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Educación

Chao Dicom: Senado respalda iniciativa que prohibirá que se informe sobre deudas contraídas por estudiar

Por: El Desconcierto | Publicado: 15.05.2019
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El proyecto argumenta que el actual sistema de financiamiento de la educación obliga a las personas a asumir personalmente deudas con el objetivo de acceder a un derecho que la Constitución en teoría garantiza. 

Durante el pasado martes, por 24 votos a favor y 5 abstenciones, el Senado entregó su respaldo en general al proyecto que busca prohibir que se informe sobre las deudas contraídas para financiar la educación en cualquiera de sus niveles.

«Chao Dicom» es el nombre de la iniciativa presentada por los senadores Yasna Provoste, Juan Ignacio Latorre, Carlos Montes y Jaime Quintana. La propuesta busca impedir que la morosidad en deudas educativas constituya un punto negativo en los antecedentes comerciales o financieros de una persona.

La modificación a la ley permitirá que las personas con endeudamiento educacional puedan acceder a otro tipo de créditos, como los de consumo o hipotecarios, sin frustrar la posibilidad de alcanzar un bienestar social. Hoy, las deudas de los ex estudiantes son comunicadas a los bancos y obstaculizan cualquier acceso a una cuenta corriente, a un préstamo o a un crédito.

El proyecto argumenta que el actual sistema de financiamiento de la educación obliga a las personas a asumir personalmente deudas con el objetivo de acceder a un derecho que la Constitución en teoría garantiza. 

Aunque la mayoría de los parlamentarios estuvo a favor de la idea, algunos senadores de oposición manifestaron su preocupación por la redacción de la norma, ya que podría abrir la interpretación a «cualquier deuda» en materia educativa.

En adelante, el proyecto será analizado por la Comisión de Educación, donde se recibirán indicaciones hasta el próximo 10 de junio. Entre la información personal protegida -que no podrá ser comunicada a los registros o bancos de datos en ninguna circunstancia- se encuentran todos aquellos antecedentes que se relacionen a las deudas contraídas por una persona con instituciones de educación superior, en el marco de las normas del Fondo Solidario de Crédito Universitario; ni las deudas contraídas con bancos o instituciones financieras de conformidad a la ley que creó el Sistema de Créditos para Estudios Superiores (deudas del CAE).

Tampoco se podrán informar las deudas administradas por la Corporación de Fomento a la Producción; ni cualquier deuda contraída con la finalidad de recibir para sí o para terceros un servicio educacional, en los distintos niveles.

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