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Las otras dos demandas de jubilados en contra de las AFP

Por: Nico Romero | Publicado: 27.09.2019
Las otras dos demandas de jubilados en contra de las AFP A_UNO_afp no+afp | / agenciaUno.
El Desconcierto accedió a otras dos demandas en contra de administradoras de pensiones. Se trata de dos casos de personas que ingresaron al sistema cuando recién se implementó. Una lo hizo, asegura, tras ser amenazada por miembros del Ejército con perder su trabajo; el otro, seducido por un fastuoso evento en el Palacio Cousiño. Sus AFP rechazan la acción judicial, pero el abogado que los representa ya evalúa acudir al TC, al igual que la profesora de Antofagasta que esta semana puso en jaque al sistema previsional.

El caso de la profesora María Angélica Ojeda, afiliada en AFP Cuprum que busca mediante un recurso de protección retirar más de $40 millones de sus ahorros previsionales para administrarlos ella, generó revuelo. Desde el Gobierno acusaron una «estrategia política»; mientras que desde la Asociación de AFP, rechazaron la acción judicial, que ya se encuentra en el Tribunal Constitucional (TC).

«Que a uno le metan el dedo a la boca y además quieran jugar con las amígdalas, es un poquito mucho», dijo el presidente de las AFP, Andrés Santa Cruz, quien tuvo que renunciar ayer al cargo tras esos dichos.

Pero la de Ojeda, en todo caso, no es el única causa legal que está poniendo en jaque al sistema de pensiones. La profesora Bernardita Prado (63), de Santiago, quién cotizó por 40 años (su última administradora fue AFP Capital), también inició una acción judicial el 30 de noviembre de 2018; al igual que el abogado Guillermo Arenas (71), quién el 26 de noviembre de 2018 demandó a AFP Habitat. 

Ambos casos aparecieron, brevemente, en La Tercera previo a su ingreso al Poder Judicial. Pero El Desconcierto publica ahora el contenido de esas demandas y las respuestas que las AFP entregaron a ambos jubilados.

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«Tengo muchos deseos de pensionarme, pero me encuentro impedida de hacerlo»

La profesora Prado ingresó al sistema de pensiones al poco tiempo que se creó, en 1981. Trabajaba en el Liceo Julio Montt Salamanca, en Conchalí, cuando se presentaron «captadores» de AFP Provida acompañados por miembros del Ejército. El objetivo era «solicitarle» que se incorporara al nuevo mecanismo previsional.

«Yo sabía que no era obligatorio y señalé que no quería, pues conocía a esposas de militares que no lo estaban haciendo y que recomendaban no hacerlo. La instrucción dentro del mundo militar era no cambiarse a las AFP. Sin embargo, me sentí obligada a hacerlo», detalló Prado en la demanda.

Antes de firmar, sin embargo, Ojeda preguntó: «¿y si no quiero cambiarme?». 

La respuesta que recibió no le dejó mucho espacio para decidir con libertad. «Entonces se queda sin trabajo», le dijeron. Y claro, en palabras de la profesora, «era una situación que habría sido extremadamente perjudicial para mí y mi familia, en una época donde no habían muchas posibilidades de empleo digno».

Hoy, Prado no ha jubilado porque recibiría una pensión de $389.735 mensuales. En ese sentido, explicó en la demanda, «tengo muchos deseos de pensionarme, pero me encuentro impedida de hacerlo, en términos que pueda cubrir mis necesidades mínimas».

Por eso, su plan de acción, en el caso que le permitan administrar los fondos a ella misma, es invertirlos en una propiedad.

«La posibilidad de administrar los dineros que son parte de mi patrimonio, es para mí una necesidad imperiosa, toda vez que mediante la inversión inmobiliaria de esos bienes podré tener una rentabilidad mensual que exceda con creces el dinero que podría obtener como consecuencia de la jubilación mediante el actual sistema de capitalización individual».

