Opinión | Animales en la Constitución: un fraude para los Derechos Animales

Por: Nicole Sandoval Cañas | Defensa Animal | Publicado: 27.10.2020
Opinión | Animales en la Constitución: un fraude para los Derechos Animales / Onegreenplanet.org
No debemos confundir la noción de «Derechos Animales» y «Derecho Animal», pues no son lo mismo. Lo que pretenden este tipo de campañas no es garantizar ni proteger los Derechos Animales, sino ratificar su capacidad de sentir con el fin de facilitar la implementación de normas más “eficaces”, que regulen las condiciones de explotación animal.

Debido a la cantidad de gente que ha pedido mi opinión sobre la campaña “Animales en la Constitución”, y el contexto de plebiscito constituyente en Chile, he decidido publicar un análisis, y también denunciar el fraude de la Fundación Derecho y Defensa Animal.

Es un fraude porque la campaña no implica ningún reconocimiento ni protección real de los Derechos Animales, pues la Constitución no puede considerar ni proteger los intereses fundamentales de los demás animales. Quienes crean que esto es posible, es porque no han comprendido a cabalidad el problema del especismo y el estatus de propiedad que permite la explotación animal.

La fundación ha impulsado la campaña Animales en la Constitución; que tiene por objetivo incluir a los demás animales en la nueva carta magna. El objetivo de la campaña es proteger los intereses fundamentales de todos los animales con capacidad de sentir, teniendo en consideración tres elementos para otorgar una protección efectiva: el reconocimiento de la individualidad de los demás animales, el deber estatal en la protección y cuidado, y finalmente la consideración de la sintiencia, que supone el reconocimiento expreso del valor inherente o intrínseco de los animales no humanos.

¿Es un progreso moral o está alienado a los Derechos Animales, el hecho de incluir a los demás animales en una eventual nueva Constitución?

No hay evidencia que respalde la creencia que a través de cambios constitucionales, jurídicos o normativos, se pueda resguardar los intereses de los demás animales. No tiene ningún sentido, porque todos los animales no humanos están sometidos a un estatus de propiedad, es decir, legalmente son propiedades de los seres humanos.

Las propiedades no pueden tener derechos, pues son exclusivos de los individuos reconocidos como *personas*. Los intereses de los animales estarán siempre supeditados a los intereses de sus propietarios. Esto es lo que conocemos como esclavitud. Los esclavos no pueden tener derechos consagrados ni reconocidos por ningún ordenamiento jurídico.

No debemos confundir la noción de «Derechos Animales» y «Derecho Animal», pues no son lo mismo. La primera noción corresponde a una filosofía que establece que todos los animales con capacidad de sentir, tienen *derechos morales* que deben ser respetados por los agentes morales. El primer derecho fundamental y condición previa para tener más derechos; es el derecho a no ser tratado como propiedad.

La segunda noción es un concepto jurídico que regula la explotación animal, es usado a menudo de forma equivalente con la Filosofía de los Derechos Animales. Las regulaciones no son derechos ni pueden serlo. Un derecho es una protección o barrera a un determinado interés, por ejemplo: existe el interés por vivir y está protegido por el derecho a la vida.

Lo que pretenden este tipo de campañas no es garantizar ni proteger los Derechos Animales, sino ratificar su capacidad de sentir con el fin de facilitar la implementación de normas más “eficaces”, que regulen las condiciones de explotación animal.

En palabras del abogado y asociado de la propia Fundación, Jean Menanteay, señala: “La gente tiende a pensar que a través de estas iniciativas no podrá, por ejemplo, consumir más carne, pero eso no es así”, la inclusión de los animales en la Constitución apunta a mejorar los estándares de las empresas ligadas al consumo, desde las formas en que los animales son transportados y faenados, así como los requisitos sobre cómo deben vivir.

Las campañas que regulan o prohíben determinados tipos de explotación animal, son contraproducentes e inmorales. Son contraproducentes porque no afectan el estatus de propiedad de los demás animales, sino que legitiman ese estatus y lo prolongan en el tiempo. La regulación implica continuidad o mejoramiento de una actividad, no su abolición.

Y, por último, las regulaciones son inmorales porque violan el principio de igualdad, pues si extrapolamos el mismo escenario en el contexto humano, no haríamos regulaciones a la esclavitud humana ni trataríamos la injusticia de manera parcial.

Lo que debemos hacer

Los demás animales son explotados porque vivimos en una sociedad *especista*, que considera a los demás animales como meros recursos o mercancías para satisfacer intereses humanos. Es un problema de educación, y se combate educando a la gente. La educación vegana es la piedra angular para eliminar la mentalidad especista que predomina en la sociedad.

Si queremos abolir la explotación animal, entonces debemos enfocar nuestro esfuerzo y tiempo en la *educación vegana*, para que exista una masa o un porcentaje considerable de veganos que desestabilice la explotación animal institucionalizada, y exija abolir la propiedad animal.

https://www.eldesconcierto.cl/2020/10/26/chile-como-proteger-efectivamente-el-medio-ambiente-en-una-nueva-constitucion/

Déjanos tus comentarios
La sección de comentarios está abierta a la reflexión y el intercambio de opiniones las cuales no representan precisamente la línea editorial del diario ElDesconcierto.cl.