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Corte Suprema ordenó a isapre Nueva Masvida afiliar a una persona con enfermedad preexistente

Por: El Desconcierto | Publicado: 18.09.2019
Corte Suprema ordenó a isapre Nueva Masvida afiliar a una persona con enfermedad preexistente | / AgenciaUno.
Con este caso ya van dos antecedentes jurídicos de isapres que son obligadas a incorporar a usuarios con enfermedades preexistentes. El primero fue en octubre del año pasado, cuando la Corte Suprema ordenó a la isapre Consalud S.A. incorporar a una madre e hija a un plan de su elección, tras haber sido rechazadas, en primera instancia, debido a que la menor presentaba una patología que la institución previsional consideró de «alto riesgo».

En un fallo dividido, la Corte Suprema acogió un recurso de protección y ordenó a la isapre Nueva Masvida S.A. afiliar a una persona que previamente había sido rechazada por otras cuatro isapres por presentar enfermedades preexistentes.

Fue la Tercera Sala del máximo tribunal la que estableció un actuar «arbitrario e ilegal» en las cuatro instituciones privadas de salud que rechazaron al demandante.

Por esto, el fallo de la Suprema establece que «es posible concluir que nuestro sistema jurídico consagra el derecho de las personas a elegir libremente el sistema de salud público o privado al que desee acogerse. No lo es menos que la libertad de contratación de ésta encuentra límite en la esencia del derecho constitucional a elegir libremente el sistema de salud, sea estatal o privado», enfatizó el escrito.

Dado este derecho, el escrito concluye que «procede acoger la presente acción cautelar y disponer que la última de las isapres a la que el actor solicitó su incorporación -Nueva Más Vida S.A.- deberá incorporarla como afiliado, por cuanto se debe entender a estos efectos que al tratarse de la última de las peticiones de incorporación, es la única manifestación de voluntad en tal sentido que no se ve dejada sin efecto por otra posterior y que, por ende, se encuentra actualmente vigente«.

Con este caso ya van dos antecedentes jurídicos de isapres que son obligadas a incorporar a usuarios con enfermedades preexistentes. El primero fue en octubre del año pasado, cuando la Corte Suprema ordenó a la isapre Consalud S.A. incorporar a una madre e hija a un plan de su elección, tras haber sido rechazadas, en primera instancia, debido a que la menor presentaba una enfermad que la institución previsional consideró «de alto riesgo».

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