niños y niñas que pertenecen o se identifican con las minorías sexuales, y hacia la autovaloración de lo que ellos mismos son. En palabras simples, en el contexto educativo, son normas contra el bullying, no leyes de adoctrinamiento.

Respecto al proyecto de identidad de género, el cambio de nombre y todos los procedimientos relativos a amparar a las personas trans, ya no opera para los menores de edad. Además, en la discusión en el Congreso, siempre se ha tenido en consideración como un elemento gravitante la participación de los padres en el proceso, y la realización de un procedimiento reglado con antecedentes fundados, que sea registral y no quirúrgico, de manera que decir que existe una amenaza de parlamentarios ideologizados, que sólo quieren destruir el derecho constitucional de los padres no parece más que una consigna dicha desde el desconocimiento de la realidad legal.

Como vemos, es falso que estos proyectos vulneren el derecho de los padres a educar a sus hijos, no solo eso, también hemos visto que han sido maliciosamente relacionados con una serie de antecedentes que responden a errores de información o tergiversaciones, tales como la falsa acusación de que se pretende despenalizar la pedofilia. Sin embargo, cuando trabajamos con calma y paz, investigando detenidamente estos asuntos, yendo a las fuentes que son los proyectos de ley, hallamos que todas las advertencias que nos hacen están armadas sobre la desinformación y la confusión, pues dichas iniciativas legales nada tienen que ver con una privación -que sería inconstitucional por cierto- del derecho a educar a los hijos ni con otras iniciativas que son independientes (como las citas de un libro de sexualidad). Así, su propósito es crear artificiosamente un monstruo, del cual se nos quiere o pretender defender, para obtener apoyo y una ganancia política canalizable a elección.

Ante este escenario, resulta manifiesto que Aranda y los grupos evangélicos que la apoyan deberían recordar que falsear la información es contrario a la fe que dicen defender, además de un dato histórico relevante: a las minorías religiosas también se nos ha discriminado, maltratado y perseguido en forma injustificada a nivel social y legal, negándonos incluso el derecho a compartir el mismo cementerio que el resto de la población, y que la igualdad establecida por la Constitución y las leyes que gozamos hoy en día, avanzó lentamente hacia reconocer nuestra existencia, legitimidad y derecho a no ser discriminados y aun a difundir nuestra fe, lo que fue un proceso lento de muchas luchas que tardó cerca de 150 años. Dicha consideración nos lleva a un paralelo importante como grupos históricamente excluidos de la sociedad. Pero más importante aún: los evangélicos debemos recordar y asumir que el reconocimiento de la existencia y derechos de las “minorías religiosas” a las cuales pertenecemos, no implicaba que se estaba sometiendo a los demás ciudadanos a convertirse a nuestra opción de conciencia, sino que se garantizó el respeto a nuestra dignidad a pesar de que creyéramos ideas y doctrinas que el resto no compartieran o consideraran equivocadas.

Aún más: todos los cristianos debemos recordar que el respeto hacia el otro -compartamos o no su manera de vivir-, emana de un mandamiento cristiano fundamental: el amor al prójimo. Así, en manera alguna esta serie de leyes que promueven el respeto y el derecho de otros a ser diferentes a nosotros, pueden ser considerados como un adoctrinamiento o una ofensa para el cristianismo. Aquello, además de ser un básico principio del derecho, se sigue también de la propia fe cristiana (Lucas 9:52-56).

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