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CIDH determina que el Estado violó los derechos humanos del juez Daniel Urrutia

Por: core | Publicado: 28.02.2019
CIDH determina que el Estado violó los derechos humanos del juez Daniel Urrutia DANIEL URRUTIA IMAGEN DE ARCHIVO |
La comisión recomendó dejar sin efecto la sanción contra el abogado que criticó las acciones de la Corte Suprema durante la dictadura cívico-militar.

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) determinó que el Estado violó los derechos humanos del juez Daniel Urrutia.

Esto después de las reiteradas sanciones disciplinarias en su contra que comenzó a recibir desde el año 2005 cuando en medio de su tesis de postgrado criticó el rol que tuvo el Poder Judicial durante la dictadura cívico-militar.

Según consigna el Diario Constitucional, la CIDH concluyó en un informe que Chile violó las garantías judiciales, el principio de legalidad, el derecho a la libertad de expresión y el derecho a la protección judicial.

Según la comisión, el Estado violó los derechos a conocer previa y detalladamente la acusación formulada y de tener el tiempo y los medios adecuados para la defensa, porque la víctima nunca fue notificada de que se inició un proceso disciplinario, las razones del mismo o las causales que pudo haber infringido con su conducta.

El caso se refiere a una serie de violaciones de derechos humanos que sufrió el abogado en el contexto de un proceso disciplinario que finalizó con una sanción de censura y que después reducida a amonestación privada.

El organismo también concluyó que el Estado violó el derecho a contar con una autoridad disciplinaria imparcial y el derecho a la protección judicial, ya que luego que la víctima remitió el trabajo académico a la Corte Suprema, la misma corte le devolvió el informe indicándole que éste contenía apreciaciones inadecuadas e inaceptables.

Junto con esto, la Comisión indicó que la finalidad perseguida por la Corte de «respeto jerárquico» no es uno de los fines consagrados en la Convención.

También estimó que no existía relación de medio a fin entre la restricción aplicada a un trabajo académico y la finalidad invocada y resaltó que las opiniones vertidas en el trabajo académico son de interés público y deben protegerse con mayor rigor en la medida en que contribuyen al debate sobre la forma en la que el Poder Judicial puede responder a denuncias de graves violaciones de derechos humanos.

Finalmente, el organismo recomendó dejar sin efecto la sanción contra el abogado que criticó las acciones de la Corte Suprema durante la dictadura cívico-militar.

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