A partir de agosto almacenes de barrio y ferias libres deberán dejar de entregar bolsas plásticas

Por: core | Publicado: 08.07.2020
A partir de agosto almacenes de barrio y ferias libres deberán dejar de entregar bolsas plásticas / / Agencia Uno
La medida comenzará a regir el próximo 3 de agosto en todo el territorio nacional. La implementación de la ley 21.100 ha evitado a la fecha, la entrega por parte de supermercados y del retail, de aproximadamente 4.800 millones de bolsas plásticas

El 3 de agosto de 2018 se publicó en el Diario Oficial la Ley Nº 21.100 que prohibió la entrega de bolsas plásticas de comercio en todo el territorio nacional, con el objetivo de reducir su uso y disminuir la contaminación generada por este material sobre el medio ambiente.

La normativa contempló una implementación gradual según el tipo de empresa. Cumplidos 6 meses, desde su promulgación (3 de febrero de 2019) las grandes empresas, entre las que se encuentran los supermercados y el retail, dejaron de entregarlas. Y desde el 3 de agosto de este año, deberán dar cumplimiento a esta normativa microempresas, pequeñas empresas y medianas empresas, como almacenes de barrio, pymes y pequeños negocios o ferias libres cumplidos los 2 años acordados como plazo para este segmento.

Se excluye de la anterior prohibición las bolsas que constituyan el envase primario de alimentos, que sea necesario por razones higiénicas o porque su uso ayude a prevenir el desperdicio de  alimentos.

De acuerdo a la normativa, “son microempresas aquellas empresas cuyos ingresos anuales por ventas y servicios y otras actividades del giro no hayan superado las 2.400 unidades de fomento en el último año calendario; pequeñas empresas, aquellas cuyos ingresos anuales por ventas, servicios y otras actividades del giro sean superiores a 2.400 unidades de fomento y no exceden de 25.000 unidades de fomento en el último año calendario, y medianas empresas, aquellas cuyos ingresos anuales por ventas, servicios y otras actividades del giro sean superiores a 25.000 unidades de fomento y no exceden las 100.000 unidades de fomento en el último año calendario”.

En cuanto a la fiscalización de las obligaciones mencionadas, corresponderá a las municipalidades. Asimismo, su incumplimiento será sancionado con multa a beneficio municipal de hasta cinco unidades tributarias mensuales por cada bolsa plástica de comercio entregada. Para la aplicación de dichas multas será considerado el número de bolsas plásticas entregadas, la conducta anterior del infractor y la capacidad económica del infractor.

De acuerdo a datos entregados por el Ministerio de Medio Ambiente, la implementación de la ley 21.100 en Chile ha evitado a la fecha, la entrega por parte de supermercados y del retail, de aproximadamente 4.800 millones de bolsas plásticas.

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