Por primera vez: SMA revoca permisos ambientales a salmonera por grave daño a parque nacional

Por: Luca Sangalli | Publicado: 06.07.2022
Por primera vez: SMA revoca permisos ambientales a salmonera por grave daño a parque nacional / Imagen: SMA
La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) ordenó la revocación de tres permisos ambientales que permiten a empresa de capitales noruegos la operación de tres centros de cultivo en el Parque Nacional Alberto de Agostini. Nunca antes la SMA había ordenado revocar una Resolución de Calificación Ambiental (RCA).

La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) aplicó por primera vez en su historia la sanción de revocación de las Resoluciones de Calificación Ambientales (RCA). La historica medida recae sobre tres Centros de Engordas Salmónidos de la empresa de capitales noruegos Nova Austral debido al grave daño ambietal causado en el Parque Nacional Alberto de Agostini en Magallanes.

De acuerdo a lo informado por la SMA, la máxima sanción se impone tras concluir los procedimientos sancionatorios iniciados hace dos años contra la empresa noruega, acreditándose que la compañía superó ampliamente los límites de producción máxima autorizada generando un daño ambiental en el Parque Nacional Alberto de Agostini, en la comuna de Cabo de Hornos, Región de Magallanes.

Al respecto, el Superintendente del Medio Ambiente (S), Emanuel Ibarra se refirió al daño ambiental que ha generado la sobreproducción reiterativa por parte del titular indicando que “la SMA se vio en la obligación de tomar una decisión histórica, entregando una señal clara. No es posible que se generen estos niveles de sobreproducción que causan daño ambiental en áreas protegidas como lo es el Parque Nacional Alberto de Agostini. Estamos frente a un infractor contumaz, que ya tiene una serie de procedimientos graves en la SMA. Con esto esperamos que el titular pueda mejorar su conducta ambiental en todos los centros que aún tiene”, enfatizó la autoridad.

«Quiero recalcar que es la primera vez que se revoca un permiso ambiental desde la creación de la nueva institucionalidad ambiental, debiendo ahora el Tercer Tribunal Ambiental resolver el trámite de consulta, esto es, aprobar o no la misma”, señaló Ibarra.

En este caso, la SMA aplicó la sanción recurriendo a criterios que se utilizan para dictar sanciones no pecuniarias, tales como, la magnitud del daño causado al medio ambiente en un área protegida; la intencionalidad de la empresa, considerando que la siembra, engorda y cosecha es una acción planificada y con total control de la empresa; la contumacia de la empresa, que ya cuenta con varios procedimientos sancionatorios; y el beneficio económico obtenido a causa de las infracciones.

En paralelo, la empresa Nova Austral puede presentar un recurso de reposición (5 días) o una reclamación ante el Tercer Tribunal Ambiental (15 días).

Multa millonaria

Junto a los casos de sobreproducción, la SMA aplicó una multa de 1.300 Unidades Tributarias Anuales (UTA) a Nova Austral, que asciende a $908.668.800 valor UTA julio 2022, luego que se comprobara la alteración artificial, entre los meses de marzo y junio de 2019, de la columna de agua y fondo marino de uno de los centros de cultivo de la empresa, incluyendo la sepultación del sedimento bajo la zona de las balsas jaula, sin la correspondiente autorización sectorial, producto de los resultados anaeróbicos de los muestreos de información ambiental.

Este caso tiene como origen una denuncia presentada por El Comité Nacional Pro Defensa de la Flora y Fauna (CODEFF) y una denuncia presentada en Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura (SERNAPESCA) que dieron origen a actividades de fiscalizaciones respectivas a cada CES y cuyo Informes abrieron los procedimientos sancionatorios respectivos.

Al respecto, el Director Nacional de SERNAPESCA, Fernando Naranjo, destacó el trabajo interinstitucional de los organismos públicos para abordar los hallazgos que se originan en un procedimiento de fiscalización del Organismo. “Nuestra revisión documental fue la que permitió detectar la sobreproducción, y posterior a eso con inspecciones detectamos nuevas irregularidades, que son las que hoy terminan en sanciones históricas. Como institución fiscalizadora del Estado, ratificamos nuestro compromiso en continuar el control presencial, documental y remoto de estos centros, convencidos de que la Acuicultura es una actividad de relevancia para el país que debe desarrollarse en armonía con el medioambiente para consagrar su desarrollo sustentable”.

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