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Contraloría contradice interpretación del gobierno y sostiene que Bono Pyme se debe pagar a todos los feriantes con permiso municipal

Publicado: 25.06.2021

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Este viernes, Contraloría General de la República emitió un dictamen sobre la polémica surgida a raíz de la interpretación que realizó el gobierno de la ley que establece el Bono Alivio Pyme, en relación a los feriantes. El Ministerio de Economía había excluido del pago a los comerciantes de ferias que no habían hecho inicio de actividades ante el Servicio de Impuestos Internos, sin embargo el organismo consideró que solo se requiere contar con permiso del municipio.

La extensión del pago de este bono que entrega $1 millón a los feriantes fue parte importante de la discusión que se dio en el Congreso durante la tramitación de la ley, que se encuentra en el marco de los «mínimos comunes». Así, la interpretación del Ejecutivo despertó críticas de varios sectores de la oposición, desde donde se dirigieron a Contraloría para que se pronuncie.

Cabe destacar que el mismo Ministerio de Economía también solicitó un pronunciamiento a la CGR sobre el articulado de la ley.

Así, esta tarde el ente fiscalizador emitió un documento firmado por el contralor general, Jorge Bermúdez, donde sostiene que los «microempresarios de ferias libres sólo requieren contar con el permiso municipal al día para acceder al bono establecido», es decir, no es necesario que cuenten con el inicio de actividades del SII.

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El organismo contralor agrega que si bien la ley del Bono Alivio a las Pymes utiliza la expresión «microempresarios» para referirse a los beneficiarios del sector de ferias libres, esta no debe ser entendida en los términos que ha señalado el Ministro de Economía, «toda vez que el legislador no efectuó distinciones al respeto, exigiendo solamente el permiso municipal al día«.

De igual forma, Contraloría sostuvo que no es posible asimilar el Estatuto Pyme (ley 20.416) a la situación de esta ley que establece dicho bono, toda vez que el otorgamiento de este beneficio es de «carácter excepcional, en un contexto extraordinario y respecto de una categoría de sujetos beneficiarios que tienen un régimen especial«.

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