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La perversión de pensar la ola feminista como una “caza de brujas”: Respuesta a Rocío Lorca (II)

Por: Sofía Brito | Publicado: 11.07.2018
La perversión de pensar la ola feminista como una “caza de brujas”: Respuesta a Rocío Lorca (II) derecho u chile |
«La perversión de considerar nuestro movimiento como uno que aboga por la caza de brujas es volver contra nosotras una de las formas de violencia más terribles que hemos tenido que vivir las mujeres en la historia, sin comprender que el feminismo que nos proponemos es para todo el mundo, donde la violencia a la que nos vemos enfrentadas mujeres y disidencias sexuales no sea la regla».

El día de ayer, luego de 75 días de toma feminista, las y los estudiantes decidimos deponer nuestra movilización, luego de varios acuerdos que venían gestándose tanto a nivel de la Universidad de Chile, como directamente en la Facultad de Derecho para la vuelta a clases. Este hito en la movilización feminista se cruza con la vuelta a la palestra pública de los casos de corrupción Penta y SQM, tras la presentación de la solicitud de remoción del Fiscal Abbott por parte de parlamentarios y parlamentarias del Frente Amplio.

Esta casualidad tiene un punto crucial en común, tanto la lucha contra la corrupción, como la lucha contra el sexismo en la educación que hemos instalado como movimiento estudiantil feminista han sido catalogadas como una “caza de brujas”, como argumento para no proseguir en las acusaciones, investigaciones y sanciones contra quienes han cometido dichos delitos/infracciones.

La toma feminista de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile, al igual que varias a lo largo del país surgen por casos concretos de violencia de género en las Universidades, que dan cuenta de un problema estructural que está fuera y dentro de nuestras instituciones educativas. En este sentido, casos como el de Carlos Carmona son la punta del iceberg de un sistema educativo que produce y reproduce la división binaria de género, y la relegación de la mujer al campo de lo privado. El acoso sexual en las instituciones educacionales, es una de las múltiples formas en que el patriarcado nos dice a los cuerpos femeninos y feminizados, que la única forma de acceder a los términos del espacios público, es el tutelaje de la masculinidad, en tanto puede cobrar su propiedad sobre nuestro campo sexo afectivo, sobre nuestros cuerpos. En esta línea, evidentemente existe una conexión entre la toma y el caso particular, pero en su origen y no en su término. Hemos señalado en diversas ocasiones que un gesto mínimo de las autoridades de la Facultad, y no es una moneda de cambio como han querido sostener algunos profesores. Es una deferencia mínima conmigo como denunciante, y con una comunidad estudiantil que hace suya la demanda por una educación no sexista, y por tanto, comprende que un estándar básico para quienes sean educadores es no cometer prácticas de violencia de género contra estudiantes de la institución. Es por esto, que pese a que no existe un pronunciamiento directo, las y los estudiantes hemos bajado la toma.

En este sentido, la asimilación que hace la profesora Lorca de esta comunidad a cualquier comunidad en genérico es sumamente problemática, puesto que, tal como señalé en la columna anterior, los principios que guían la acción del Derecho Administrativo Sancionador no son asimilables a los del Derecho Penal, y pareciera ser que dicha asimilación la hace por la razón de que la infracción es cometida contra una persona particular, y que a su parecer, dicha infracción no es tan grave. En este sentido, si tomáramos el caso en abstracto, en una comunidad abstracta, probablemente sus argumentaciones podrían tener lugar. Sin embargo, dichas comunidades solo existen en los libros de Introducción al Derecho, y en lo concreto, pasa por alto diversos elementos materiales que deberían ser considerados.

