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Tribunal Ambiental ordenó a la SMA cumplimiento de sentencia de SQM Salar

Publicado: 07.07.2020

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La resolución administrativa adoptada por el Primer Tribunal Ambiental establece que “se ordena a la Superintendencia del Medio Ambiente para que en un plazo de 30 días proceda a emitir el acto administrativo correspondiente, bajo apercibimiento  de remitir los antecedentes a la Contraloría General de la República para los fines disciplinarios que correspondan”.

El Abogado del Consejo de Pueblos, Juan Carlos Cayo señaló que “valoramos la resolución del tribunal de hacer cumplir la sentencia dictada en el mes de diciembre. Creemos que era lo que correspondía, esperamos que se deje sin efecto el Plan de Cumplimiento y se reabra el proceso sancionatorio en contra de SQM Salar. También esperamos que la SMA informe de este en el plazo establecido, ya que si no se cumple los antecedentes serán pasados a la Contraloría General de la República, para que se investigue el actuar de este órgano público”.

La sentencia el tribunal acogió la reclamación de las comunidades indígenas, entre ellas el Consejo de Pueblos Atacameños y las comunidades de Camar y Peine. A lo que este organismos dejó sin efecto el programa de cumplimiento presentado por la empresa SQM salar con el fin de de evitar las sanciones por las infracciones medioambientales cometidas en el marco de la extracción de litio en el Salar de Atacama.

https://www.eldesconcierto.cl/2020/06/08/litio-y-conflictos-socioambientales-en-tiempos-de-crisis-una-oportunidad-para-repensar-la-transicion/

La medida adoptada por el tribunal obedece a una solicitud presentada por la Asociación Indígena Consejo de Pueblos Atacameños, quienes argumentaron que no se ha reabierto el proceso sancionatorio en contra de la empresa por los incumplimientos ambientales.

Ha esto el presidente del Consejo de Pueblos Atacameños, Sergio Cubillos afirmó que “creemos que es de suma importancia que el tribunal ambiental ordenará el cumplimiento del fallo obtenido en diciembre del 2019. Consideramos una falta gravísima por parte de la SMA no cumplir con la orden de un tribunal, como consejo y las comunidades que participaron en esta medida agotaremos hasta los últimos recursos para hacer cumplir esta resolución”.

 

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