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Municipio de Lo Prado es condenado por discriminación contra Joane Florvil

Por: core | Publicado: 06.01.2019
Municipio de Lo Prado es condenado por discriminación contra Joane Florvil joane_florvil_0 |
La entidad municipal fue condenada a pagar una multa de 20 UTM (casi un millón de pesos) y mandató la capacitación de funcionarios en atención a extranjeros.

La Municipalidad de Lo Prado fue condenada por la Justicia luego de que el Quinto Juzgado Civil fallara parcialmente a favor de la demanda por discriminación interpuesta por la familia de Jane Florvil.

La acción civil estaba dirigida contra el alcalde de la comuna, Maximiliano Ríos, y la jefa del Departamento de Prevención y Promoción Comunitaria de la Municipalidad, a quien acusaron de negar un procedimiento de apoyo a la mujer. La demanda se enmarcaba dentro de la Ley Antidiscriminación, más conocida como «Ley Zamudio».

Cabe recordar que el 30 de agosto de 2017, Florvil fue hasta la municipalidad de Lo Prado para pedir ayuda luego de que su marido sufriera un robo. La haitiana no hablaba español por lo cual fue a buscar a un traductor y dejó a su hija con el guardia, acción que desencadenó en una denuncia de la entidad municipal a Carabineros, que detuvo a Florvil por presunto abandono de su hija, que fue trasladada a un centro del Sename.

Posterior a esto, Florvil fue internada en la ex Posta Central luego de presentar problemas de salud que provocaron su muerte en el 30 de septiembre. En noviembre la justicia declaró que la haitiana era inocente de los cargos que se le imputaban.

En base a esto, el juzgado acogió de manera parcial la demanda de la familia y estableció que Florvil «no hablaba español, por lo que no podía darse a entender», según consignó El Mercurio.

Además de esto, la justicia consideró que no existiría justificación razonable para no haber atendido en la repartición municipal a Florvil debido a que ésta tiene la tarea de brindar apoyo a la comunidad.

No obstante, se desestimó que fuera desproporcionada la decisión de los funcionarios de llamar a Carabineros ante esta situación.

De esta manera, la justicia estableció una multa de 20 UTM (casi un millón de pesos) que deberá ser pagada por el municipio y mandató la capacitación de los funcionarios en atención a extranjeros.

El abogado de la familia y presidente de la Fundación Proacceso, Moisés Sánchez, destacó que la sentencia «marca un antes y un después en la historia de la Ley Zamudio» puesto que se condenó por primera vez a «a una repartición pública por discriminación en contra de una mujer migrante».

En la misma línea, la familia no descarta presentar una querella para buscar responsabilidades penales por la muerte de la ciudadana haitiana.

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