Avisos Legales
Nacional

Comisión de Constitución aprueba proyecto para que FF.AA. resguarden infraestructura crítica

Por: El Desconcierto | Publicado: 09.03.2020
Comisión de Constitución aprueba proyecto para que FF.AA. resguarden infraestructura crítica | AGENCIA UNO
Por 7 votos a favor, donde hubo apoyo de la Democracia Cristiana, y 6 en contra, la Comisión de Constitución de la Cámara aprobó el proyecto de ley que impulsó Sebastián Piñera y que le permite utilizar las Fuerzas Armadas para proteger la infraestructura crítica sin necesidad de Estado de Emergencia.

La tarde de este lunes, la Comisión de Constitución de la Cámara de Diputados aprobó la idea de legislar del proyecto impulsado por Sebastián Piñera y que le permite la utilización de las Fuerzas Armadas para el resguardo de infraestructura crítica, sin necesidad de decretar Estado de Emergencia.

La iniciativa impulsada por La Moneda para la represión ante eventuales atentados en el estallido social este mes de marzo, fue aprobada por 7 votos a favor y 6 en contra donde el diputado Matías Walker de la DC dio la preferencia favorable necesaria.

El democratacristiano votó junto a Jorge Alessandri (UDI), Juan Antonio Coloma (UDI), Luciano Cruz-Coke (Evópoli), Camila Flores (RN), Gonzalo Fuenzalida (RN), y Paulina Núñez (RN).

Por su parte, los votos en contra correspondieron a Marcos Ilabaca (PS), Leonardo Soto (PS), Gabriel Boric (Convergencia), René Saffirio (IND), Tomás Hirsch (PH), y Hugo Gutiérrez (PC).

cabe recordar que dicho proyecto establece que “caso de grave alteración del orden público o de grave daño para la seguridad de la Nación, el Presidente de la República estará facultado para declarar un estado de alerta destinado al resguardo de la infraestructura crítica por 30 días”.

Dicho periodo de 30 días puede se prorrogado sólo una vez más, por 30 días más y sólo con la aprobación del Congreso.

¿Qué es infraestructura crítica? Según la idea impulsada por Piñera, éstas son las instalaciones, sistemas o componentes de: empresas o servicios, cualquiera que sea su naturaleza, finalidad o función, que atiendan servicios de utilidad pública, cuya perturbación en su funcionamiento o su destrucción tendría un grave impacto sobre la población y el Gobierno, el Congreso Nacional, el Poder Judicial y los órganos de la Administración del Estado.

Déjanos tus comentarios
La sección de comentarios está abierta a la reflexión y el intercambio de opiniones las cuales no representan precisamente la línea editorial del diario ElDesconcierto.cl.