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15 indicaciones al retiro del 10%: Senadores Durana y Sandoval (UDI) buscan establecer impuestos y limitar acceso al beneficio

Por: El Desconcierto | Publicado: 20.07.2020
“Los fondos retirados a los cuales hace referencia la presente disposición no constituirán renta o remuneración para los afiliados que el último mes imponible, previo a la vigencia de la presente ley, hayan percibido un ingreso de hasta UF 70. En consecuencia los afiliados que hayan percibido un ingreso menor al antes indicado estarán eximidos del pago de impuestos», señala una de las indicaciones ingresadas por los senadores José Miguel Durana y David Sandoval, ambos de la UDI, quienes fueron los que más presentaron modificaciones al proyecto en la Comisión de Constitución del Senado.

Este lunes diversos senadores y senadoras ingresaron 15 indicaciones al proyecto del  retiro del 10% de los fondos de pensiones, el cual de acuerdo con La Tercera, debería votarse hoy hasta total despacho en la Comisión de Constitución del Senado, para ser votado a más tardar el día miércoles en Sala.

José Miguel Durana y David Sandoval, ambos de la UDI, fueron quienes presentaron la mayor cantidad de estas modificaciones a la iniciativa, una de las cuales establecería el pago de impuestos para gente que tuviera ingresos de cerca de dos millones de pesos en el último mes.

“Los fondos retirados a los cuales hace referencia la presente disposición no constituirán renta o remuneración para los afiliados que el último mes imponible, previo a la vigencia de la presente ley, hayan percibido un ingreso de hasta UF 70. En consecuencia los afiliados que hayan percibido un ingreso menor al antes indicado estarán eximidos del pago de impuestos. Todos los retiros estarán exentos del pago de comisiones”, establece dicha indicación.

Los senadores también proponen que la entrega de los fondos se efectúe en tres cuotas para quienes los reciben. «La primera cuota, equivalente al 40% del total del retiro, se pagará en un plazo máximo de 20 días hábiles desde la presentación de la solicitud ante la respectiva administradora de fondos de pensiones a que pertenezca el afiliado; la segunda cuota, equivalente al 30% del total del retiro, dentro de los veinte días siguientes al pago de la primera cuota, y; la terca cuota, equivalente a 30% restante, dentro de los veinte días siguientes al pago de la segunda cuota”, señalan, cambiando el plan original que eran dos cuotas del 50%.

Otra de las indicaciones de los representantes de derecha, limita en varios puntos el acceso al beneficio, estableciendo que solo puedan optar por el retiro de fondos, aquellos trabajadores que:

  • Tengan contratos suspendidos.
  • Que hayan puesto término a sus contratos de trabajo desde el 1 de julio de 2019 a la fecha de publicación de la reforma.
  • Con contrato de trabajo que hayan pactado una reducción de ingresos con sus empleadores por un monto superior al 25% de sus ingresos desde el 1 de marzo de 2020 y cuya última renta imponible fuese igual o inferior a UF 70 (unos $2 millones).
  • Independientes que emitieren boletas de honorarios y que hubieren visto reducidos sus ingresos en un mínimo de 15%, a partir del 1 de marzo de 2020 en relación al promedio de los tres meses anteriores, según lo determine el SII, y cuya última renta imponible fuese igual o inferior a UF 70.
  • Personas naturales organizadas como empresas individuales, conforme al artículo 2º, Nº10, inciso 2º, de la ley sobre impuesto a la renta y que hubieren visto reducidos sus ingresos en un mínimo de 15%, a partir del 1 de marzo de 2020 en relación al promedio de los tres meses anteriores, según lo determine el SII y cuya última renta imponible fuese igual o inferior a UF 70.

Durana y Sandoval también son los autores de otra indicación que señala que, si un afiliado retira más del 10% de sus fondos, «deberá obligatoriamente complementar la diferencia en la forma establecida en el inciso séptimo”.

«Los afiliados deberán optar entre el retiro del 10% de sus fondos provisionales y por cualquier beneficio que se encuentre actualmente en trámite para mitigar los efectos sociales derivados del Estado de Excepción Constitucional de catástrofe por calamidad pública decretado a causa del COVID-19. Los afiliados que opten por retirar el 10% de sus fondos de pensiones, podrán optar, además, a que el Estado complemente sus fondos previsionales hasta por un máximo de 110 UF, depositando esos fondos en sus cuentas individuales”, señala otra de las modificaciones de los UDI, que plantea algo similar al rechazado Fondo Solidario, que podría reponerse en esta instancia.

Sin embargo, la letra chica de esta indicación dice que “el afiliado que opte por este beneficio deberá devolver al Fisco el 80% de los fondos transferidos, en cuatro cuotas anuales y sucesivas, sin multas ni intereses, siendo la primera de un 10% y las tres restantes, de un 30% del monto correspondiente. La primera cuota deberá enterarse el año 2022. Los afiliados que opten por este beneficio pagarán en forma contingente a su ingreso en un monto máximo que no podrá exceder de un 5% de sus rentas anuales. El saldo insoluto será condonado”.

Otras indicaciones

Hay más senadores aparte Sandoval y Durana que también tuvieron sus reparos con la iniciativa tal como se despachó desde la Cámara, como Carlos Bianchi (independiente) y Juan Castro (RN), quienes en indicaciones separadas pero similares, propusieron que los bancos que reciban los depósitos de estos dineros retirados no podrán efectuar cargos o descuento alguno, por créditos o cualquier otro concepto que pueda mantener el afiliado o afiliada.

Pero con una excepción, presentada por el RN: “si el afiliado o pensionado mantiene deuda referida a pensiones de alimentos devengadas y no pagadas, decretado por resolución judicial, la entidad pagadora estará obligada a realizar la retención con el fin de completar los respectivos pagos”.

En tanto, Bianchi junto al senador Pedro Araya (independiente), propusieron que las personas puedan solicitar el retiro de sus fondos hasta 120 días después de publicada esta reforma constitucional, “con independencia de la vigencia del Estado de Excepción Constitucional de Catástrofe decretado”.

Mientras, desde el Frente Amplio el senador Juan Ignacio Latorre (RD) repuso la creación del Fondo Solidario, que fue rechazado en la votación previa y cuyo objetivo sería «financiar complementos de pensiones producto de los montos retirados».

Por último, en la nota se menciona también la indicación de la senadora Ximena Rincón (DC), quien propuso que los retiros de pensiones deberán ser compatibles con cualquier otro beneficio que entregue el Estado en medio de esta emergencia, “no pudiendo considerarse este retiro de fondos para el cálculo de las demás medidas adoptadas en razón de la crisis o viceversa”.

Rincón también solicitó que se discutiera la reintegración de los fondos retirados, «aumentando el porcentaje legal de cotizaciones obligatorias o con aportes previsionales voluntarios, dentro de los 60 meses siguientes a su efectivo retiro, de acuerdo a un plan de reintegro con opciones propuestas por la Administradora respectiva”.

Finalmente, la misma parlamentaria puso como condición para este último punto que “en caso de efectuar el reintegro dentro de los 60 meses siguientes al retiro, podrán efectuar por única vez un nuevo retiro, en las mismas condiciones de este artículo, será reintegrado dentro de un plazo máximo de 36 meses, pudiendo recurrir a retención de devolución de impuestos para el efecto de completar el reintegro”.

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