Reforma al Código de Aguas: Comisión de Constitución del Senado aprueba retroactividad de caudal ecológico

Por: El Desconcierto | Publicado: 22.10.2020
Reforma al Código de Aguas: Comisión de Constitución del Senado aprueba retroactividad de caudal ecológico Glaciar Nieves Negras / Foto: Paulo Urrutia /
Sesión concordó con lo zanjado en la Comisión de Agricultura, ampliando su aplicación de derechos ya constituidos en áreas bajo protección oficial y cuando se solicite traslado del punto de extracción.

Un relevante avance en materia de protección de los ecosistemas se logró durante las últimas sesiones de la Comisión de Constitución del Senado, en el marco de la votación de la reforma al Código de Aguas.

En la ocasión se zanjó unánimemente gran parte del nuevo artículo 219 bis 1º, referido a la regulación sobre el caudal ecológico. Sólo se readecuó el orden de lo propuesto por la Comisión de Agricultura de la Cámara Alta.

Dentro de los cambios al actual Código de Aguas aprobados, lo fundamental fue que se podrá aplicar caudal ecológico retroactivo a “aquellos derechos existentes en las áreas declaradas bajo protección oficial de la biodiversidad, como los parques nacionales, reservas nacionales, reservas de región virgen, monumentos naturales, santuarios de la naturaleza, los humedales de importancia internacional y los sitios prioritarios de primera prioridad”.

Para la próxima sesión quedó la excepción a los derechos “cuyos titulares sean pequeños productores agrícolas de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 de la ley N° 18.910”, por considerar algunos legisladores que discrimina a otros sectores vulnerables de la sociedad.

La retroactividad también se aplicará a derechos ya constituidos cuando se solicite el traslado del punto de extracción. Además, se dejó a firme la facultad de regular los caudales en el marco de la evaluación de proyectos sometidos a evaluación ambiental, pudiendo en este contexto superar el 20 % del caudal medio anual de la fuente superficial, según establece la norma general ya vigente en el Código.

Además, se ratificó la facultad del Presidente de la República fijar caudales ecológicos mínimos diferentes, no pudiendo ser mayor al cuarenta por ciento del caudal medio anual, lo cual también ya establece la norma en la actualidad.

En la próxima sesión, que aún no ha sido convocada, se discutirá la publicidad y procedimiento para aplicar la extinción de los derechos cuyas obras no hayan sido ejecutadas en los plazos establecidos (cinco años para los consuntivos; diez años para los no consuntivos).

La Comisión de Constitución del Senado a cargo de la reforma al Código de Aguas está integrada por Alfonso de Urresti (PS, quien la preside), Rodrigo Galilea (RN), Luz Ebensperguer (UDI), Pedro Araya (Ind.) y Francisco Huenchumilla (DC).

Esta votación se concretó en la antesala del Plebiscito del 25 de octubre, que definirá si se cambiará o no la Constitución. En caso de ser la respuesta positiva, se abrirá la puerta para la transformación de fondo que se requiere en materia de un bien común como el agua.

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