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PDI recibió 390 denuncias por viralización de videos íntimos sin consentimiento en el último año

Por: core | Publicado: 07.01.2019
PDI recibió 390 denuncias por viralización de videos íntimos sin consentimiento en el último año pdi |
Actualmente la Comisión de Seguridad Ciudadana de la Cámara de Diputados discute un proyecto de ley que busca sancionar este tipo de conductas. Según las estadísticas de la PDI, el 83% de las denuncias son hechas por mujeres.

La Policía de Investigaciones recibió 391 denuncias por viralización de videos íntimos sin consentimiento entre el 2017 y el 2018.

Estos datos surgieron a raíz de un estudio que fue realizado para la Comisión de Seguridad Ciudadana de la Cámara de Diputados, donde actualmente se discute un proyecto de ley, que fue presentado por las  diputadas Maya Fernández (PS) y Maite Orsini (RD), y que busca tipificar como delito la publicación de registros íntimos sin el consentimiento de los involucrados.

En la legislación actual no se castiga la difusión de imágenes si es que uno de los intervinientes autoriza esa acción. Esto significa que si la otra persona no está de acuerdo con esta situación, ésta no cuenta con herramientas legales para afrontar una posible viralización de un registro íntimo.

“La norma hoy en día sanciona las grabaciones de todo tipo, videos o fotografías, que son realizadas sin el consentimiento de la persona afectada. Luego, se penaliza si son difundidas. Pero ¿qué pasa con los videos que se realizan con el consentimiento de ambas partes, en la intimidad de la pareja, y después uno de los dos los difunde? Ese es el vacío legal que hay”, sostuvo a La Tercera el comisario del Cibercrimen de la PDI, Cristián González.

Según los números que maneja la PDI, un 83% de las denuncias son hechas por mujeres, mientras que un 17% corresponden a hombres.

El proyecto de ley que sanciona la difusión de registros íntimos sin el consentimiento de la persona plantea que esta acción se castigue “con la pena de reclusión menor en su grado mínimo (61 días a 540 días) y multa de 50 a 500 UTM al que, habiendo obtenido con el consentimiento de otra persona imágenes, textos, grabaciones o audiovisuales de contenido sexual, que sean de aquella, las difunda por cualquier medio sin autorización del afectado”.

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