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Política constitutiva

Por: Lorena Araya | Publicado: 07.11.2020
Política constitutiva 25 de octubre, Plaza de la Dignidad | AGENCIA UNO
Para los sectores temerosos de los cambios, una política constitutiva se mira como una amenaza al orden establecido, a la distribución actual del poder, a la acción privada y a las libertades conquistadas. Mientras que, para la gran mayoría, siguiendo la dinámica de las demandas ciudadanas y la expresión mayoritaria del reciente plebiscito, es la esperanza de un cambio real, de mayores oportunidades, de mejores trabajos, pensiones, salud, educación y de una mayor igualdad social.

El resultado del plebiscito del 25 de octubre de 2020 quedará grabado en la historia, constituyéndose en un motivo de celebración legítima para muchos compatriotas. Pero cuidado con las expectativas desproporcionadas. No ha cambiado la Constitución vigente, sólo ha iniciado el camino para ello. Las esperanzas operan en el campo simbólico y de la emotividad, pero los hechos operan en la vida objetiva, es por ello por lo que debemos precisar qué es una política constitutiva y porqué es relevante de conocer en el proceso que iniciamos.

Theotore J. Lowi en 1964 propuso una tipología sobre políticas públicas agrupándolas según los impactos en la sociedad, a partir de las arenas de poder y las relaciones que se configuran entre los distintos actores que entran en disputa en torno a una temática en particular. Identificó en esa época las políticas distributivas, redistributivas y normativas. Lo relevante para Lowi era que las políticas públicas determinan la política o la politics.

En 1972 Lowi reelabora su propia formulación cuando presta especial atención a un componente que no era otro que la obligatoriedad o de coerción que pueden ejercer las políticas sobre los miembros de la sociedad. Esta obligatoriedad, según las evidencias se manifestaba en distinto grado, tanto en extensión y alcance como en intensidad y fuerza. Es ese grado de coerción el que llevó a Lowi a introducir la constituent policy o políticas públicas constitutivas.

¿Qué es lo relevante de las políticas constitutivas? Es justamente su extensión, alcance, intensidad y fuerza. Es la política de la mayor significancia para una sociedad ya que obliga a todos, se extiende a todos los miembros de la comunidad y en una sociedad democrática nadie queda sobre ella. Justamente esta extensión y profundidad es lo que las hace un ejemplo extraordinario, relevante y poco frecuente en la historia de una nación.

Mediante las políticas constitutivas se definen y redefinen las relaciones de poder de una sociedad; las modificaciones del régimen político y/o administrativo de una nación, aumentando o disminuyendo la jurisdicción del Estado, de su gobierno y los poderes gubernamentales, definiendo o redefiniendo el ejercicio de la ciudadanía, de los derechos ciudadanos, del ámbito de lo público y lo privado.

Nuestra historia nos revela distintas modalidades para formular e implementar una política constitutiva, algunas bastante elitistas, primando los intereses de los grupos dominantes, y otras con pecados de origen. Pero todas ellas nos han regido, definido, normado y configurado la manera de relacionarnos, además de establecer la distribución del poder. La diferencia de esta esperanza constitutiva que ha movilizado a millones de chilenos, tanto en territorio nacional como en el exterior, es la esperanza de ser absolutamente democrática en su origen.

Para algunos sectores temerosos de los cambios, una política constitutiva se mira como una amenaza al orden establecido, a la distribución actual del poder, a la acción privada y a las libertades conquistadas. Mientras que, para la gran mayoría, siguiendo la dinámica de las demandas ciudadanas y la expresión mayoritaria del reciente plebiscito, es la esperanza de un cambio real, de mayores oportunidades, de mejores trabajos, pensiones, salud, educación y, en definitiva, de una mayor igualdad social.

Estos temores y esperanzas operan en el campo de lo simbólico y es esperable que los actores de los más variados intereses se disputen esos simbolismos, en una arena política que definirá, en una concatenación de acciones los elementos constitutivos de la sociedad chilena para un periodo significativo de nuestra historia venidera.

Frente a los temores del camino que se inicia el día después, cabe preguntarse por qué los chilenos serían menos sensatos frente a una oportunidad extraordinaria, poniendo de cabeza lo que hemos sido, lo que somos, para ser algo totalmente diferente y que choque con nuestros imaginarios.

Una buena política pública y, sobre todo constitutiva, debe considerar los contextos, las tradiciones y las instituciones vigentes, la que sólo se desarrolla mediante un proceso cronológico que permita considerar a los grupos participantes, sus estrategias y la manera en que se desarrolla el proceso de su formulación.

Pareciera que el peligro no estaría en la sensatez, sino más bien en aquello que cabe en una reflexión constitutiva y el resultado de ese ejercicio, o la propuesta de la Convención Constitucional, que según el camino delimitado sólo vería la luz en el año 2022. ¿Qué pasará con las expectativas o, más precisamente, con las sobreexpectativas? ¿Puede una Constitución solucionar la vida cotidiana de las personas?

Lorena Araya