Los abogados de AFP Capital contestaron la demanda el 19 de julio de 2019 «solicitando, desde ya, su total y absoluto rechazo». Específicamente, acusaron que «no es efectivo que el régimen de pensiones previsto en la legislación chilena constriña ilegítima o inconstitucionalmente el derecho de propiedad de la actora sobre sus fondos acumulados. Además, no es posible acceder a la demanda porque transferir la totalidad de los fondos implicaría infringir la ley, así como soslayar la lógica subyacente al régimen de pensiones chileno y a la seguridad social».

También argumentaron que «lo solicitado por la demandante se encuentra expresamente prohibido y sancionado por la ley» y otros argumentos de forma, que harían que «la acción deducida no cumpla con todos los requisitos legales para ser acogida».

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«Fuimos seducidos para cambiarnos al nuevo sistema»

Guillermo Arenas dice, en su demanda, que en 1980, previo al inicio del sistema, fue invitado como miembro de la Asociación de Empleados del Poder Judicial al Palacio Cousiño, donde lo recibieron funcionarios de las AFP para iniciar un proceso de explicación del nuevo sistema de pensiones. 

La recepción ofreció un cóctel para 300 invitados, con caviar, champán, vino y centolla. 

«Este evento fue el momento inicial de la salida a venta de los servicios de las AFP. El Palacio Cousiño estuvo a disposición en su totalidad, en diversos salones, donde cada grupo era abordado por alguien que no sólo les sugería ingresar al sistema, sino que además solicitaba que ayudaran a masificar en el Poder Judicial la noticia del arribo de las AFP», relató Arenas

Incluso, el abogado relató que «también se habló mucho de capitalismo popular, muy en boga por entonces. De hecho, se nos instó a los funcionarios del Poder Judicial a que usáramos el Bono de Reconocimiento para comprar acciones. De este modo, en la práctica, el Bono de Reconocimiento era convertido en un activo con capacidad de liquidez. Mediante este conjunto de estímulos, los funcionarios del Poder Judicial fuimos seducidos para cambiarnos al nuevo sistema».

Arenas detalló que, al 19 de marzo de 2018, tiene a su haber un monto que supera los $50 millones en su cuenta de capitalización individual de AFP Hábitat, los cuáles también desea administrar por su cuenta para invertirlos en alguna propiedad que le permita obtener más ingresos para su vejez.

Asimismo, detalló que «la posibilidad de administrar bienes que son parte de mi patrimonio, es para mí una necesidad imperiosa, toda vez que mediante la inversión inmobiliaria de esos bienes podré tener una rentabilidad mensual que exceda con creces el dinero que podría obtener como consecuencia de la jubilación mediante el actual sistema de capitalización individual».

Por su parte, los abogados de AFP Habitat respondieron oponiendo excepciones a la demanda, el 17 de julio de 2019. Principalmente, por supuestos errores de forma que presentaría la solicitud.

«Es posible que sumemos estas causas al Tribunal Constitucional»

Uno de los abogados que está representando ambos casos es Mauricio Daza, quien en conversación con El Desconcierto explicó que «no es posible que se establezca como pilar del sistema previsional vigente que los cotizantes son dueños de los fondos que deben ahorrar forzosamente todos los meses, pero que al momento de jubilar, no puedan ejercer plenamente ese dominio». 

Además cuestionó que «el sostener que la mayor ventaja del sistema consiste en que cada cual es dueño de los dineros que están en sus cuentas de capitalización individual, no puede ser un sólo en un eslogan utilizado por las AFP cuando los trabajadores están cotizando y entregándoles dinero, sino que debe ser una realidad cuando llega la hora de jubilar.»

Debido a lo anterior, el abogado evalúa llevar ambos casos al TC, igual que María Angélica Ojeda, la profesora que marcó la pauta esta semana al poner presión a todo el sistema previsional.

«El Tribunal Constitucional cuenta con una abundante jurisprudencia donde se defiende de manera contundente el pleno ejercicio del derecho de propiedad consagrado en la constitución», dijo Daza.»Por lo que resulta un camino posible el que sumemos estas causas a la que fue enviada por la Corte de Apelaciones de Antofagasta».

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