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Metro apunta al Ministerio de Transportes tras millonaria demanda de Conadecus

Por: El Desconcierto / Agencia Uno | Publicado: 24.10.2021
Metro apunta al Ministerio de Transportes tras millonaria demanda de Conadecus Lector de tarjetas Bip! (referencial). | Agencia Uno.
Metro emitió un comunicado para referirse a la demanda en su contra que busca una indemnización de $54 mi millones para los usuarios a los que se les haya caducado el saldo de sus tarjetas Bip!. «El procedimiento de suspensión y caducidad de las cuotas de transporte de la tarjeta bip! corresponde a una definición del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones», se defendió.

Metro de Santiago emitió un breve comunicado donde apuntó al Ministerio de Transportes (MTT) tras las demanda de Conadecus, que pide una indemnización de $54 mil millones para usuarios con tarjetas caducadas de forma arbitraria.

Al respecto, informó que “el procedimiento de suspensión y caducidad de las cuotas de transporte de la tarjeta bip! corresponde a una definición del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones que se encuentra publicado en la web www.tarjetabip.cl”.

Asimismo agrega que “Metro solo está a cargo de realizar la administración de la tarjeta bip!, por lo que no define sus reglas de funcionamiento. Del mismo modo, no es dueño de los fondos de la bip! En consecuencia, los montos que corresponden a caducidad por no uso, tampoco quedan en sus cuentas”.

Además agregó que “respecto de la demanda de la Corporación Nacional de Consumidores y Usuarios de Chile (Conadecus), Metro aún no ha sido notificado”.

Cabe recordar que Conadecus presentó una demanda de interés colectivo en contra de Metro, en la que solicitan una indemnización total de $54 mil millones para los usuarios cuyos fondos de su tarjeta Bip! fueron caducados de forma arbitraria.

Conadecus explicó que la acción judicial explica que las cláusulas del contrato entre Metro y el Ministerio de Transporte estipulan que los viajes son contabilizados en base a una unidad llamada “Cuota de Transporte”. Al momento de que un usuario carga dinero, este se denomina de esa manera, y esas no son reembolsables ni transferibles.

El documento detalla que “el numeral 8 de los términos y condiciones de uso establece que, en caso de que los usuarios no utilicen las tarjetas Bip! en dos años, las cuotas de transporte caducan y no les son devueltas ni reembolsadas, y tampoco se pueden transferir a otra tarjeta”.

La demanda de los abogados Ciro Colombara y Aldo Díaz sostiene que esto constituye una “expropiación encubierta” de estos fondos que pertenecen a los usuarios, contraviniendo la ley y la Constitución. Asimismo, aseguran que esta caducidad se vio potenciada por las cuarentenas registradas desde que comenzó la pandemia.

En este sentido, Conadecus solicita que se restituyan estos fondos y se paguen indemnización total de “$54 mil millones divididos en un daño emergente de $18.700 mil millones; lucro cesante de $6 mil millones; daño extrapatrimonial de $18.700 millones; y el pago del incremento del 25% de las indemnizaciones solicitadas correspondiente a $10.900 millones”.

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