Avisos Legales
Nacional

¡Ay! Presidenta

Por: Rodrigo Ruiz | Publicado: 06.05.2015

Fernando-Balcells-recuadro¡Ay! Presidenta, mi Presidenta.
Nuestro viaje apenas comienza y ya hemos sobrevivido a tanta desesperanza.
¡Ay! Presidenta, mi Presidenta,
ven con nosotros a cubierta y contempla el desastre que han causado en tu nombre.

 

Señora

Hemos recibido el texto de un decreto que lleva su firma y que autoriza a los bancos y al retail a hacer cambios unilaterales en los contratos de cuentas corriente y de tarjetas de crédito. Unilateralidad y discreción, es una manera de decir que van a poder subir los cobros por comisiones de sus servicios cuando les parezca y sin que los consumidores puedan rechazar o defenderse eficazmente de esos cobros arbitrarios. Se nos ha dicho que no nos preocupemos porque el decreto ha sido retirado de la Contraloría para ser corregido en su redacción.

Señora; No es presentable que un decreto marrullero lleve su firma y sea, simplemente retirado para mejorarle la redacción. Ante una situación como esta no sirve una disculpa y menos se puede aceptar una corrección del texto que mantenga la acción de esta infracción a la ciudadanía.

Usted no puede aceptar que se devalúe el valor de su nombre. Ya le ha pasado que se use su nombre para negocios privados. Usted debe respaldar el valor de su firma que es el valor de toda promesa institucional. Su firma y su nombre no pueden ser presentados a la Contraloría y retirados por un empleado cualquiera de su Gobierno sin que usted se de cuenta y rinda cuenta a la ciudadanía.

Seguramente usted no sabe que el Sernac tiene un juicio contra el Banco de Luksic por cobro de comisiones indebidas. Seguramente, no le han informado que con el decreto que acaba de firmar le quita el piso legal y político a esa demanda. Cuando usted se de cuenta de que ha sido desinformada y que su firma se ha usado para empañar sus esfuerzos de transparencia, entenderá que la pregunta siguiente fue formulada no por un opositor malevolente sino desde su propio Gobierno;

¿Es este decreto un pago a los favores del Banco de Chile?

Estamos ante una muestra impactante de la distancia que separa las buenas intenciones y los discursos edificantes, de la práctica de las instituciones en las que nos dicen que tenemos que confiar.

Señora, por favor, hágase cargo de su nombre y de su firma.

 

ANEXO

 

LA HISTORIA

Algunos se acordarán del decreto que se intentó pasar en el Gobierno pasado y que permitía a los bancos y al retail subir de manera unilateral las comisiones de cuantas corrientes y tarjetas de crédito. Ese decreto llegó al Tribunal Constitucional, llevado por las Asociaciones de Consumidores y con el apoyo de numerosos parlamentarios de la Nueva Mayoría. Antes de que el Tribunal Constitucional fallara, la recién asumida Presidenta Bachelet derogó el decreto. De eso hace más de un año.

 

EL PROCEDIMIENTO

Tanto en el Gobierno de Piñera como en el de mi Presidenta, el procedimiento hasta ahora ha sido idéntico;

– Queja amarga de los bancos y otros proveedores financieros porque la Corte Suprema, al prohibir los cobros unilaterales, les habría ‘cambiado las reglas del juego’.

– Conversaciones encerradas, secretas y compartimentadas del Gobierno con los actores empresariales; amenazas y chantajes inexpresables se nos han insinuado.

– Llamado a una consulta pública, de la que nunca se rindió una cuenta.

– Ingreso en secreto de decreto a la Contraloría,

– Impugnación de las AC y de destacados abogados defensores de los derechos de los consumidores.

– Retiro del decreto para corregir ‘problemas de redacción’ y reingreso a la Contraloría, sin cambios mayores, para ser aprobado en un cerrar de ojos.

– Negativa del Contralor a recibir a lois actores sociales que impugnábamos el decreto.

– Impugnación de las Asociaciones de Consumidores ante el Tribunal Constitucional.

