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Fundación Multitudes alerta sobre compras públicas en pandemia y crea observatorio de la sociedad civil sobre la materia

Por: El Desconcierto | Publicado: 21.07.2020
En un análisis aleatorio hecho este año, se detectó el arriendo de un inmueble por 100 millones de pesos mensuales para JUNJI, bajo una modalidad que no se ajustaría a la norma para este tipo de transacciones. Además, se estima que para 2020 se realizarán cerca de 300 mil compras vía trato directo, una forma excepcional de adquisición de bienes y servicios y que, producto de la contingencia, se ha vuelto la regla. Desde la JUNJI se defendieron afirmando que todo se hizo bajo la norma, y que se hizo vía trato directo debido a que «una licitación significaba un proceso largo», y «se debía evacuar a los funcionarios resguardando su integridad y dar continuidad al buen servicio», luego de que sus oficinas fueran saqueadas durante el estallido social.

La necesidad que se haga buen y criterioso uso de las herramientas de compras públicas en todo momento, en especial en tiempos de emergencia -sea en el contexto de movilizaciones sociales, la actual pandemia o eventuales catástrofes naturales-, motivó a la Fundación Multitudes, la cual realizó una revisión aleatoria de este tipo de actos administrativos efectuados durante este primer semestre, y anunció la creación de un Observatorio civil para este propósito.

“Es un respeto a la ciudadanía tener buenas prácticas en las compras públicas, y eso es lo que queremos impulsar desde Fundación Multitudes, mediante la creación de un Observatorio de Compras Públicas de la Sociedad Civil, que haga examen a este tipo de actos administrativos, de manera tal de advertir eventuales correcciones al sistema a las autoridades correspondientes, así como también ingresar los requerimientos a la Contraloría General de la República”, dijo la directora ejecutiva de la organización, Paulina Ibarra.

En este examen aleatorio, se detectó el arriendo de oficinas para la Junta Nacional de Jardines Infantiles (JUNJI), Dirección Metropolitana, en el centro de Santiago, por un costo promedio de más de 100 millones de pesos mensuales, a una empresa especialista en los llamados “cowork”, espacios de uso compartido que se han vuelto populares durante los últimos años.

Según explicaron desde al Fundación, este arriendo alcanzó un costo de $643.073.510 entre noviembre de 2019 y abril de 2020. Sin embargo, lo que más les llamó la atención que «la figura que se utiliza para la contratación es la Ley 19.886 sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, cuando para arriendos en el sector público este tipo de contratos se realiza bajo los preceptos del Decreto Ley N.º 1939, de 1977, y sus posteriores modificaciones y actualizaciones».

Además, en este caso se aplicó el trato directo, figura excepcional que, a causa del estado de emergencia, se ha vuelto más recurrente. De hecho, revisando los tratos directos en el Portal Chile Compras, la Fundación detectó que en el 2019 se optó por ese procedimiento en 252 mil veces, pero solo a mayo de este año ya se registran más de 100 mil tratos directos, por lo que se estima que se finalizará el 2020 con más de 300 mil de estos actos administrativos.

“Este aumento inusitado de tratos directos se explicaría por el estado de emergencia actual y que se arrastra prácticamente en los últimos 9 meses, desde el estallido social a la pandemia, pero como su aplicación es solo para situaciones excepcionales y no para la norma general, pueden prestarse para errores administrativos”, recalcó Paulina Ibarra, quien explicó además que la Fundación Multitudes ingresó a la Contraloría General de la República la documentación sobre el caso de arriendo de oficinas de JUNJI, de manera de que se aclare si el procedimiento administrativo se ajusta a lo que establece la normativa vigente.

Respuesta de la JUNJI

Desde la Junta Nacional de Jardines Infantiles en tanto, explicaron a El Desconcierto que el cambio de locación se originó «por los acontecimientos asociados a estallido social y los disturbios ocasionados en las calles de Santiago (más específicamente en las cercanía a Plaza Italia), nuestra Dirección Regional Metropolitana (ubicada en Alameda Bernardo O´Higgins 107) se vio afectada por saqueos e incendios provocados durante las manifestaciones, teniendo pérdidas tanto de mobiliario como de equipos informáticos, impidiendo el funcionamiento normal».

Asimismo, respecto de los valores de arriendo, respondieron que «este tipo de arriendos en general tienen un valor alto, dadas las prestaciones que entrega, modalidad distinta al arriendo por m2. Sin embargo y dada la gran demanda de espacios de arriendo de cowork, en un momento de contingencia social, con muchos edificios siniestrados, los precios de arriendo de estos espacios subieron por oferta y demanda, disminuyendo drásticamente las vacancias de espacios e infraestructura». 

Por esto, y «dado que se necesitaba rápidamente velar por la integridad de los y las funcionarias que estaban en riesgo permanente en la zona de manifestaciones, se realiza la solicitud de autorización a la DIPRES«. 

En cuanto al porqué se arrienda un edificio con la modalidad de cowork, desde la JUNJI respondieron que se debió «fundamentalmente a que se encontraba equipada y tenía disponibilidad inmediata. Para llegar a contratar este servicio, se realizo una búsqueda de alternativas que cumpliera con los requerimientos de espacio (m2) para albergar a la Dirección Regional, a un precio que Dipres pudiera además autorizar y que pudiera ser ocupado de forma inmediata. De esta manera, se pudo entregar seguridad a nuestros funcionarios y asegurar la continuidad del servicio servicio en un espacio que nos otorgó muchas prestaciones que de otra forma no podríamos haber tenido, dado que el mobiliario y los aparatos tecnológicos habían sido vandalizados«.

Finalmente, respecto a la denuncia que realizan desde la Fundación Multitudes, que afirma que el proceso se hizo bajo la Ley N° 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicio, cuando debió haberse hecho según el Decreto Ley N.º 1939, de 1977, la JUNJI respondió que «este proceso se autorizó bajo el amparo del el artículo 9° de la Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado (ley N° 18.575), que establece que “Los contratos administrativos se celebrarán previa propuesta pública, en conformidad a la ley” y, su inciso final dispone que “la licitación privada procederá, en su caso, previa resolución fundada que así lo disponga, salvo que por la naturaleza de la negociación corresponda acudir al trato directo”. Esto se aplicó considerando que se debía evacuar a los funcionarios resguardando su integridad y dar continuidad al buen servicio. Debido a las características del mercado inmobiliario, altamente dinámico, una licitación significaba un proceso largo que atentaba contra las razones antes expuestas, además de las altas solicitudes de demanda de espacios que hacían perder oportunidades de vacancia para la DRM. Por esta razones, se lleva a cabo una Contratación mediante Trato Directo«.

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