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Corte rechaza recurso que buscaba rectificación de La Segunda por su titular «Exterminados como ratones»

Por: Carolina Ceballos | Publicado: 14.08.2020
Corte rechaza recurso que buscaba rectificación de La Segunda por su titular «Exterminados como ratones» La tristemente célebre portada de La Segunda |
En su cuestionada edición de 1975, el medio aludió a los hechos asegurando que estos habrían ocurrido en Argentina, «en presuntos enfrentamientos entre miristas», una situación que fue descartada a través de un fallo emitido por la Corte Suprema en septiembre último.

En fallo dividido, la Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso presentado por Viviana Uribe, a favor de su hermana Bárbara Uribe Tamblay, en relación a un históricamente cuestionado titular de La Segunda, diario que en plena dictadura aludió de esta manera a la desaparición, fuera de Chile de militantes del MIR.

En efecto, Uribe es una de las detenidas desaparecidas de causa de la acción de agentes de la DINA en el año 1974, publicado el 24 de julio de 1975, por lo que Viviana aspiraba, a través de la vía legal, a una rectificación de parte del medio responsable de este tristemente célebre titular.

Específicamente con los votos de las ministras María Rosa Kittsteiner Gentile y Gloria Solís Romero, la Sexta Sala del tribunal de alzada capitalino, resolvió rechazar el recurso presentado por la deuda, en una decisión que se conoce este viernes.

Habiéndose efectuado la rectificación solicitada, incluso de forma más destacada que aquella del año 1975, toda vez que su publicación lo fue en las páginas centrales de la edición del 12 de noviembre de 2019, sumando a ello la misma publicación en la página web Emol de la misma fecha, esta Corte estima que se ha cumplido a cabalidad el objetivo perseguido, sin que dicha rectificación debiera hacerse completa en su portada como pretende la recurrente, toda vez que ésta, corresponde a una breve reseña de la noticia de sus páginas interiores”.

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“Que en consecuencia, no resulta comprobada la existencia de un derecho indubitado al que dar protección urgente, ni puede atribuirse ilegalidad o arbitrariedad a la conducta de la recurrida, ni es posible estimar vulneradas las garantías constitucionales que se dice violentadas, ni de ningún otro que merezca la protección constitucional que se impetra”, agrega el fallo.

Respecto del voto de minoría, este fue de responsabilidad de la magistrada Jessica González, quien estuvo por acoger la acción judicial atendiendo a que “el artículo 19 N° 12 de la Carta Fundamental, obliga al medio periodístico a practicar una ‘rectificación’, la información que se entrega debe así indicarlo y, en el caso de autos, debía incluirse en la portada y en páginas interiores, pues así apareció en la edición del 25 de julio de 1975.

En octubre de 2019 y a través de una carta, tanto Viviana Uribe como su abogado Nelson Caucoto, contactaron al director del mencionado diario para que el medio «emitiera disculpas públicas y rectificara el titular en cuestión«, a lo que el vespertino respondió mediante dos publicaciones en forma de rectificación».

En la La primera, en las ediciones de papel y digital del diario de 12 de noviembre de 2019, se publicó un artículo titulado: “Corte Suprema confirma que joven matrimonio fue secuestrado por la Dina en 1974”.

Pese a ello, para el abogado Francisco Bustos, aseguró en su oportunidad que si bien la rectificación hecha por el diario era un gesto valioso, a su juicio, resultaba insuficiente.

Creemos que si bien eso es valioso, una de las cosas que se pidió claramente en la solicitud y que recoge el voto de minoría, es que queremos que también se rectifique el titular, y no estamos hablando de cualquier titular. Es probablemente el titular más ofensivo e infame de la dictadura por lo que requiere un tratamiento especial, y eso es lo que estimamos que no está cumplido”.

Para intentar revertir este fallo, Bustos, ya oficializó que apelará a él ante la Sala Constitucional de la Corte Suprema y anunció que incluso no descarta recurrir al Sistema Interamericano de Justicia.

Específicamente La Segunda, en su cuestionada edición de 1975, aludió a los hechos asegurando que estos habrían ocurrido en Argentina, «en presuntos enfrentamientos entre miristas», una situación que fue descartada a través del fallo de la Corte Suprema correspondiente al «17 de septiembre de 2019, que condenó a miembros de la DINA como autores de secuestro y desapariciones forzadas de Bárbara Uribe y Edwin Van Yurick, ambos mencionados en dicho artículo periodístico y cuyos delitos ocurrieron en Chile, y no fuera del país», como lo informó el diario.

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