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Opinión

Despidos en el Gobierno de Piñera: Una asociación ilícita para embaucar

Por: Patricio Lama | Publicado: 02.08.2018
Despidos en el Gobierno de Piñera: Una asociación ilícita para embaucar El Presidente Sebastian Piñera firma Proyecto de Ley de Integridad Pública | / AgenciaUno.
Entre los meses de abril y junio recién pasados, Rodolfo, Dannay, Juan, Valentina y Marta, fueron convocados por sus nuevas jefaturas para comunicarles que las autoridades del servicio habían decidido ponerles término anticipado a sus contratos, dado que sus “servicios ya no eran necesarios”.

A todos ellos, se les argumentó – formalmente – que debido a “la política de austeridad impuesta por el Presidente de la República, ha sido necesaria una reasignación de los recursos…que en el marco de dicha reasignación, se hace necesaria una reestructuración de las funciones…y como consecuencia de la reestructuración y reasignación de funciones, se ha decidido prescindir de sus servicios…toda vez que sus competencias técnicas no dicen relación con el nuevo perfil requerido para el cargo”.

Palabras más, palabras menos, esos eran los argumentos señalados en todas las notificaciones de despido de estos funcionarios.

El escenario descrito, que ha estado ocurriendo en la realidad, podría hacernos creer que estos 5 funcionarios despedidos han tenido la mala suerte de estar contratados en una institución con requerimientos técnicos demasiado complejos. Sin embargo, la verdad es otra: Lo que verdaderamente ha estado sucediendo es que estos funcionarios son sólo un pequeño ejemplo para ilustrar la maquinación que se ideó para despedir trabajadores públicos y poder utilizar – por parte de las nuevas autoridades – esos cupos “liberados”.

Efectivamente, Rodolfo P. era funcionario en el Ministerio de Bienes Nacionales; Dannay D. era funcionaria en el Ministerio de Desarrollo Social; Juan B. era funcionario en el Ministerio de Minería; Marta T. era funcionaria en el Ministerio de Agricultura, y Valentina P. era funcionaria en el Instituto Nacional de la Juventud. Distintos servicios y ministerios, pero idénticas notificaciones. Todos ellos, trabajadores con años de servicio y preparados técnicamente para el ejercicio de sus cargos y funciones, pero que lamentablemente ocupaban puestos de trabajo que la nueva administración había decidido que tenían que ser utilizados por “su propia gente”, y para eso, el embaucamiento estaba en marcha.

Así, mientras la ciudadanía esperaba conocer cuáles serían los planes y programas que la nueva administración priorizaría en sus primeros 100 días, para mostrar su impronta como gobierno, había autoridades gubernamentales más preocupadas de idear, coordinar e implementar un plan de despidos que pareciera más “aséptico” y más tolerable ante los ojos de la población; y, sobre todo, que fuera admisible ante la nueva jurisprudencia administrativa y judicial existente. De esta manera, cientos de trabajadores públicos, en todo el país, con años de servicio, cumpliendo labores profesionales, técnicas o administrativas, han estado siendo arrojados a la calle, sin indemnización de ningún tipo, sin derecho a subsidio de cesantía, y sin ningún tipo de protección.

Entre los beneficios de la digitalización de los procesos judiciales está que permite a cualquier persona poder acceder a conocer los recursos y causas en litigio en los tribunales laborales y cortes del país (www.poderjudicial.cl).  Ahí es posible apreciar cómo ha estado operando la estrategia de despido del actual gobierno, la cual está tan acuciosamente preparada que creó diferentes argumentos de despido según los tipos de situaciones contractuales que se pueden presentar en algunos servicios.

Los tiempos han cambiado… y a propósito de los funcionarios despedidos en el anterior gobierno que recurrieron a la Contraloría General de la República y a los Tribunales de Justicia (lo que evidencia, nuevamente, que al fin de cuentas los funcionarios públicos siempre somos considerados botín de guerra, independiente de la coalición gobernante), se permitió evidenciar las nuevas interpretaciones de las leyes que tutelan los derechos laborales. Los cambios en la composición de algunas salas de la Corte Suprema, y el cambio de Contralor, conllevaron a su vez modificaciones en la jurisprudencia existente al momento de revisar los despidos de los trabajadores públicos. Si hasta el 2014 los funcionarios del Estado eran considerados trabajadores “temporales” desde un punto de vista administrativo y judicial, por lo que podían ser despedidos sin mayor explicación ni argumento (y sin indemnización de ningún tipo); desde el 2014, la Corte Suprema  exige que la decisión de despedir a un funcionario público – que no tiene derecho a indemnización –  debía contener “el razonamiento y la expresión de los hechos y fundamentos de derecho en que se sustenta, para no incurrir en arbitrariedad”, lo que también es exigido por Contraloría.

Al gobierno no le basta con los casi 2.000 cargos de confianza que el Presidente de la República, por ley, puede nominar directa o indirectamente. Muy por el contrario, cada coalición gobernante aspira a incorporar personal de sus filas partidarias en el gobierno, en un número que suma miles y miles…y para alcanzar esa cuota, los funcionarios públicos somos el “pato de la boda”.

Por lo mismo, ante un escenario jurídico-administrativo que les entorpecería cumplir su objetivo, las actuales autoridades gubernamentales se prepararon minuciosamente. No podían dejar nada al azar, de lo contrario, se verían obligadas a mantener en sus cargos a miles de funcionarios públicos con años de servicios, que cumplen funciones permanentes para el Estado, pero que no reconocen de “confianza política” de la nueva administración.

Nuestro actual código Penal, establece en su artículo 292, que una asociación ilícita es “Toda asociación formada con el objeto de atentar contra el orden social, contra las buenas costumbres, contra las personas o las propiedades”. Y así ha estado aconteciendo los últimos meses. Se constituyó una instancia responsable de entregar las mejores “herramientas” administrativas a las autoridades para que, en cada Ministerio, pudiesen hacer el “espacio” suficiente para facilitar la posterior llegada de personal de su confianza.

Con esas “herramientas” entregadas, se ha buscado blanquear los despidos que – de otra manera – serían fácilmente objetados por los Tribunales y por la Contraloría. Por lo mismo, se trata de una instancia creada para atentar contra el derecho al trabajo de los funcionarios públicos, aprovecharse de la buena fe de la ciudadanía y engañar a los tribunales encargados de velar por el respeto a la legalidad vigente, en materia de derechos laborales.

Sin embargo, y a pesar de esta orquestada maquinación dispuesta desde el gobierno, “las cosas son lo que son en la realidad y no lo que se dice que son…”, plantea el axioma jurídico que ha utilizado la Corte Suprema para analizar los argumentos presentados en materia laboral. Por lo mismo, aún queda la esperanza que, artilugios más o menos elaborados, se imponga definitivamente la fuerza de los reales hechos y, con ello, que prime la legalidad que tutela los derechos de todos los trabajadores; incluidos, por cierto, los derechos de los tan vapuleados funcionarios públicos.

Patricio Lama