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España: Polémica por ley que solicitaría informe médico a personas ciegas y sordas para contraer matrimonio

Por: El Desconcierto | Publicado: 21.12.2016
España: Polémica por ley que solicitaría informe médico a personas ciegas y sordas para contraer matrimonio |
Un error en la redacción del Código Civil aprobado en 2015 pedía a personas ciegas o sordas un informe médico para poder casarse.

El texto del Nuevo Código Civil, aprobado en 2015 en España, contenía un párrafo del artículo 56 mal redactado, al parecer por haber copiado y pegado un documento más antiguo, el que habría gatillado el problema.

El párrafo señala que «en caso de que alguno de los contrayentes estuviera afectado por deficiencias mentales, intelectuales o sensoriales, se exigirá por el secretario judicial, notario, encargado del Registro Civil o funcionario que tramite el acta o expediente, dictamen médico sobre su aptitud para prestar el consentimiento». Por tanto, las personas sordas o ciegas no podrían contraer matrimonio, salvo que tuvieran esa acreditación médica, como lo informa el medio La Voz de Galicia.

Colectivos de discapacitados comenzaron rápidamente a manifestar su malestar al respecto, la Organización Nacional de Ciegos (ONCE) manifestó a través de un comunicado «Desde el Cermi Estatal (Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad), la ONCE (Organización Nacional de Ciegos Españoles), CNSE (Confederación Estatal de Personas Sordas) y Fiapas (Confederación Española de Familias de Personas Sordas) se trabaja para revocar esta medida», proceso que ya llevan trabajando durante nueves meses. Al hacerse público el hecho el Ministerio de Justicia se pronunció frente al hecho, anunciando una resolución urgente que insta a los notarios a no aplicar el párrafo en cuestión, salvo «deficiencias o anomalías mentales».

Cabe destacar que para arreglar el tema por completo debería aprobarse una nueva Constitución, situación por ahora impensada en el país europeo.

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