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Opinión

El debate por los derechos lingüísticos de los pueblos indígenas

Por: Elisa Loncón Antileo | Publicado: 02.03.2016
El debate por los derechos lingüísticos de los pueblos indígenas derechos lengua |
El terreno de disputa hoy es político, técnico y cultural porque cambiar la política lingüística implica reconocer derechos lingüísticos a los pueblos indígena, reconocimiento constitucional; técnico porque hay que instalar un equipo de personas con conocimientos en materia de políticas lingüísticas, sabios indígenas que planifiquen y den seguimiento a una nueva política del lenguaje y la cultura porque hay que romper con los siglos del colonialismo español, siendo una gran aliada la escuela y los medios de comunicación.

El debate por los derechos lingüísticos de los pueblos indígena de Chile ya tiene una batalla ganada en la fundamentación jurídica: las lenguas son derechos humanos fundamentales (UNESCO); el Dictamen de la Contraloría General de la República Nº 090466N15 del 13.11.20151 dice que “es razonable que la administración pública otorgue el mismo trato al castellano y las lenguas indígenas, conforme a al artículo 28, letra a), de la ley N° 19.253, y porque al gobierno Regional le corresponden materias de desarrollo social y cultural, … y velar por la protección y el desarrollo de las etnias originarias”. (Artículo 19, letra f). El terreno de disputa hoy es político, técnico y cultural porque cambiar la política lingüística implica reconocer derechos lingüísticos a los pueblos indígena, reconocimiento constitucional; técnico porque hay que instalar un equipo de personas con conocimientos en materia de políticas lingüísticas, sabios indígenas que planifiquen y den seguimiento a una nueva política del lenguaje y la cultura porque hay que romper con los siglos del colonialismo español, siendo una gran aliada la escuela y los medios de comunicación.

El día 19 de febrero, 2016, en Temuco marcharon más de 1.500 personas entre mapuche y chilenos solidarios con la causa de las lenguas indígenas, demandando la oficialización del mapuzugun en la IX Región. Esta movilización hizo que por fin el Intendente de la Región se pronunciara sobre el tema. Lo hizo un día antes en la comunidad mapuche Mahuidanche de Pitrufquén, afirmando: «Quienes quieran involucrarse dentro de un tema tan complejo como es la oficialización del mapudungun, a lo menos tienen que estudiar un poquitito de legislación internacional al respecto… » «…yo soy una persona que cree que el mapudungun tiene que ser una lengua oficial… pero hay que hacer las cosas bien, como se debe». «Eso significa que tenemos acuerdos internacionales con los que estamos comprometidos y que tenemos que honrar»2. Sin duda, es valorable lo señalado por Jouannet, antes Huenchumilla se manifestó a favor de la oficialización; sin embargo, el actual intendente señala que hay que aplicar consulta indígena sin especificar qué , cuándo y cómo consultar; esto muestra ausencia de contenidos técnicos a una demanda histórica que lleva años instalada en la región. Para los indígenas los roles están claros al movimiento indígena le corresponde avanzar en sus demandas con propuestas concretas mientras que al gobierno le corresponde instalar estas propuestas en las políticas de Estado.

En las políticas de Estado sobre lenguas indígenas lo mas avanzado que hoy existe es la asignatura de lenguas indígena en el curriculum escolar (Decreto 280, 2009, MINEDUC)3; su implementación ha permitido concentrarse en el tema de la enseñanza de la lengua, hay un Programa de Lengua Indígena que dice a los colegios (casi 2000 escuelas) enseñen lengua indígena; pero la política es débil y las dificultades que implica enseñar una lengua indígena desvalorizada por la historia y la sociedad, son muchas; a pesar de ello hoy en el MINEDUC hay un espacio institucional para debatir, resolver, avanzar.

