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Fallo a favor de periodista demandada por reportaje constituye que violencia contra las mujeres es de interés público y no privado

Por: Equipo El Desconcierto | Publicado: 08.02.2018
Fallo a favor de periodista demandada por reportaje constituye que violencia contra las mujeres es de interés público y no privado javiera tapia | Foto: Andrea Valderrama
El recurso de protección presentado contra Javiera Tapia, directora de POTQ Magazine, fue rechazado por la Corte de Apelaciones de Santiago, sosteniendo que los episodios narrados en el articulo sí constituyen interés público. «Estamos acostumbrados a las denuncias políticas o en economía, pero la violencia contra las mujeres sigue tratándose como algo cotidiano», comentó.

Este miércoles 7 se conoció el fallo a raíz del recurso de protección presentado por Jimmy Valenzuela Rodríguez contra la periodista Javiera Tapia Flores. La medida legal fue tomada a raíz de un reportaje publicado en cinco partes en POTQ Magazine titulado «Cuando ella habla, escucho la revolución», escrito por la directora del medio y que denuncia distintos hechos de violencia de género en el mundo de la música.

La serie de artículos incluía el testimonio de Daniela González, más conocida como «Dulce y Agraz», donde denunciaba violencia física y psicológica por parte del sujeto anteriormente mencionado, quien fue su pareja durante algunos años.

Valenzuela, en su acción constitucional, además de indicar que los relatos faltaban a la verdad, argumentó que los hechos formaban parte de la esfera privada de su vida y que estos no tenían relevancia pública más allá de que González fuese una artista conocida. De esta forma, el recurso de protección apuntaba al daño al honor y a la honra del denunciado.

Finalmente, y a pesar de los esfuerzos de la defensa de Valenzuela, el recurso fue rechazado, sosteniendo que los episodios narrados en el trabajo periodístico de Tapia sí constituyen interés público, dado que visibilizaban la violencia hacia las mujeres.

«Es un buen precedente porque la sentencia tiene un enfoque de género, y porque explica directamente que la violencia hacia las mujeres es información de interés público, que no es del ámbito privado. Los medios deben tener claro eso», comentó la comunicadora.

La periodista fue defendida por la abogada feminista Nicole Henríquez, quien en respuesta al recurso presentó como argumento la «Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer», más conocida como la «Convención de Belém Do Pará». Esta pone el foco en «alentar a los medios de comunicación a elaborar directrices adecuadas de difusión que contribuyan a erradicar la violencia contra la mujer en todas sus formas y a realzar el respeto a la dignidad de la mujer».

«Los medios de comunicación contribuir desde su trinchera informativa a denunciar y erradicar estas conductas, porque a medida de que vamos denunciando, vamos sacando al agresor de su impunidad y es una forma de reparación para la victima que muchas veces han tenido miedo de denunciar», declaró la defensora.

En la misma linea, Tapia plantea una crítica al tratamiento de la violencia de género en los medios, declarando que: «no están tomando estos temas y no están funcionando como lugares de denuncia. Estamos acostumbrados a las denuncias políticas o en economía, pero la violencia contra las mujeres sigue tratándose como algo privado».

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