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Fiscalía aclara que informe de inteligencia del gobierno no puede ser utilizado en procesos judiciales por su carácter «secreto»

Por: Gonzalo Espinoza | Publicado: 20.12.2019
Fiscalía aclara que informe de inteligencia del gobierno no puede ser utilizado en procesos judiciales por su carácter «secreto» Imagen referencial | / Agencia Uno
A través de un comunicado, la Fiscalía aclaró que «de acuerdo a lo establecido en el artículo 38 de la Ley N° 19.974, son ‘secretos y de circulación restringida, para todos los efectos legales, los antecedentes, informaciones y registros que obren en poder de los organismos que conforman el Sistema de Inteligencia o de su personal'».

El Ministerio Público confirmó esta jornada que recibió esta mañana, por parte del gobierno, la información de inteligencia sobre los ataques al Metro a la que se comprometió a entregar ayer el Ejecutivo en la reunión sostenida entre el ministro del Interior, Gonzalo Blumel y el Fiscal Nacional, Jorge Abbott.

A pesar de contar con nueva información con respecto a los ataques al tren subterráneo, el Ministerio Público explicó que productor del carácter de «secreto» que posee dicha información, ésta no puede ser utilizada en procesos judiciales.

“El Fiscal Nacional, Jorge Abbott, recibió hoy de manos del Director de la Agencia Nacional de Inteligencia (ANI), Gustavo Jordán, un informe entregado bajo secreto de la Ley de Inteligencia N° 19.974. Esto significa, que más allá de si este informe cuenta con algún valor probatorio, el secreto que lo rige imposibilita incorporarlo en cualquier investigación penal, ya sea actual o futura, del Ministerio Público”, señalaron en un comunicado.

En esa línea, agregaron que “de acuerdo a lo establecido en el artículo 38 de la Ley N° 19.974, son ‘secretos y de circulación restringida, para todos los efectos legales, los antecedentes, informaciones y registros que obren en poder de los organismos que conforman el Sistema de Inteligencia o de su personal'».

Es por esto que aclararon que “esto impide, bajo cualquier aspecto, que su contenido sea incorporado en cualquier proceso de la justicia penal. En tanto no se autorice el levantamiento del secreto por las autoridades competentes, esta información no puede constituir ni siquiera un aporte de contexto, pues a quién está dirigida queda por ley imposibilitado de comentarla, traspasarla, difundirla o de tomar decisiones investigativas a partir de ella”.

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