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La historia de la mujer dominicana que revela el modus operandi de las expulsiones forzosas en Chile

Por: Meritxell Freixas @MeritxellFr | Publicado: 25.01.2018
La historia de la mujer dominicana que revela el modus operandi de las expulsiones forzosas en Chile deportacion forzosa | / 102nueve.com
Flor Feliz, como muchas otras personas extranjeras, fue deportada sin previo juicio, sólo con una orden de la Intendencia que, cuatro años después de dictar la resolución, decidió mandarla de vuelta a República Dominicana.

Como cada día, este lunes Flor María Feliz se dirigió a las dependencias de la PDI de la ciudad de Castro, en la isla de Chiloé, para cumplir con el control migratorio al que estaba sujeta por entrar de forma irregular al país. La joven dominicana llegó hace cuatro años a Chile tras un periplo en el que fue víctima de los traficantes de inmigrantes, quienes la entregaron a la policía boliviana que, además de quitarle sus pertenencias,  la obligó a pasar a Chile por un lugar no habilitado.

De repente, y mientras se encontraba en la sede policial, la chica, de 28 años, fue detenida por los agentes, quienes le señalaron que sería expulsada del país. Tras entregarle una notificación de la resolución de expulsión dictada por la Intendencia de Tarapacá, la trasladaron a Santiago, donde estuvo más de 24 horas retenida en el llamado el cuartel de calle Seminario 11, uno de los tres recintos habilitados por la Jefatura Nacional Extranjería (Jenaex) para los extranjeros que son expulsados del país.

Ahí alcanzó a presentar un recurso de amparo ante la Corte de Apelaciones de la capital. Pero no hubo nada que hacer: la madrugada de este miércoles la subieron a un avión que la deportó forzosamente a República Dominicana. Flor dejó en Chile a su pareja, un joven también dominicano, un trabajo y una nueva realidad construida con la esperanza de encontrar, en otro país, una vida mejor.

Un procedimiento irregular

El recurso de amparo presentado contra la PDI y la Intendencia de Iquique por el abogado y dirigente de la Coordinadora Nacional de Inmigrantes, Rodolfo Noriega, denuncia varias irregularidades que se dieron en el proceso que llevó a la expulsión definitiva de Flor.

El texto señala que los agentes indicaron a la mujer que, en su caso, no podía hacer nada, «ni apelar de ninguna forma» a la orden de expulsión, evitando explicarle que contaba con recursos administrativos y/o judiciales que podía interponer a su favor. Tampoco le permitieron resolver los asuntos pendientes que le quedaban en el país, como los temas laborales, ni consideraron sus vínculos y arraigo en Chile, a pesar de que sí se tuvieron en cuenta para otros casos similares.

Sin embargo, lo más lamentable del caso de Flor es que la resolución de expulsión emitida por parte de la Intendencia de Tarapacá por “ingreso clandestino” al país es de fecha 24 de julio de 2014, pero fue notificada el día 22 de enero de 2018, es decir, casi cuatro años después. El organismo regional recibió la denuncia el 2 de julio de 2014, luego de que la misma Flor se presentara voluntariamente ante la policía, justo después de haber ingresado a Chile. El día 24 del mismo mes la Intendencia presentó la denuncia ante el Ministerio Público y ese mismo día 24 desistió de la denuncia y tramitó la expulsión del país de la chica, que nunca se llegó a notificar. «Si desistes no te puedes reservar la facultad de expulsar», critica Noriega.

El amparo también recoge que la mujer nunca fue procesada por su supuesto delito, ni cargaba con ninguna denuncia penal o administrativa, nunca fue citada a declarar ante un juez y «menos aún recibió condena o sentencia que la señalara como responsable del delito de ingreso clandestino al país». Y concluye: «La Intendencia la considera culpable del ingreso clandestino sin que ninguna autoridad judicial así lo estableciere».

La expulsión forzada de Flor violó su derecho a la libertad individual, afectando su libertad de residencia, un derecho garantizado en la Constitución. «Es evidente que Flor María Feliz ha sufrido una perturbación ilegal de su libertad y otros derechos, a causa de una acción arbitraria. Se le ha detenido sin que exista orden de autoridad competente y se le mantiene incomunicada, además se le estaría expulsando del país, estableciendo un impedimento de ingreso ilegal, además de negarle de forma arbitraria su derecho a residir en Chile, todo en total contradicción con lo que establecen la Constitución, las Leyes y la Jurisprudencia», reza el recurso de amparo.

«Vicios» legales en las deportaciones

En Chile, sólo entre 2015 y 2016, más de 5.656 extranjeros fueron expulsados del país, un dato que se traduce en el promedio de ocho expulsiones diarias, por razones de índole judicial o administrativa. De éstos, uno de cada dos casos son por ingreso clandestino (52%). El resto se divide básicamente entre los que cometieron delitos de tráfico de drogas (33%) y los turistas que permanecieron en el país más allá del periodo autorizado (3%). Las nacionalidades predominantes varían entre 28 países, aunque los porcentajes más significativos apuntan a Bolivia (32%), República Dominicana (27%) y Colombia (22%).

El caso de Flor Feliz pone a la luz «los vicios» que, según Rodolfo Noriega, se esconden en el decreto de ley que establece las normas para los extranjeros en Chile. Según él, tal y como está planteada la ley, «los intendentes se atribuyen la autoridad judicial de declarar un delito sin ser jueces». Noriega explicó a El Desconcierto que la policía «detiene a la persona e informa a la autoridad que persigue este delito, que son las intendencias». Eso, porque la norma que prohíbe los ingresos clandestinos al país está recogida en forma de decreto, pero no es formalmente una ley, por lo que no se puede tipificar delito por principio de legalidad. Así, las expulsiones son decretadas por el Ministerio del Interior para el caso de individuos en situación de residencia, mientras que se convierten en competencia de las respectivas intendencias cuando se trata de personas que hicieron ingreso al país de manera ilegal, que es la mayoría de los casos.

En opinión de Noriega, las expulsiones forzosas suelen tener un patrón común en el actuar de los gobiernos regionales: «La intendencia recibe la denuncia de la policía, la presenta al Ministerio Público y casi inmediatamente la retira, quedando el caso archivado desde este momento. Sin embargo, luego de eso los intendentes emiten las resoluciones de expulsión, atribuyéndose la autoridad judicial de declarar un delito sin ser juez», dice. Es el esquema que siguió al pie de la letra la deportación forzada de Flor.

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