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5 claves para entender el debate de la eutanasia en Chile

Por: El Desconcierto | Publicado: 07.02.2018
5 claves para entender el debate de la eutanasia en Chile eutanasia | / torange.biz
A propósito del caso de Paula Díaz Ahumada, en El Desconcierto recogemos los puntos principales para abordar el tema que se ha tomado la agenda durante estos últimos días.

El caso de Paula Díaz Ahumada, la joven de 19 años que sufre una enfermedad no diagnosticada que la tiene desde hace años en la cama, con una dependencia total de su entorno y retorcida de dolor, ha vuelto a instalar el debate de la eutanasia en la agenda pública.

Paula ha enviado videos y cartas a La Moneda para que la presidenta Michelle Bachelet conozca su experiencia y le dé acceso a una muerte digna. La joven talquina no es la primera ni, seguramente, será la última en reclamar una muerte digna. Sin embargo, en Chile, la ley vigente impide que el gobierno pueda acceder a una petición como esta.

1. ¿Qué dice la ley al respecto?

La prohibición a la eutanasia queda regulada de forma específica en dos de los artículos de la Ley que regula los Derechos y Deberes que tienen las Personas en relación con Acciones vinculadas a su Atención en Salud, de 2012.

El artículo 14 de esta normativa establece que «toda persona tiene derecho a otorgar o denegar su voluntad para someterse a cualquier procedimiento o tratamiento vinculado a su atención de salud con las limitaciones establecidas en el artículo 16. Este derecho debe ser ejercido en forma libre, voluntaria, expresa e informada, para lo cual será necesario que el profesional tratante entregue información adecuada, suficiente y comprensible. En ningún caso el rechazo a tratamientos podrá tener como objetivo la aceleración artificial de la muerte, la realización de prácticas eutanásicas o el auxilio al suicidio».

El artículo 16, mencionado en el punto anterior, es aún más claro sobre la cuestión: «la persona que fuere informada de que su estado de salud es terminal, tiene derecho a otorgar o denegar su voluntad para someterse a cualquier tratamiento que tenga como efecto prolongar artificialmente su vida, sin perjuicio de mantener las medidas de soporte ordinario. En ningún caso, el rechazo de tratamiento podrá implicar como objetivo la aceleración artificial del proceso de muerte». Según el texto, «este derecho de elección no resulta aplicable cuando, como producto de la falta de esta intervención, procedimiento o tratamiento, se ponga en riesgo la salud pública, en los términos establecidos en el Código Sanitario».

En la práctica, esto significa que si una persona padece, por ejemplo, un cáncer terminal o cualquier otra enfermedad crónica y degenerativa puede renunciar a someterse a una quimioterapia u otro tratamiento que alargue su vida de forma artificial. En este caso, no se trataría de una aceleración artificial de la muerte, sino seguir la degradación natural del propio cuerpo, hasta que llegue la muerte. Eso en Chile, al día de hoy, es un derecho.

2. ¿Por qué genera tanta polémica la aprobación de la eutanasia?

El de la «muerte digna» es uno de los debates considerados valóricos por el hecho de que se discute sobre el derecho a decidir sobre la propia vida. La discusión va más allá de las implicaciones médicas y éticas, abarcando hasta dónde llega la libertad individual de cada uno y qué papel debe ejercer la medicina en estos casos.

De hecho, se ha hablado incluso de que la eutanasia es contraria a la deontología médica y a las obligaciones del personal sanitario, y que resultaría un desequilibrio entre la relación médico-paciente.

Sin embargo, la controversia tiene el mismo trasfondo que el debate por la despenalización del aborto en tres causales. Finalmente son los grupos que defienden la vida bajo cualquier circunstancia, sin excepción, llegando a quitar el derecho de quien la vive, versus aquellos que creen en la libertad individual para poder decidir sobre los propios cuerpos y la propia vida.

3. Las otras ‘paulas’

El caso de Paula Díaz no es el único que, en los últimos años, ha logrado colocar la discusión de la muerte digna en boca de la opinión pública.

En febrero de 2015, Valentina Maureira, quien a sus 14 años convivía con una fibrosis quística, grabó un video para pedir autorización a la presidenta Bachelet para aplicarse una inyección letal. «Solicito hablar urgente con la presidenta, porque estoy cansada de vivir con esta enfermedad. Ella puede autorizarme una inyección para quedarme dormida para siempre“, decía la niña en el vídeo.

Tras ser visitada por la mandataria a los pocos días, la menor decidió acceder al único tratamiento disponible para estos casos: el trasplante de órganos. Sin embargo, la joven falleció a los pocos meses, en mayo del mismo año, a causa de su enfermedad.

valentina mauriera

Otro caso conocido tuvo lugar en junio de 2014, cuando se supo de la existencia de una carta firmada por el Dr. Manuel Almeyda, destacado militante socialista que sufría una insuficiencia cardíaca y respiratoria, que a los 89 años lo tenía sin ganas de seguir viviendo. Almeyda solicitó al Colegio Médico el inicio de un debate en torno a la interrupción voluntaria de la vida en caso de enfermedades terminales que empujan a los pacientes a perder su autonomía, afectando su dignidad.

