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La justicia de Israel: Torturas, detenciones administrativas y prisión política

Por: Javier Pineda Olcay | Publicado: 10.10.2016
La justicia de Israel: Torturas, detenciones administrativas y prisión política addameer1 |
Más del 20% de la población palestina ha sido detenida bajo cuestionables figuras como detenciones administrativas y prisión política, donde se permite «presión física moderada». Justicia militar condena desde los 12 años en adelante.

El Estado de Israel ha establecido un régimen del terror en el Territorio Palestino Ocupado. Un régimen del terror que actúa sobre los cuerpos de los palestinos sin reconocer límites. No importa el daño inferido ni los medios utilizados. Sumado a la inexistente libertad de movimiento del pueblo palestino en su propio territorio relatado en crónicas anteriores, las torturas, detenciones administrativas y prisiones políticas son pan de cada día. La crueldad es nuevamente justificada por “razones de seguridad”.

Desde la ocupación israelí de los territorios Palestinos en 1967, los palestinos han sido acusados de delitos bajo la ley militar israelí y juzgados bajo tribunales militares. Desde esa fecha más de 800.000 palestinos han sido detenidos bajo órdenes militares israelíes en los territorios Palestinos ocupados, lo cual representa aproximadamente el 20 por ciento de la población total y el 40 por ciento de la población total de hombres palestinos.

Los arrestos pueden ocurrir en cualquier momento y en cualquier lugar, aunque los principales son los checkpoints, las calles y sus casas. Las detenciones en sus casas suelen ser en medio de la noche, entre las 12 y las 5 de la mañana. Aún cuando las ciudades palestinas se suponen bajo control total de la Autoridad Palestina según los Acuerdos de Oslo, no hay noche en que los soldados israelíes no entren a las ciudades palestinas a detener personas.

El procedimiento de arresto suele ser el mismo. Los soldados entran a las casas durante la madrugada rompiendo puertas, armados hasta los dientes y golpeando a quienes se encuentren en el camino, sea hombre, mujer, niño o niña. A veces entran con perros y usan bombas de sonido. Encuentran a la persona que andaban buscando, lo esposan con esposas de plásticos (amarra cables) y les vendan los ojos. Así los pueden tener esperando, de pie o de rodillas, durante horas antes de que los suban a los jeeps militares que los transportan hasta el centro de interrogatorios. Este trayecto suele ser bocabajo, durar horas y los soldados israelíes con frecuencia abusan de los detenidos.

En la mayoría de los casos los detenidos denuncian casos de paliza, patadas, insultos, amenazas y humillación deliberada. Además, no son informados sobre la razón de sus arrestos, ni les comunican al lugar donde los llevarán.

Ni los niños se escapan de lo anterior. Conforme a la legislación israelíes desde los 12 años los niños pueden ser procesados por el sistema penal militar. Entre las violaciones a los derechos humanos asociadas a la detención de los niños encontramos: la detención deliberada en horarios de medianoche o a tempranas horas de la madrugada; impiden a los padres de asistir a la interrogación con los niños; no les permiten consultar a un abogado; los fuerzan a firmar testimonios, muchas veces escritos en hebreo para que los niños no los entiendan; los amenazan que en caso de no aceptar la culpabilidad por los hechos que les imputan arrestarán a sus padres; los golpean durante el arresto y la interrogación; los atan con amarra-cables; los humillan e insultan; los amenazan de muerte o de violación. Más información al respecto se puede encontrar en los Reportes Anuales de Violaciones contra los prisioneros políticos en Centros de Detención israelí realizados por Addameer.

Este breve relato de lo que sufren durante los arrestos puede ser verificado en cualquiera de los 429 testimonios de niños Palestinos,  quienes han pasado por el Sistema de Detención Militar Israelí y que han sido documentados en la publicación realizada por Defence for Children International – Palestine Section el año 2014, titulada No Way to Treat a Child: Palestinian Children in the Israeli Military Detention System”.

Desde la segunda intifada se han arrestado a más de 12.000 niños Palestinos, negándoles la protección debida según más de 27 tratados internacionales de Derechos Humanos. Los arrestos de jóvenes se enmarcan dentro de una campaña de castigo colectivo del Estado de Israel, para amedrentar a una generación entera con el objetivo de desmovilizar su capacidad de resistencia, sometiéndolos a diferentes formas de tortura física y sicológica. Asimismo, estos arrestos tienen como propósito reclutarlos como informantes, extorsionar financieramente a sus familias y forzar a sus familias a pagar por su seguridad. Estos arrestos tienen un impacto nocivo en la salud mental de los niños, como también a menudo afecta su desempeño escolar. Una generación con miedo tiene menos potencialidad de movilización.

Luego de la detención viene el interrogatorio. Allí, tanto niños como adultos palestinos, suelen ser expuestos a tratos crueles, inhumanos y degradantes, incluyendo restricción prolongada de movimiento en una posición incómoda causando dolor físico, privación del sueño, palizas, largos periodos de incomunicación en celdas pequeñas, sin ventana y, a menudo, frías; uso excesivo de esposas puestas durante periodos largos de tiempo y amenazas a la persona detenida o a sus familiares. Estos tratos tienen el objetivo de ejercer presión sicológica sobre el detenido/a, coaccionarlo/a para que proporcione confesiones, en muchos casos, sobre crímenes que no ha cometido.

