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Opinión

Beneficios para criminales de lesa humanidad: Cuando los que benefician terminan pensando muy parecido a los beneficiados

Por: Loreto López | Publicado: 04.08.2018
Beneficios para criminales de lesa humanidad: Cuando los que benefician terminan pensando muy parecido a los beneficiados corte suprema | Foto: Agencia Uno
¿Cómo podría ser bueno para la sociedad que victimarios de ese calibre y prontuario anden libres por las calles?. Curioso raciocinio, es casi tan peculiar como el razonamiento de los victimarios sobre sus propias acciones criminales, cuando insisten en justificar la bondad de sus delitos en pro del bien superior de la nación.

Escribo esta columna demasiado tarde, debí hacerlo cuando fueron puestos en libertad los condenados por el caso degollados, sin duda. Lo que estamos presenciando no es nuevo, pero nos escandaliza que la coyuntura de la composición de la Sala penal de la Corte Suprema se transforme en una política ad hoc a los tiempos de negacionismo e impunidad que al parecer se resisten a pasar.

Veo que la discusión sobre los beneficios carcelarios para criminales de lesa humanidad se centra en los argumentos jurídicos de su posibilidad, y pienso que quienes no manejamos ese lenguaje no podemos opinar, y que entonces esto sigue siendo un problema de las víctimas, los victimarios, sus abogados y el sistema judicial. Como si en lo ocurrido no intervinieran criterios y personas de carne y hueso, como si quienes suscribieron la resolución que el lunes ha puesto en libertad a cinco perpetradores de violaciones a los derechos humanos, no pudieran haberse comportado de otra forma. Pero al parecer por lo que he escuchado, quienes concurren a la instancia que ha otorgado los beneficios a esos criminales deben aplicar criterios, que resultan en una decisión u otra, es lo que entendí de una entrevista ofrecida por el abogado de derechos humanos Francisco Jara en Última mirada de CNN. Se ve que hay jueces que favorecen ciertas medidas por razones y motivaciones al parecer muy altruistas, y que otros se pliegan a los criterios de sus superiores o de quien encabeza la Sala Penal de la Corte Suprema, en este caso.

Por cierto que podríamos debatir sobre las motivaciones de quienes acogen la solicitud de beneficios, pero los abogados son cautelosos en atribuir intencionalidades al actuar de los jueces, asumiendo que siempre actúan de buena fe (Eichmann también actuaba de buena fe). Pero el juez Hugo Dolmestch ya había dicho que apoyaba la concesión de beneficios a criminales de lesa humanidad porque contribuía a la reconciliación del país: “Sé y comprendo también que esto ha de significar un dolor para las personas que aún sufren por la pérdida de sus seres queridos, pero la sociedad no puede vivir estancada solo en los dolores y es bueno y sano avanzar positivamente buscando la reconciliación. Y gestos como este sí son efectivos, porque lo contrario estanca”. De ahí que los criterios que se han adoptado sólo acogen algunas condiciones señaladas por la norma internacional de derechos humanos para la concesión de beneficios, y excluyen que exista arrepentimiento y colaboración de los beneficiados, por ejemplo, lo que para Dolmestch al parecer no sería necesario.

Bueno, entonces no me vengan que aquí sólo hay que analizar los supuestos jurídicos de estas decisiones, intentando además no herir las susceptibilidades de quienes firmaron la resolución porque sería más peligroso señalarlos con el dedo que no repudiar públicamente su proceder, pues podrían comportarse de manera adversa en otros casos donde tienen influencia y poder de decisión. Funarlos sería “echárselos encima”.

Hoy, entre quienes tienen poder de decisión sobre los beneficios carcelarios, hay personas que, basados en sus propias convicciones, usan los instrumentos jurídicos en favor de lo que creen reconciliará a la sociedad chilena (ahí está la buena intención del juez). En este caso la libertad de personas que intervinieron o ejecutaron los crímenes más graves reconocidos a nivel internacional, que secuestraron personas, participaron de sus torturas, las condujeron a la muerte y la desaparición, en circunstancias horrendas. La libertad de esos criminales se supone que entonces colabora con el fin simbólico de la reconciliación, que desde 1990 en adelante se nos ha intentado imponer de facto.

O sea, lo que es no es bueno para las víctimas y las daña ¿es bueno para la sociedad?, ¿esa es la idea?. Por lo que se ve ese es el pensamiento de algunos jueces. ¿Cómo podría ser bueno para la sociedad que victimarios de ese calibre y prontuario anden libres por las calles?. Curioso raciocinio, es casi tan peculiar como el razonamiento de los victimarios sobre sus propias acciones criminales, cuando insisten en justificar la bondad de sus delitos en pro del bien superior de la nación.

Así las cosas, parece que a estas alturas las personas de buenas intenciones resultan ser las más peligrosas. Y en esta circunstancia, tanto jueces que otorgan beneficios a criminales de lesa humanidad como los propios victimarios, se reúnen bajo el criterio del bien superior para una sociedad que únicamente existe en su imaginación, pues el daño que han infringido no sólo alcanza a las víctimas, sino a la sociedad completa al ver mermada las condiciones para que los castigos por crímenes contra la humanidad, sean efectivamente conseguidos. ¿Hasta cuándo hay que seguir pagando los costos por los que quieren hacer el bien bajo sus propios términos?, ayer unos decidieron matar al resto para supuestamente salvar a la patria, hoy otros deciden liberar a esos asesinos para que la patria se reconcilie. Torcida forma de entender la realidad y el bien común.

Loreto López