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Parto fue atendido por matrona y no médico: Condenan a Servicio de Salud de Concepción a indemnizar con $40 millones a familia

Por: El Desconcierto | Publicado: 20.09.2018
Parto fue atendido por matrona y no médico: Condenan a Servicio de Salud de Concepción a indemnizar con $40 millones a familia hosp-conce |
El procedimiento era de alto riesgo debido a que la madre padece de diabetes, y entre las secuelas, la menor quedó con parálisis cerebral careoatetósica y parálisis braquial obstétrica.

Un fallo de la Corte Suprema condenó al Servicio de Salud de Concepción a pagar una indemnización de $40 millones a los padres de una menor que quedó con una serie de secuelas debido a la negligencia del hospital regional Guillermo Grant Benavente.

En específico, el texto condenó al establecimiento por permitir que el parto fuera atendido por una matrona y no por un médico obstetra en medio de un parto de alto riesgo debido a que la madre padece de diabetes, y que dejó a la niña con parálisis cerebral careoatetósica y parálisis braquial obstétrica.

Según consigna Resumen, los magistrados constataron la «falta de adopción de los resguardos necesarios para brindar una atención médica eficaz y eficiente ante la complicación manifestada durante el proceso de parto, prescindiendo, por el contrario, de la condición de diabética de la madre, la contingencia de nacer un niño con un peso mayor al esperado, las hospitalizaciones previas al parto a causa de la glicemia elevada de la parturienta, así como de las dificultades en el alumbramiento de otro de sus hijos, sin avizorar el riesgo que tuvo por secuela el daño neurológico padecido por el recién nacido”.

“Dicha situación pudo haberse evitado mediante una maniobra efectuada por un médico especialista en la materia de haber estado presente en el manejo clínico al momento del parto y de haber propiciado los cuidados y asistencia médica necesaria”, agrega el fallo.

El texto finalmente concluye que existió una falta de servicio evidente “puesto que ninguna actividad esperable de una institución moderna fue desplegada” y que “queda en evidencia un funcionamiento defectuoso o tardío, sin que pueda calificarse la conducta desplegada por los profesionales médicos que atendieron a la actora como ajustada a la lex artis médica».

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