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Duro revés para el CAE y el Fondo Solidario: Corte Suprema ordena borrar deudas a mujeres en quiebra

Por: Cristian Neira | Publicado: 10.08.2020
Duro revés para el CAE y el Fondo Solidario: Corte Suprema ordena borrar deudas a mujeres en quiebra Sigue el camino para acabar con el CAE | Agencia Uno
Luego de un dilatado tránsito judicial iniciado por dos personas, que estuvo afecto a más de un traspié en tribunales, la Corte Suprema ordenó que se les borre toda deuda del Crédito con Aval del Estado (CAE) y/o Fondo Solidario, para que puedan volver a ser merecedoras de algún préstamo bancario para reiniciar sus actividades, lo que sienta un precedente para futuros litigios en este ámbito.

La Corte Suprema volvió a dar un duro golpe al CAE y al Fondo Solidario, luego de ordenar que se borrara todo registro de deuda por este concepto en el sistema, a dos mujeres que iniciaron un largo camino judicial tras declararse en quiebra.

Según informó Radio Biobío, se trata de dos personas que se acogieron al Procedimiento Concursal de Liquidación (PCL), con el fin de volver a ser sujetos merecedores de préstamos bancarios para reiniciar sus actividades comerciales.

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La primera fue Javiera Mancilla de Chiloé, que el 11 de noviembre del 2016 presentó su comienzo de PCL, ganando y perdiendo varias batallas, las que la obligaron a recurrir a la Corte Suprema, mientras debía casi $10 millones a Scotiabank por concepto de deudas para estudiar.

El otro caso corresponde a Carla Araya, quien dio inicio a su camino judicial el año 2017, con una deuda superior a los $20 millones con la Universidad Austral, entidad que la mantenía en el boletín comercial por esta morosidad, impidiéndole la obtención de cualquier tipo de crédito.

Según el medio antes citado, las mujeres acudieron a la Corte Suprema al ver sus derechos constitucionales vulnerados, pues la nueva Ley de Insolvencia no estaba siendo aplicada correctamente en sus casos.

Luego de que diversos tribunales fallaran contra las acreedoras, la Corte decidió acoger sus demandas y declarar que todas las deudas, fuera cual fuera su origen o procedencia, quedan borradas al iniciar el Procedimiento Concursal de Liquidación, sentando un importante precedente judicial.

Prácticamente a seis años de vigencia de la Ley de Insolvencia, por fin vemos reflejado en un fallo de la Corte Suprema que la normativa aplica a cualquier deudor, sin discriminar entre deudores de primera y segunda clase”, declaró el abogado de ‘Defensa Deudores’, Ricardo Ibáñez.

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