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Corte de Apelaciones ordena a La Tercera pedir disculpas y rectificar información falsa sobre asesinatos en 1973

Por: El Desconcierto | Publicado: 12.04.2019
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La información en cuestión corresponde al asesinato de Jorge Oyarzún Escobar y Juan Escobar Camus el 30 de septiembre de 1973, quienes según los medios de la época habrían “disparado contra una población militar”, pero que en realidad, solo fueron asesinados a sangre fría por agentes del Estado.

La Corte de Apelaciones de Santiago ordenó a la empresa periodística Copesa S.A. rectificar la falsa información que publicó el diario La Tercera el 2 de octubre de 1973, en la que se daba cuenta de la ejecución de Jorge Oyarzún Escobar y Juan Escobar Camus, tras atacar “con disparos una población militar”.

En fallo unánime la Primera Sala del tribunal de alzada acogió la acción cautelar presentada por Paola Oyarzún Escobar, hija y sobrina de los supuestos subversivos.

“Se acoge el deducido en estos autos, y se declara que la empresa periodística Copesa S.A. debe proceder a través de su diario La Tercera, a publicar la rectificación que le fue requerida por comunicación de 24 de octubre de 2018, acompañada al recurso, en los términos que le fue solicitada; esto es, con pública disculpa y en el mismo tenor de la publicación de 1973, con la misma extensión y visibilidad con la que fue publicada, sin costas por no haber sido solicitadas”

Revisa aquí el fallo completo.

La misma causa fue investigada por el ministro Hernán Crisosto quien, en diciembre de 2016, estableció que Oyarzún Escobar y Escobar Camus fueron víctimas de un crimen de lesa humanidad.

Según el fallo del ministro Crisosto, Jorge Eduardo Cristián Oryarzún Escobar, José Sergio Muñoz González y Juan Escobar Camus “nunca dispararon sino que fueron atacados por un militar al llegar a la calle Arauco con Nataniel y luego fueron detenidos y asesinados frente a un muro de la Escuela Haití.

Esta resolución fue ratificada luego por la Corte Suprema, en octubre de 2018. En esa ocasión la Corte Suprema obligó al Estado a indemnizar a las familias de los ejecutados políticos con un total de $915 millones

Este hecho generó a su vez, que El Mercurio publicara una rectificación, en la que aclaró que “fueron atacados con armas de fuego por un efectivo militar a cargo de la seguridad de una Población Militar y dos personas de civil, siendo obligados a bajarse del auto y luego detenidos. Horas más tardes frente a un muro de la Escuela Haití, en la calle Bío Bío, los tres detenidos fueron ajusticiados, quedando sus cuerpos en el lugar, siendo retirados a la mañana siguiente por efectivos militares”, publicó El Mercurio en el 2018.

También en el Informe Rettig, ya se dejaba claro que la muerte de Oyarzún y Camus fue una ejecución “al margen de toda legalidad por agentes del Estado”. En lo concluido en el informe, se destaca que “la versión de la presa resulta inverosímil”, y “que no existen indicios ciertos acerca de un posible enfrentamiento o que los afectados hayan ido armados”. “En consecuencia, José Sergio Muñoz González, Jorge Eduardo Cristián Oyarzún Escobar y Juan Joaquín Escobar Camus fueron víctimas de una violación grave a los derechos humanos”, concluye el informe respecto a este caso.

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