Entre las debilidades se encuentran: la ruralización del programa, se aplica en “zonas de alta concentración indígena” como lo dice la Ley Indígena. Si bien la EIB ha tenido un amplio recorrido desde 1991 con el Mece Rural y los PME de lengua y cultura indígenas, a la fecha 2016, mantiene su marginalidad y colonialismo. El derecho del niño indígena a aprender la lengua de sus padres, abuelos y pueblos se encuentra limitado, la asignatura de lengua indígena no se aplica en las ciudades, aun cuando la población indígena hoy es mayoritariamente urbana (74%, CASEN; 20134) El Decreto 280, exige sobre un 20% de presencia indígena para el primer año y 50% desde 5to a 8vo. Año, realidad que sólo es posible encontrar en la zona rural.

La Ley General de Educación, 20095, también abrió espacio a las demandas indígenas, aunque de modo contradictorio con un leguaje fluctuante entre los multi e intercultural, como lo indica la cita:

.Se enmarca en el respeto y valoración de los derechos humanos y de las libertades fundamentales, de la diversidad multicultural y de la paz, y de nuestra identidad nacional… Articulo 2, LGE (Ley no. 20.370)

 Interculturalidad. El sistema debe reconocer y valorar al individuo en su especificidad cultural y de origen, considerando su lengua, cosmovisión e historia (Articulo 3, letra l)

La educación básica tendrá como objetivo .. En el caso de los establecimientos educacionales con alto porcentaje de alumnos indígenas, se considerará, además… desarrollen los aprendizajes…diversos tipos de textos orales y escritos, y expresarse en forma oral en su lengua indígena. Articulo.29.

desarrollen los aprendizajes que les permitan mantener su dominio de la lengua indígena y el conocimiento de la historia y la cultura de su pueblo. Articulo. 30.

Por su parte, los pueblos indígenas demandan la educación intercultural para todos, que incluya la sociedad chilena; participación indígena en Consejo Nacional de Educación; Educación bilingüe para todos los niños indígenas; educación propia indígena para las comunidades que así lo deseen, Universidad indígena o intercultural. Estas demandas han sido presentadas por distintos actores sociales a lo largo del tiempo, entre ellos La Red por los Derechos Educativos y Lingüísticos de los Pueblos Indígenas de Chile, La organización Lafkenche; la Federación de Estudiantes Mapuche FEMAE, el Consejo Territorial de Galvarino; Organizaciones Williche de la Fvxa Wijimapu, entre otras.

Entre las acciones lideradas por el movimiento social indígena en materia de revitalización de lenguas y derechos lingüísticos destacan:

-INMERSIÓN EN LENGUA INDÍGENA. Experiencia Rapa Nui, hoy cuenta con el apoyo del PEIB-MINEDUC

– EDUCACIÓN PROPIA. Escuela Jagepvji, Budi, Isla Wapi iniciativa autónoma comunitaria

– OFICIALIZACIÓN LENGUA MAPUCHE. Iniciativa autónoma de la Comuna de Galvarino, Consejo Territorial Mapuche de Galvarino

-PROYECTO LEY DE DERECHOS LINGÜÍSTICOS Iniciativa autónoma RED EIBCHILE. En trámite

– OFICIALIZACION DEL MAPUZUGUN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA Movimiento por los Derechos Lingüísticos

-INTERNADO LINGÜÍSTICO Iniciativa autónoma implementada por colectivos Mapuche FEMAE.

Escuela de verano autónoma del lof Kvlche mapu.

– RECUPERACION COMUNITARIA DE LA LENGUA. Iniciativa de organización comunitaria Lefweluan

-CURSOS DE LENGUAS EN LAS CIUDADES (organizaciones, universidades) Iniciativa implementada por colectivos organizaciones indígenas, académicos (cursos de Quechua, Aymara, mapuzugun)

-Proyectos de Recuperación y Revitalización de Lenguas Indígenas, con fondo de CONADI.