En primer lugar, que el estándar de comportamiento de la función pública es mayor que el que existe para cualquier ciudadano. Las infracciones cometidas en el marco de la Administración Pública, con la investidura de un funcionario público merecen un mayor reproche, puesto que cuando un funcionario público actúa lo hace en nombre del Estado. En segundo lugar, en este caso dicho funcionario además cuenta con una posición especial de poder, al estar en cargos como la presidencia de la comisión de evaluación, ser profesor titular, y el haber sido presidente del Tribunal Constitucional. Por tanto, la infracción no se da entre dos ciudadanos en situación de igualdad, el abuso de poder es uno de los aspectos que se reconocen en el sumario, y que evidentemente va a seguir teniendo impacto en caso de que el profesor siga siendo parte de la Universidad. En tercer lugar, no reconoce cómo opera la violencia de género en el sistema de dominación patriarcal, es decir, mira el caso como si fuésemos dos ciudadanos iguales, los que estamos enfrentados en un conflicto, el cual debemos resolver con tolerancia, no considerando justamente el que son las mujeres las que dejamos entonces los espacios, para no tener que seguir viviendo procesos de revictimización constantes.

Por último, no considera que la petición de renuncia no es asimilable al ostracismo o una pena privativa de libertad, solo se está pidiendo que quienes reproducen las prácticas de violencia de género como el acoso en las Universidades, no puedan ser nuestros educadores. Dicha cuestión es, sin duda, un  sentido común en nuestra sociedad, luego de las movilizaciones feministas. En este punto, me parece clave dar cuenta que cuando nuestro movimiento se plantea la bandera de una educación no sexista, y nuestros avances en la institución van en esa línea, nuestra comprensión estructural del problema dista muchísimo de la caricatura punitivista en la que nos han intentado encasillar. Las diversas corrientes del feminismo tienen soluciones diversas al problema de la violencia, y esa es la disputa que se abre en la palestra pública luego de estas movilizaciones. No obstante, la  tipificación penal del acoso, no es la respuesta a la que estamos apuntando. Por esta misma razón, es necesaria la distinción entre la ocurrencia de estas situaciones de violencia de género, enmarcadas en los abusos de poder a los que dan lugar  espacios tales como las instituciones educativas, laborales, entre otras, comprendiendo que las sanciones del derecho penal son justamente, sanciones de ultima ratio. Una comunidad nunca es una comunidad en abstracto, y eso es de lo que nos hacemos cargo.

Con respecto al segundo problema que plantea la profesora, me parece que su comprensión del problema evade la dimensión política que conlleva todo conflicto jurídico. Cuando no hay forma de referirse jurídicamente a la autoridad, dada la insuficiencia de la ley, puesto que no existió instancia alguna para la apelación de la sanción- y dadas las múltiples falencias del caso que ya señalé en la columna anterior- se hace necesario un pronunciamiento. El alegato de que no pueden existir medidas de presión para que ese pronunciamiento ocurra, en los términos políticos que planteamos como movimiento, no se hace cargo del hecho de que la Facultad de Derecho no es un Tribunal imparcial, y por ende, si puede/ha tomado decisiones políticas, haciendo propia diversas luchas, tanto desde el Decanato como desde sus integrantes particulares. Es por esto, que parece al menos curioso que justo esta vez sus integrantes manifiesten la defensa a los marcos de esa legalidad insuficiente, y no a la crítica de las irregularidades que han sido reconocidas en el proceso o a dicha insuficiencia.

De este modo, toda decisión involucra una política, la política en este caso particular es que el acoso sexual no es algo tan grave para la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile, y que por tanto, la sanción recibida de una suspensión de tres meses es adecuada para los marcos de nuestra institución. Por suerte, y gracias al trabajo de muchas compañeras y académicas feministas seguimos dando la pelea por una Universidad que se plantea firmemente contra el sexismo en la educación. Una gran muestra de ello es la declaración que han firmado más de cien académicas de la Red Amanda Labarca, donde solo tres de las profesoras de nuestra Facultad suscriben. La perversión de considerar nuestro movimiento como un movimiento que aboga por la caza de brujas, es volver contra nosotras una de las formas de violencia más terribles que hemos tenido que vivir las mujeres en la historia, sin comprender que el feminismo que nos proponemos es un feminismo para todo el mundo, donde la violencia a la que nos vemos enfrentadas mujeres y disidencias sexuales no sea la regla en base a la cual, una vez más somos cuestionadas, revictimizadas y violentadas. Recordemos que la alusión a la caza de brujas fue la defensa comunicacional ideada por Imaginacción, justamente para acallar los delitos de corrupción. No dibujemos los márgenes para que esta lucha sea acallada.

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