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Aprobado el «IFE 2.0»: Proyecto que amplía cobertura y montos del ingreso familiar de emergencia es despachado para convertirse en ley

Por: El Desconcierto | Publicado: 19.06.2020
Aprobado el «IFE 2.0»: Proyecto que amplía cobertura y montos del ingreso familiar de emergencia es despachado para convertirse en ley | Fotografía de Agencia Uno
El texto aprobado aclara que también serán beneficiarios de este sistema los hogares que pertenezcan al 80% más vulnerable de la población nacional y que tengan como integrantes una o más personas con pensión básica solidaria de invalidez o que tengan 70 años o más de edad, beneficiarios de la pensión básica solidaria de vejez.

En condiciones de pasar al Ejecutivo para su promulgación como ley de la República quedó el proyecto que extiende la cobertura y amplía los montos del Ingreso Familiar de Emergencia (IFE), ello luego que la Sala de la Cámara de Diputados aprobara, por 149 votos a favor, uno en contra y tres abstenciones, las modificaciones realizadas por el Senado al texto legal.

En concreto, los cambios a la propuesta aprobada previamente incluyeron la incorporación de un artículo introductorio que explica la finalidad de esta ley, donde se especifica que los perfeccionamientos aquí contemplados al IFE van en la línea de beneficiar a los hogares que carecen de ingresos, pero también a aquellos que perciben montos por otras vías y que son inferiores a los aportes contemplados en el presente instrumento.

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Respecto de estos últimos potenciales beneficiarios, se destacó que la idea es que los montos aportados por el IFE sean un complemento a aquellos dineros percibidos en virtud de otros mecanismos o leyes, como son el seguro de cesantía, los beneficios para trabajadores independientes a través de la Ley de la Renta y los pensionados de cualquier naturaleza en algún régimen de seguridad social o sistema previsional.

Además, se indicó que se deberá considerar la última información disponible en el Registro de Información Social para caracterizar la situación socioeconómica de cada hogar, al tiempo que se efectuaron precisiones en lo relativo a las nóminas que deberá elaborar la Subsecretaría de Evaluación Social respecto de los hogares que sean beneficiarios.

Otros perfeccionamientos

Adicionalmente, el texto aprobado aclara que también serán beneficiarios de este sistema los hogares que pertenezcan al 80% más vulnerable de la población nacional y que tengan como integrantes una o más personas con pensión básica solidaria de invalidez o que tengan 70 años o más de edad, beneficiarios de la pensión básica solidaria de vejez.

Junto con lo anterior, se especifica que los trabajadores independientes que puedan acogerse a este beneficio no tendrán incompatibilidad alguna para acceder a él, en la medida que cumplan con los requisitos que se establecen en esta ley; dispone un deber de información mayor del Gobierno hacia el Parlamento; y remarca el deber del Ministerio de Desarrollo Social y Familia de desplegar los esfuerzos necesarios para promover la entrega de información oportuna sobre este beneficio, entre otros puntos.

Cabe mencionar que, entre los antecedentes entregados por el Ejecutivo, al 18 de junio se registran 1.149.888 hogares beneficiados y más de 263 mil a espera de una respuesta a su apelación. Por efecto de esta ley, se espera llegar a un margen de 2 millones 100 mil familias.

En la sesión, se reiteraron algunos de los argumentos planteados durante la jornada del recién pasado miércoles 17, donde se valoró el acuerdo que permitió la constitución de esta propuesta legal, los incrementos en los montos y la ampliación de la cobertura; pero donde también se criticó al gobierno por no avanzar en una iniciativa de este tipo hace tres meses, procurando frenar el avance de la pandemia por medio de un apoyo decidido a las familias

 

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