– Criterios a considerar para un reglamento de oficialización

Considerando que el intendente habló de un reglamento de oficialización sin profundizar en su contenido, es oportuno retomar las demandas y avances de los pueblos indígena para que sean considerados en este documento. A continuación algunos criterios derivados del análisis:

  1. La demanda lingüística indígena tienen el libre consentimiento de las comunidades por cuanto no se consulta.

El año 2015, la Red DELPICH, realizó el Tercer Congreso de Lenguas Indígenas, en este se resolvió no consultar el Proyecto de Ley de Derechos Lingüísticos ni la Oficialización del mapuzugun en la Región de la Araucanía; tal como se dijo en ese momento “el sentido de la consulta previa es para garantizar derechos y no para entrabarlos” (Loncon, L. 2014),

En particular, estas medidas, nacieron como iniciativa desde los propios pueblos indígenas, quienes se reunieron, analizaron la situación en que estaban sus lenguas, buscaron formas de asumir el problema de desaparición de las lenguas, elaboraron una estrategia, participaron de su contenido y en el ejercicio de petición a la autoridad, solicitaron que se adoptaran las medidas administrativas y legislativas en cuestión, o sea, la iniciativa no nace del Estado, sino se generó de un proceso participativo indígena y liderado por indígenas, es diversa a la hipótesis que se plantea en el convenio 169 en que se razona sobre medidas que nacen desde el Estado hacia los pueblos indígenas (Loncon, L 2015)6.

Cabe destacar que el Proyecto de Ley de DD LL se propuso en el I Congreso de las LI el año 2010, se aprobó en Segundo Congreso el 2011. En el evento participaron delegados de los distintos pueblos indígenas de Chile, de diferentes organizaciones, convocatoria que sobrepaso 500 delegados en cada una de las tres reuniones.

Si los derechos lingüísticos forman parte de los derechos humanos fundamentales, su vulneración debe ser reparada por el gobierno y no consultar si los pueblos quieren oficialización de su lengua o no la desean; o si quieren revitalización lingüística o no, porque ya las organizaciones consultaron a sus bases, han solicitado ambas medidas al gobierno, por libre consentimiento.

  1. Es razonable que la administración pública otorgue el mismo trato al castellano y las lenguas indígenas.

Al momento, existen dos fallos de la Contraloría General de la República a favor de la oficialización de la lengua mapuzugun; el primero del año 2015 para la oficialización del mapuzugun en Galvarino y el Segundo para la oficialización de la lengua en la IX Región el año 2015. Ambos argumentos respaldan el uso del idioma indígena, “darle el mismo tratamiento que el castellano”. Estas resoluciones sientan un precedente para el reconocimiento de todas las lenguas originarias en los territorios donde históricamente han vivido, su presencia y uso no va en contra de las culturas ni del español, al contrario cumplen el mandato establecido por la ley 19.252, el Convenio 169 y otros.

  1. La demanda lingüística son de los pueblos indígenas

También es necesario considerar que las demandas lingüísticas son de los pueblos, así nacieron, se sustentan y desarrollan; en ningún caso pueden ser hegemonizadas por un partido político, o por la institución del Estado, ello constituiría un error estratégico. En la IX el partido Wallmapuwen ha entrado en la escena de la oficialización del idioma, pero éste ni ningún otro, debe hegemonizar el proceso, porque eso significaría liquidar las demandas colectivas, limitar la participación, el derecho de los hablantes a defender y a proyectar su lengua. Las demandas lingüísticas deben ser transversales en el movimiento indígena y en/ de la sociedad civil organizada en las diferentes formas. En ellas también debe estar representada la pluralidad territorial de los pueblos y de su gente, incluyendo a la gente que milita en organizaciones, políticas y religiosas, sumar a gente de distintos credos, de religión mapuche, católicos, evangélicos, u otras, porque en los pueblos indígenas existe libertad política, de pensamiento y de culto. Lo mas importante de las demandas lingüística es la unión de los pueblos en la defensa de su idioma, el aumento de la lealtad lingüística, el amor de la gente a su lengua, cultura e identidad; y esto tendrá que ser respetado por todos los indígenas, los políticos y el gobierno.

