Avisos Legales
Opinión

Antonia Barra y las dos justicias

Por: Betsabé Carrasco y Vanessa Doren | Publicado: 28.07.2020
Antonia Barra y las dos justicias Antonia Barra |
Los estudios de prevalencia y estimaciones de agresiones sexuales no denunciadas son alarmantes. Los casos con denuncia penal en su mayoría nunca llegan a ser revisados por un Juzgado de Garantía, y los que llegan a ser judicializados, raramente se convierten en condenas. Archivo provisional, no perseverar en la investigación, sobreseimiento y absolución son las palabras más frecuentes cuando de violencia sexual se trata.

Hace días miles de personas, sobre todo mujeres y disidencias, asistimos virtualmente a la audiencia de formalización y solicitud de cautelares en contra de Martín Pradenas, por las acusaciones de violación y abuso sexual realizadas por Antonia Barra y otras cuatro mujeres.

La noticia de su arresto domiciliario el pasado martes remeció a las mujeres de todo el país, pero fue la aplicación de la prisión preventiva de Martín Pradenas, aplicada por la Corte de Apelaciones de Temuco, la que terminó por sacudir nuestro viernes.

Razonamientos judiciales carentes de perspectiva de género, como el del magistrado Federico Gutiérrez en la audiencia del martes, aún abundan. La mención de la conducta sexual anterior de una de las víctimas al resolver, el no considerar que imprecisiones en relatos son frecuentes en sobrevivientes de violencia sexual, o el poco valor asignado al testimonio de las víctimas, son contrarios a los estándares jurídicos en esta materia.

Defensas de agresores de mujeres, utilizando argumentos sexistas y misóginos, abundan también. Basta escuchar hoy al abogado de Pradenas o recordar al de Mauricio Ortega, ayer. En casos de violencia sexual, tiene larga historia la estrategia de descargar la culpa de las agresiones sexuales en las propias víctimas y de responsabilizar a los agresores.

Esta estrategia sigue mostrándose “exitosa” en un contexto donde la abrumadora mayoría de las afectadas por delitos sexuales siguen siendo niñas, adolescentes y mujeres adultas. Los estudios de prevalencia y estimaciones de agresiones sexuales no denunciadas son alarmantes. Los casos con denuncia penal en su mayoría nunca llegan a ser revisados por un Juzgado de Garantía, y los que llegan a ser judicializados, raramente se convierten en condenas. Archivo provisional, no perseverar en la investigación, sobreseimiento y absolución son las palabras más frecuentes cuando de violencia sexual se trata. Y la experiencia para las sobrevivientes en todo caso es altamente re-victimizante, aún más si eres pobre, indígena, o migrante. Esta realidad, lejos de ser la excepción, es la constante en nuestra región y el mundo, bajo el dominio del patriarcado.

Como mujeres, feministas y abogadas, nos sorprendió la aplicación de la cautelar de prisión preventiva, la más intensa del sistema penal, no por dudar de su mérito y la sólida base investigativa y jurídica que la sustentó, sino por la evidente desigualdad en su aplicación según género, etnia o clase de cada quién. Cientos de presos y presas en prisión preventiva por la revuelta de octubre, autoridades ancestrales mapuche, por delitos contra la propiedad; en pandemia, incluso por robar un balón de gas, quienes llenan las cárceles del país, sobrepobladas, hacinadas y sin respetar los derechos de las y los reclusos. Pero medidas cautelares más laxas en delitos de género, o para hombres con dinero y poder. No es frecuente que vayan presos, o se les imponga prisión preventiva a las personas con plata, los “chicos bien”.

La segunda sorpresa del viernes fue la argumentación de la Corte.

La Convención de Belém do Pará, sobre prevención, sanción y erradicación de la violencia contra la mujer, existe desde 1994 y está vigente en Chile desde 1996. Tuvieron que pasar más de 20 años, décadas de movimientos y articulaciones feministas, Nábila Rifo, entre tantas otras sobrevivientes (mediatizadas o no) de la violencia de género, cientos o miles de niñas, adolescentes y mujeres denunciantes, una marea feminista, LasTesis, entre otros tantos sucesos político-sociales y jurídicos, para llegar a escuchar masivamente formalizaciones y resoluciones judiciales como la del fiscal Miguel Rojas y la Corte de Apelaciones de Temuco, con base y respeto de los derechos de las mujeres. Es lo mínimo que podemos esperar.

¿Será este un punto de inflexión? ¿Será que las mujeres conseguiremos más justicia en adelante o nuestro sistema sigue estando preparado sólo en ciertos casos para responder a agresores seriales? ¿A mujeres que logran pedir ayuda y enviar audios a pocos momentos de sufrir su propia agresión? ¿Que se quiten la vida como Antonia Barra después de lo vivido, sean mutiladas como Nábila Rifo, o asesinadas como Fernanda Maciel y otras tantas anónimas sin justicia?

¿Cuál de estas dos justicias es la que rige hoy en Chile, la del día uno o del día cuatro? ¿Cuánto tuvo que ver la movilización social y la prensa, no necesariamente en el resultado, pero sí en la argumentación y cuidado al investigar y resolver?

Justicia sin enfoque de género es una justicia miope.

Sólo sin sesgos y estereotipos de género podemos hablar de ella con mayúscula. Esperamos que no sólo en las etapas posteriores de este proceso, sino que en todos los casos de violencia de género que lleguen al sistema de justicia, las policías, jueces, fiscales, querellantes y defensores, revisen con cautela sus sesgos patriarcales.

Para no tener más suicidios femicidas. Para poder lograr justicia para Antonia, las otras cuatro denunciantes de Pradenas, y todas las mujeres que vivimos violencias por el mero hecho de serlo.

Betsabé Carrasco y Vanessa Doren