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Corte de Apelaciones de Santiago rechaza presunto desacato de alcalde Daniel Jadue en juicio contra inmobiliaria

Por: El Desconcierto | Publicado: 29.05.2019
Corte de Apelaciones de Santiago rechaza presunto desacato de alcalde Daniel Jadue en juicio contra inmobiliaria daniel jadue | AGENCIA UNO
La Corte indicó que la Municipalidad de Recoleta ha dado estricto cumplimiento de la orden de no innovar concedida con fecha 26 de febrero de 2019.

El pasado 27 de mayo de 2019, la Corte de Apelaciones de Santiago, rechazó la presentación de desacato en contra del alcalde de Recoleta, Daniel Jadue, realizada por la empresa Desarrollo Inmobiliario Bellavista S.A.

Esto debido a que la Municipalidad “ha dado estricto cumplimiento de la orden de no innovar” concedida el 26 de febrero de este año.

Todo luego de que la Municipalidad se allanara a la demanda que presentó la Universidad de Chile en contra de la inmobiliaria.  En la ocasión, el abogado de la empresa, Christian Espejo, afirmó que ““estamos frente a un nuevo desacato del alcalde Jadue, quien sistemáticamente se ha negado a cumplir los fallos judiciales”.

Ante eso, en abril de este año el alcalde Jadue respondió “hay que recordar que el director de Obras, Carlos Reyes, que aprobó estos permisos, confesó (en la causa donde fue condenado) un intento de cohecho que involucra el permiso de este proyecto. Es más, en todos los fallos judiciales han señalado que este edificio fue construido fuera de norma y de forma irregular”.

Por lo tanto, la Corte estimó la decisión del Concejo Municipal de allanarse a la demanda  “no constituye ni una transgresión ni un desacato de la orden de no innovar, puesto que esta demanda recae sobre actos administrativos distintos.”

Específicamente, la Corte indicó que la orden de no innovar corresponde a la caducidad del permiso de edificación que amparó la construcción del Conjunto Armónico Bellavista y no de los permisos.

En un comunicado, la Municipalidad de Recoleta, concluyó que “Por lo tanto, la decisión del Concejo Municipal de Recoleta de allanarse a la demanda de nulidad de los permisos de construcción y la demolición de pisos que se elevaron a más del doble de altura de lo legalmente permitido, constituye un derecho de defensa que cualquier demandado puede legítimamente ejercer en un juicio.”

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