  1. Instalación de un equipo técnico de expertos indígenas que orienten el proceso de debate en torno a los derechos lingüísticos

Hoy el reconocimiento de los derechos lingüísticos muestran superada la etapa de la fundamentación jurídica, su no reconocimiento solo evidencia el nivel de negación en que se encuentran las lenguas, lo que también afecta el conocimiento técnico que se tiene del tema y de las lenguas indígenas en general. Por lo tanto, el avance del proceso dependerá de la claridad de las orientaciones técnicas en materia de políticas lingüísticas y en el campo de la planificación del estatus y corpus de la lengua; por cuanto, el desarrollo de la política deberá ser orientada por un equipo de especialistas, investigadores, lingüistas, técnicos que además en su pensamiento y acción superen el colonialismo lingüístico del español, junto con considerar a los hablantes expertos de las lenguas, en este caso del mapuzugun.

No esta demás decir que las tareas asignadas a este equipo son planificar el pluralismo lingüístico para la región culturalmente diversa, donde conviven el castellano y el mapuzugun e instalar una política lingüística en dos direcciones: a) que planifique el mejoramiento del estatus social de la lengua minorizada y levante su valor en la práctica, como en los medios de comunicación, en el paisaje lingüístico. b) que planifique el corpus de la lengua indígena, es decir la estandarización: estabilización de la gramática, desarrollo lexical, de nuevos estilos, escritura, en otras palabras el desarrollo interno de la lengua.

5. Fortalecimiento de la educación intercultural bilingüe.

Por ser la escuela el espacio formativo por excelencia, ésta tendrá la misión de enseñar el valor, uso de la lengua, pero además incorporar los saberes (medicina, historia, arte, cosmogonía) en el curriculum escolar.

-Avanzar en la tramitación de la Ley de Derechos Lingüísticos. Boletín 9363 senado.cl. Hoy más que nunca se necesita un ente regulador de los derechos lingüístico, planificador de las nuevas políticas de lengua, iniciativas contenidas en este proyecto de ley.

Tal como se desarrolló, los derechos lingüísticos de los pueblos indígenas tienen avances en su fundamentación jurídica, además el movimiento indígena tiene propuestas y criterios ya consultados que deben ser reconocidos para instalar la política de Estado. Por cuanto, el Reglamento de oficialización tendrá que considerar estos argumentos y proponer un programa de desarrollo lingüístico de la lengua mapuche en la región, que además considere difusión de los derechos lingüísticos en las comunidades, porque la negación y autonegación mapuche se han instalado con fuerza y mentiras y hoy deben ser desinstaladas con la palabra, la razón, la verdad; y así garantizar el cambio de la política lingüística regional, que permita pasar del monolingüismo en español al bilingüismo mapuzugun. Por lo mismo, la nueva política lingüística deberá tener enfoque de derechos humanos, individuales y colectivos.

Referencias

1 http://www.contraloria.cl/LegisJuri/DictamenesGeneralesMunicipales.nsf/DetalleDictamen?OpenForm&numero=90466&ano=15

3 http://portales.mineduc.cl/usuarios/intercultural/doc/201304050935300.ORD82_ORIENTACIONES_SECTOR_APRENDIZAJE_LENGUA_INDIGENA.pdf

4 http://www.futawillimapu.org/Llitu/Casen-2013-En-la-region-de-Los-Lagos-1-de-cada-4-personas-somos-mapuche.html

5 http://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=1006043

6 Loncon, Lautaro (2015). Sobre consulta previa: ¿Todo es consultable o existen situaciones especiales que no son materia de consulta? En III Congreso de la Lengua Indígenas de Chile, enero, 2015

Elisa Loncón Antileo