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Opinión

El Ejército lucra indebidamente por falta de fiscalización

Por: Patricio Herman | Publicado: 05.05.2019
El Ejército lucra indebidamente por falta de fiscalización milicos | Foto: Agencia Uno
El extenso terreno por el cual ahora el Ejército desea traspasarlo a un tercero para obtener un suculento lucro, le fue cedido por el Estado a título gratuito, acorde a la costumbre de aquella época y si ahora esa rama de las FFAA desea venderlo ingresando el monto de la transacción a sus arcas, no es posible. Esa incorrecta práctica la ha estado haciendo a través de una habilidosa interpretación del artículo 1° transitorio del decreto con fuerza de ley N° 1 del Ministerio de Defensa Nacional, publicado el 6 de abril de 1971 en el Diario Oficial, que le confería por 90 días al Presidente de la República y a los Comandantes en Jefe de las FFAA, la facultad de asignar bienes raíces fiscales a los patrimonios de afectación de los servicios de Bienestar Social de esas instituciones.

En la edición del 9 de abril pasado el Diario Financiero publicó una crónica titulada “Ejército concretará nueva venta de terreno en exclusivo sector de Las Condes”, informando que se trata de un amplio predio que se transa en el mercado inmobiliario en US$ 120 millones, agregando que en el año 2016 esa institución militar ya había enajenado a un privado en US$ 46 millones otro terreno en el mismo sector.

Estamos hablando de la zona urbana conformada por las calles Américo Vespucio Norte, Presidente Riesco, Los Talaveras y Alonso de Córdova, en donde existen varios bloques de edificios habitados por oficiales del Ejército, construcciones que están en muy buen estado de conservación, las cuales, de acuerdo a los análisis financieros de los expertos, se demolerán para dar paso a unas cuantas lucrativas torres de 21 pisos, más una serie de construcciones comerciales dirigidas a los consumidores ABC1.

Gracias a la documentación que nos hizo llegar Miguel Lawner, Premio Nacional de Arquitectura 2019, supimos que ese paño hoy día apto para la especulación más desenfrenada, en el gobierno de Allende se llamaba Villa Militar del Este, conforme a  la suscripción de un convenio entre la Corporación de Mejoramiento Urbano (CORMU) del Minvu y el Ejército de Chile, instrumento en el cual se reflejó que su presidente era Lawner y su vicepresidente era el general Óscar Bonilla.

Para ese terreno fiscal asignado en el año 1972 al Ejército, la CORMU elaboró un Plano Seccional que contenía edificios de 6 pisos que consideraban unos mil departamentos de entre 70 y 100 m2 útiles para la oficialidad de rango medio y 3 edificios piramidales de mayor categoría con departamentos de 140 m2 útiles para los generales.

En enero de 1973 se otorgaron las recepciones finales municipales por los 3 edificios más selectos que enfrentan el otrora parque Américo Vespucio Norte y el propio Lawner, curiosidades del destino, le entrega las llaves del departamento que ocupará, al general Sergio Arellano Stark, el mismo que meses después, obedeciendo la orden de Pinochet, comandó la llamada Caravana de la Muerte.

Como vemos, el extenso terreno por el cual ahora el Ejército desea traspasarlo a un tercero para obtener un suculento lucro, le fue cedido por el Estado a título gratuito, acorde a la costumbre de aquella época y si ahora esa rama de las FFAA desea venderlo ingresando el monto de la transacción a sus arcas, no es posible. Esa incorrecta práctica la ha estado haciendo a través de una habilidosa interpretación del artículo 1° transitorio del decreto con fuerza de ley N° 1 del Ministerio de Defensa Nacional, publicado el 6 de abril de 1971 en el Diario Oficial, que le confería por 90 días al Presidente de la República y a los Comandantes en Jefe de las FFAA, la facultad de asignar bienes raíces fiscales a los patrimonios de afectación de los servicios de Bienestar Social de esas instituciones.

Pero esa fórmula equivocada para entender las cosas, fue impugnada en democracia por el Ministerio de Bienes Nacionales ante la Contraloría General de la República, (en adelante la Contraloría) y así fue como el ente fiscalizador el 9 de julio de 1998 emite su categórico dictamen Nº 23752, firmado por el entonces contralor general de la República, don Arturo Aylwin, en donde se rayó la cancha, a pesar de lo cual en algunos casos se ha vulnerado por presiones indebidas de los interesados.

Entre otras razones, dado que la asignación de los inmuebles fiscales no constituye enajenación de los mismos, toda vez que ellos siguen integrando el patrimonio del Fisco, quedó de manifiesto en ese dictamen que, cita textual, “la facultad de asignar bienes raíces fiscales a los patrimonios de afectación de los  servicios de Bienestar de las FFAA, contenida en el artículo transitorio del DFL Nº 1, de 1971, del Ministerio de Defensa Nacional, se encuentra extinguida, por lo que se deja sin efecto toda jurisprudencia contraria al presente dictamen”.

Conclusión:   

Esta materia se le expresó por escrito en carta del 30 de abril pasado dirigida a Alberto Espina, actual ministro de Defensa Nacional, incluso solicitándole una entrevista, a la cual iríamos el arquitecto Miguel Lawner y este columnista, cita que seguramente no se producirá por la carga de trabajo que tiene dicho ministro. En todo caso, aplicándose la ley, el Ejército podrá seguir construyendo edificios de departamentos para su personal en el terreno fiscal que se le asignó en la comuna Las Condes y para asegurar que tenga efectivo imperio el dictamen de la Contraloría será necesario que los diputados ejerzan sus atribuciones fiscalizadoras, citando al mencionado ministro y al contralor Jorge Bermúdez.

Patricio Herman