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CMF multa a Larraín Vial por votos ejercidos sin autorización en la elección de Gabriel Ruiz-Tagle

Por: El Desconcierto | Publicado: 26.09.2019
CMF multa a Larraín Vial por votos ejercidos sin autorización en la elección de Gabriel Ruiz-Tagle A_UNO_gabriel ruiz-tagle | / agenciaUno.
Se realizó una investigación y el ente regulador estableció que la corredora «ejerció el derecho a voto respecto de 26.050 acciones que mantenía en custodia a nombre de terceros, correspondientes a 21 clientes, sin contar con autorizaciones a instrucciones específicas, lo cual implicó infringir el artículo 179 de la ley 18.045».

La Comisión para el Mercado Financiero (CMF) castigó a Larraín Vial S.A., con una multa de 500 UF porque en 2018, ejercieron el derecho a voto de 21 clientes sin sus autorizaciones en la junta anual de accionista de Blanco y Negro SA, la concesionaria que administra Colo Colo.

Específicamente, el 19 de junio de 2018 la junta de accionistas eligió a Gabriel Ruiz-Tagle como presidente de Blanco y Negro, derrotando en la elección al accionista mayoritario de la firma, Aníbal Mosa. Terminado el proceso, Mosa denunció ante la CMF que la corredora de la bolsa, Larraín Vial, había realizado votos sin la autorización de sus accionistas. 

Se realizó una investigación y el ente regulador estableció que la corredora «ejerció el derecho a voto respecto de 26.050 acciones que mantenía en custodia a nombre de terceros, correspondientes a 21 clientes, sin contar con autorizaciones a instrucciones específicas, lo cual implicó infringir el artículo 179 de la ley 18.045″.

La CMF detalló que «en su resolución, el Consejo de la Comisión recalcó las obligaciones de las corredoras de bolsa, respecto de las instrucciones que les confieren sus clientes, quienes encomiendan la custodia de sus valores quienes encomiendan la custodia de sus valores a este tipo de agentes para que gestionen sus inversiones, y que es fundamental para el funcionamiento del mercado que cumplan con el nivel de diligencia exigido en cuanto a mantener y conservar registros y respaldos de todas las operaciones relativas a los valores que mantengan por cuenta de terceros».

El Consejo además detalló estableció que «la conducta sancionada vulnera la confianza depositada por los inversionistas en aquellas entidades a quienes la autoridad les otorga una licencia para intermediar valores de terceros, y que al ejercer derechos de los cuales no se tiene titularidad, se arriesga el correcto funcionamiento de las entidades participantes del mercado».

En ese sentido, concluyeron que lo anterior deteriora «la credibilidad de este tipo de entidades y el nivel de cuidado con que ejercen sus principales actividades, como es la custodia de valores y las operaciones que en virtud de ellos se efectúan».

A continuación revisa la resolución completa de la CMF:

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