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Opinión

Proyecto de Identidad de Género vuelve a la patologización de la identidad trans

Por: Constanza Valdés | Publicado: 09.07.2018
Proyecto de Identidad de Género vuelve a la patologización de la identidad trans identidad | Foto: Agencia Uno
La propuesta del ejecutivo obedece meramente a prejuicios y sigue perpetuando la noción de que la identidad trans es algo que debe ser comprobada por un tercero para efectos de ser validada. Resulta igual lamentable que nadie en la comisión haya levantado este punto respecto a la patologización de la identidad trans.

El pasado 18 de junio la comisión mixta encargada del proyecto de ley de identidad de género sesionó, tal como lo viene haciendo hacer un par de meses, con el objeto de continuar con el análisis de la gran cantidad de propuestas que se han presentado a la iniciativa. En dicha ocasión, la sesión comenzó con la discusión de la incorporación de la propuesta del Ejecutivo en torno a la posibilidad de que adolescentes, mayores de 14 y menores de 18 años, puedan acceder al cambio de nombre y sexo registral. Quedando aprobada esta propuesta, el debate se dirigió a la propuesta de algunos parlamentarios que proponían que menores de 14 años pudieran acceder a éste mismo procedimiento, resultando con la misma votación favorable.

La aprobación de estas propuestas se convertían en una de las grandes noticias, para la comunidad trans que sigue atentamente el debate en la comisión mixta. Sin embargo, la celebración no duraría mucho. Posteriormente al debate sobre niños, niñas y adolescentes, la discusión se volcó a la propuesta del ejecutivo sobre el procedimiento de cambio de nombre y sexo registral para personas mayores de 18 años. La negativa de algunos parlamentarios a aprobar esta proposición se basó en que esta no permitiría a adolescentes, con el consentimiento de sus padres, acudir al Registro Civil para el cambio de nombre y sexo registral, evitando así la judicialización. Nadie advirtió con atención un detalle patologizante en torno a ésta.

El ejecutivo, en la misma propuesta, regulaba que el procedimiento de cambio de nombre y sexo registral ante el Oficial del Registro Civil debe incorporar una audiencia especial en la cual se citará a dos testigos que acrediten que la persona conoce todos los efectos jurídicos que implica el cambio de nombre y sexo registral. En esto, ningún parlamentario a favor del proyecto de ley (y de los derechos de las personas trans) realizó objeción alguna. Esto nos recuerda a la aprobación en la sala del Senado de una indicación del Senador Ignacio Walker que exigía un certificado médico que acreditará que la persona contaba con las condiciones psicológicas y psiquiátricas para realizar la solicitud, que por suerte en la Cámara de Diputados logró eliminarse.

Resulta contradictoria la aprobación de esta propuesta y que se regule el derecho a la identidad de género como un aspecto subjetivo e íntimo de cada persona, y aún más paradójico resulta si tenemos en cuenta que hace unas semanas atrás se aprobó la inclusión del principio de no patologización como uno de los principios rectores que deben regir esta iniciativa. La propuesta del ejecutivo obedece meramente a prejuicios y sigue perpetuando la noción de que la identidad trans es algo que debe ser comprobada por un tercero para efectos de ser validada. Resulta igual lamentable que nadie en la comisión haya levantado este punto respecto a la patologización de la identidad trans.

La exigencia de dos testigos para acreditar el pleno conocimiento de los efectos jurídicos de la solicitud de cambio de nombre y sexo registral vulnera la presunción de plena capacidad que opera sobre todas las personas mayores de 18 años. De igual forma, se vulnera la igualdad ante la ley al permitir un trato diferenciado a las personas trans que no encuentra ninguna justificación razonable. Si revisamos nuestro ordenamiento jurídico, en ninguna norma o disposición legal se exige que terceros avalen la capacidad jurídica de una persona plenamente capaz.

En este sentido, volvemos nuevamente a la patologización de las personas trans en el proyecto de ley de identidad de género y a la discusión sobre la calidad del debate legislativo que se ha venido dando en estos últimos 5 años. Lamentablemente, esto una evidencia más de que nuestros legisladores y autoridades, en la mayoría de los casos, no han estado a la altura de lo que este debate requiere: seriedad y una argumentación firme. Desafortunadamente, de poco o nada sirve que se haya aprobado que la identidad de género se define desde un aspecto subjetivo, interno de cada persona y que se haya incorporado un principio de la no patologización, si la realidad seguirá siendo de forma contraria.

Es por lo anterior que esta iniciativa, tal como lo he dicho en varias ocasiones, es un piso mínimo para la comunidad trans, la cual tiene como objeto disminuir la discriminación a causa de que la identidad de las personas trans no se encuentra reconocida en su cédula de identidad ni en sus documentos públicos. En ningún caso está implicará la erradicación completa de la transfobia ni tampoco la implementación de una educación sobre diversidad sexual y de género. Basta solo con observar la implementación de la famosa Ley Zamudio para comprobar que las leyes deben estar aparejadas de la dictación de políticas públicas adecuadas para aumentar su efectividad.

Constanza Valdés