Una nota especial merece la Contraloría. Cuando el decreto salió de economía firmado, pedimos reunión con el Contralor para expresar nuestra preocupación. El decreto de esa época, contradecía abiertamente la LPC y los fallos de la Corte Suprema. Se nos respondió que no nos podía recibir porque todavía no estaba en ‘conocimiento de la causa’. Una vez que la Contraloría ingresó formalmente el decreto, se nos dijo que no nos podía recibir porque estaba tomando conocimiento de la causa. Este juego que sonríe a la gente pero hace valer la imposibilidad de escucharla es lo que define a las instituciones que tenemos.

Luego, ante el Tribunal Constitucional, la Contraloría, con la firma del Sub Contralor, argumentó que los consumidores no eran los ciudadanos y no tienen protección Constitucional. La pregunta por la identidad del ciudadano está planeando desde entonces, explícitamente sobre nuestras cabezas. ¿Son acaso objetos del derecho o son sujetos? ¿Hay ciudadanía al día siguiente de las votaciones o en ellas se consume el carácter ciudadano?

Perros, niños y consumidores quedan en la lista de los excluidos de la ciudadanía. Pero también los vecinos que no son nombrados como tales en la Constitución. A las mujeres, en cambio, se las discriminará no por vía constitucional sino en el ánimo de las instituciones y de las empresas. ‘Se embarazan y envejecen más tarde; son más caras de mantener’.

 

Porque este reglamento es importante

Porque hace pocos años, la Corte Suprema dictó un fallo en contra de Cencosud que declaró ilegales las cláusulas de los contratos que permitían alzas de costos decididas unilateralmente por los proveedores.

Desde ese momento, los proveedores no han podido subir las comisiones, porque ahora lo saben, caerían en una conducta abiertamente ilegal y costosa. Por supuesto no se trata solo de comisiones; se trata de todo tipo de modificaciones unilaterales en los contratos.

Lo Bancos y las grandes casas comerciales se han quejado amargamente de la pérdida que les significa no poder ‘ajustar’ los contratos según su voluntad. La verdad, es que sin necesidad de subir las comisiones, los bancos han aumentado de 3.400 millones de dólares más de 4.000 millones de dólares su utilidad en el año pasado.

Lo que hace el decreto, en primer lugar, es validar formas de aceptación supuesta de los clientes a las alzas unilaterales dictadas por los proveedores. Por ejemplo, usted va a ir al cajero a sacar plata; si encuentra uno, podría encontrarse también con un mensaje en pantalla que le diga: “…el banco aumentará los servicios que le entrega y desde este momento, ajustará en un 2.98 % los costos de su plan”. Puede que usted esté apurado y que solo necesita algo de plata. Si usted no marca su conformidad, se puede encontrar con que el cajero se quedó de pronto sin plata. De manera que usted entenderá, a la próxima, que si no acepta, lo que sea que le están ‘ofreciendo’ entonces no va a contar con su plata.

Puede que las cosas no sean tan bruscas o puede que sean aun más impositivas; la experiencia enseña que ante la posibilidad de abuso, los bancos sienten que es su deber ocuparla. Lo que hace este decreto, es introducir las brechas necesarias en la legislación para permitir la modificación unilateral de los contratos de adhesión.

En segundo lugar, y esto es aun más sorprendente, el decreto excluye a los Bancos de la necesidad de pedir consentimiento a los clientes para hacer cambios en los contratos de cuentas corrientes o los planes asociados. En este momento, existe un juicio entre el Sernac y el Banco de Lucksic por aumento unilateral de comisiones. Este reglamento deja sin piso al Sernac para continuar con la demanda.

 

No cabe duda de que la Presidenta ha sido sorprendida con este decreto

Se nos pide confiar en las instituciones, pero se dicta un decreto que favorece directamente al Banco del señor Luksic. Es difícil de entender y las autoridades tendrán que explicarlo.

El mismo artículo, sustrae a los Bancos de responder a la ley de protección a los consumidores e intenta devolverlos a la sola tuición de la Superintendencia de Bancos. Es como si treinta años de lucha por los derechos de los consumidores fueran tirados a la basura.

Este decreto es más ambiguo que el que intentó dictar Piñera. Elude varias cosas, como por ejemplo, que pasará, si usted rechaza la graciosa oferta de aumento de precio del banco. El antiguo decreto daba derecho a los proveedores a terminar unilateralmente los contratos, en represalia por su negativa. El decreto actual no dice nada al respecto; no prohíbe este castigo, con lo cual, es más que posible que los bancos se crean autorizados a usarlo.

 

DECRETO 39

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