Las celdas garantizan el aislamiento del detenido, con frecuencia sin ventanas, contienen un colchón y un váter turco, que no cumple los estándares de higiene aceptables. En ocasiones se les impide que se duchen o cambien de ropa. Durante la detención se les mantiene aislados de sus familiares, de libros o medios de comunicación. Su único contacto con el mundo exterior ocurre durante la visita de sus abogados o de delegados del Comité Internacional de la Cruz Roja.

En 1999 la Corte Suprema de Israel en la sentencia “Comité Público Contra la Tortura en Israel v. Gobierno de Israel”, puso ciertas restricciones a la tortura durante los interrogatorios. Sin embargo, siguió justificando la “presión física moderada” en casos de “necesidad de defensa” y de “ticking-time bomb”. Aun cuando la Corte Suprema legitima cierto tipo de tortura, a los interrogadores israelíes no les basta y siguen utilizando técnicas prohibidas en los interrogatorios.

Existen dos tipos “legales” de personas palestinas que se encuentran en una cárcel. Aquellos que se encuentran por “detenciones administrativas” y aquellos que se encuentran “condenados”.

La detención administrativa es un procedimiento que permite a los militares israelíes retener a personas indefinidamente en la cárcel basándose en información secreta, sin presentar cargos contra ellos y sin permitirles que vayan a juicio. El Ejército Israelí puede detener a un individuo durante periodos renovables de hasta 6 meses, si tienen “motivos razonables para suponer que la seguridad de área o la seguridad pública requieren su detención”. En la fecha de expiración o justo antes de ésta, la orden de detención es frecuentemente renovada. Este proceso puede continuar indefinidamente.

Estas detenciones indefinidas, aun cuando existen bajo el ordenamiento jurídico israelí son ilegales a la luz del derecho internacional humanitario. Las bases por las que alguien puede ser detenido no están claras, dejando a los comandantes militares la decisión de qué constituye “seguridad pública” o “seguridad del área”. Ni siquiera los abogados de las personas detenidas son informados de las razones de su detención.

Diversas organizaciones de derechos humanos se han pronunciado contra esta inhumana figura jurídica. La detención administrativa es usada como una forma de castigo criminal colectivo. No sólo busca detener a personas en particular, sino que escoge arbitrariamente algunas veces a cualquier persona palestina. Se transforma en un dispositivo de terror permanente. Cualquier persona palestina puede ser detenida en cualquier lugar, en cualquier momento y por cualquier cantidad de tiempo. El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos que en su artículo 9, numeral 2, reconoce que “toda  persona  detenida  será  informada,  en  el  momento  de  su  detención,  de  las  razones  de  la  misma, y notificada, sin demora, de la acusación formulada contra ella”, es sólo papel mojado para los palestinos.

Desde la Segunda Intifada iniciada en septiembre de 2000 las detenciones administrativas han venido en aumento.  En julio de 2016 existían 750 detenidos administrativamente, dentro de los cuales se encuentran 3 miembros del Consejo Legislativo Palestino. Los detenidos administrativamente suelen realizar huelgas de hambre. Lo único que se pide es que los sometan a un juicio o se les deje libre.

La segunda razón para estar en una cárcel es ser un prisionero político. Más del 80 por ciento de los casos de condenados corresponde al delito de lanzar piedras a algún objeto israelí, pudiendo ser el mismo Muro, una patrulla de soldados o un soldado. La mayoría de las sentencias tienen como prueba única las confesiones del supuesto autor, después de una jornada de torturas y amenazas. En agosto de 2016 se registran 7.000 presos políticos en cárceles israelíes.

Los derechos tanto de los detenidos administrativamente como de los presos políticos son inexistentes, partiendo al derecho de los presos de ser visitados por sus familias y el derecho a defensa. Todas las cárceles en las que Israel detiene a los presos palestinos están situadas dentro de Israel, con la excepción de una. Esto es una flagrante contravención al Artículo 76 de la Cuarta Convención de Ginebra, que establece que un Poder Ocupante (en este caso Israel) debe detener a los residentes de los territorios ocupados en prisiones dentro de los territorios ocupados. Esta situación produce la imposibilidad, en la mayoría de los casos, de obtener asistencia legal por parte del Consejo Palestino de Defensa y no reciben visitas familiares, pues ni a los abogados ni a los familiares se les conceden permisos para entrar a Israel por “razones de seguridad”.

Las organizaciones de la sociedad civil, como Addameer, Prisoner Support and Human Rights Association y Defence for Children International – Palestine Section, las cuales visitamos y que se dedican especialmente a proveer defensa a prisioneros políticos y a defender los derechos de los niños, lo único que piden es que se cumpla el Derecho Internacional Humanitario y el Derecho Internacional de los Derechos Humanos sobre la materia. Ni más, ni menos. El silencio de la comunidad internacional con las atrocidades que se cometen contra el pueblo Palestino es complicidad con el Estado opresor de Israel.

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