Avisos Legales
Nacional

Empaquetadora gana juicio a Santa Isabel y supermercado deberá indemnizarla por casi $3 millones

Por: core | Publicado: 06.09.2017
Empaquetadora gana juicio a Santa Isabel y supermercado deberá indemnizarla por casi $3 millones Sisabel_serena01 |
La sentencia del Juzgado de Letras de La Serena ordenó al supermercado de Cencosud a pagar una serie de indemnizaciones ante la demanda de despido injustificado. La decisión además podría sentar un precedente debido a que se reconoce una relación laboral entre la empaquetadora y el supermercado.

El Juzgado de Letras del Trabajo de La Serena acogió la demanda de despido injustificado que Fabiola Órdenes Ibarra presentó contra el supermercado Santa Isabel de Coquimbo y ordenó que la ex empaquetadora, quien prestó servicios durante cuatro años a la empresa, deberá ser indemnizada por la empresa.

En el fallo, la magistrada Ximena López determinó que sí existió una relación laboral entre las dos partes, y en el texto se señala que «pese a los esfuerzos de la demandada por encubrir esta relación laboral la prueba ha dado cuenta de su real naturaleza, debiendo primar la realidad por sobre las pretensiones de una de las partes de la relación laboral, que por cierto sólo pretende eludir la responsabilidad que le corresponde”.

De este modo, el supermercado deberá pagar una cifra que asciende a casi $3 millones, como indemnización de aviso previo y por años de servicio; las cotizaciones previsionales y de salud adeudadas; las remuneraciones desde la fecha del despido y hasta su convalidación, y el feriado proporcional.

Generalmente, quienes se desempeñan como propineros son jóvenes estudiantes secundarios y universitarios, y con respecto al tipo de relación laboral que existe con los supermercados, el texto afirma que «no es efectiva la afirmación de la demandada de que el empaquetador ‘según la costumbre y uso de nuestro país’ no es un trabajador del supermercado. No surgen los empaquetadores espontáneamente de gente que llega a los supermercados a embolsar los productos a otros por simple costumbre”.

Finalmente, el fallo, que podría sentar un precedente para casos futuros de este tipo, agrega de forma crítica que «no es una ‘costumbre y uso de nuestro país’ sino una vergonzosa forma de estos establecimientos comerciales de abaratar costos, aumentar sus ya elevadas ganancias y mantener un sistema de prestaciones de servicios absolutamente precaria, con jóvenes que carecen de una protección de salud y ante accidentes por el sólo hechos de ser estudiantes secundarios o universitarios que no pueden acceder a trabajos de tiempo completo».

Déjanos tus comentarios
La sección de comentarios está abierta a la reflexión y el intercambio de opiniones las cuales no representan precisamente la línea editorial del diario ElDesconcierto.cl.