En su misiva, enviada a pocos días de su muerte, abogaba por una forma “justa y digna de poner fina a la vida de quien sufre ya un daño irreparable” y provocó una reflexión interna en el Partido Socialista, dada su condición de ex secretario general y del peso histórico de los Almeyda en el partido.

4. Intentos de cambiar la legislación

El recuerdo más reciente de un diputado tratando de liderar un cambio en la ley para despenalizar la eutanasia es el de Vlado Mirosevic (Partido Liberal) quien a finales de 2014 presentó una moción para “hacer efectiva la autonomía de las personas en caso de enfermedades terminales”. La iniciativa -que presentó junto con los diputados Claudio Arriagada (DC), Giorgio Jackson (RD), Tucapel Jiménez (PS), Karol Cariola (PC), Maya Fernández (PS) y Marcela Hernando (PR)- quedó, finalmente, estancada en el Congreso. Sin embargo, justo la semana pasada el parlamentario liberal anunció su intención de retomarla, ahora como diputado del Frente Amplio.

Otros intentos fueron las dos mociones que se presentaron también en 2014. La primera ingresó a trámite en junio y fue presentada por el diputado Gaspar Rivas (entonces RN) y la senadora Adriana Muñoz (PPD), y establecía la “no sanción penal para la eutanasia cuando ésta sea de carácter voluntario”, estableciendo las características que permiten configurar dichos casos. La segunda, ingresó en septiembre de la mano del entonces diputado PS Alfonso de Urresti, en conjunto con el senador Fulvio Rossi, de su mismo partido, e intentó modificar algunos aspectos del Código Sanitario para poder “regular la eutanasia”. Sin embargo, ninguna de las dos presentó avances.

Antes de eso, otras tres mociones habían sido presentadas en años anteriores. Dos de ellas en 2006 y otra en 2004, de la que no aparece información en el portal de la Cámara de Diputados. Sobre los textos de 2006, el primero ingresó en mayo, de la mano de una mayoría de diputados del Partido Socialista (Isabel Allende, Juan Bustos, Alfonso De Urresti, Marcelo Díaz, Clemira Pacheco, Denise Pascal, Fulvio Rossi, Raúl Sunico) y la PPD Carolina Tohá. La otra tuvo se registró en junio y fue presentada por los senadores Guido Girardi (PPD) y Alejandro Navarro, junto con los ex senadores José Antonio Gomez (PR), Carlos Ominami (entonces PS) y Mariano Ruiz-Esquide (DC). Sin embargo, éste fue rechazado en su primer trámite constitucional con 18 votos en contra y 13 a favor en noviembre de 2015.

5. ¿En qué países es legal esta práctica?

La eutanasia ya es legal en algunos países de Europa como Bélgica, Holanda y Luxemburgo. De hecho, Bélgica se convirtió en 2014 en el primer país en no exigir la mayoría de edad para recurrir a este procedimiento, ya que mediante la autorización de los padres se puede asistir a menores en su muerte, previo informe psiquiátrico de los pacientes.

Holanda fue el primer país en legalizarla, en el año 2001. La situación de la enfermedad y la expectativa de vida debe ser informada al paciente y debe ser corroborada por una segunda opinión de un médico que certifique que se cumple con todas las condiciones.

El caso de Luxemburgo, la medida se aprobó en 2008, después de superar muchos obstáculos. De hecho, fue necesario exigir una reforma legal que limitara los poderes del Gran Duque, ya que él era absolutamente contrario a esta moción.

Si bien en estos países la eutanasia, como tal es legal, también hay otros casos en los que existen instancias similares, a pesar de que la eutanasia sea un delito. Por ejemplo, en Suiza, donde la práctica como tal no es legal, sí lo es el suicidio asistido que permite que un médico le provee a un enfermo terminal una dosis letal e irreversible de un medicamento. Sin embargo el paciente debe administrarse la sustancia por sus propios medios.

En Estados Unidos, cuatro de sus estados (Oregon, Washington, Montana y Vermont) mantienen como legal el procedimiento del suicidio asistido.

En América Latina, en países como México, existe desde 2008 la ley del “Bien Morir” y Argentina aprobó en 2012 la ley de “Muerte Digna”, ambas permiten rechazar procedimientos médicos para prolongar la vida, aunque tanto el suicidio asistido como la eutanasia sean ilegales.

El caso de Colombia es el que presenta mayor apertura frente al tema, país que desde 2015 se convirtió en el primero en tener eutanasia legal en América Latina. Aunque solo se puede realizar en pacientes mayores de edad con enfermedades terminales, el procedimiento es gratuito y garantiza al paciente que un médico lo realice.

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