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Duro revés para la derecha en el TC: Tribunal rechazó conmutar penas a reos violadores de DD.HH.

Por: El Desconcierto | Publicado: 14.04.2020
Duro revés para la derecha en el TC: Tribunal rechazó conmutar penas a reos violadores de DD.HH. Punta Peuco | AGENCIA UNO
Eso, en lo referente a uno de los dos requerimientos que parlamentarios de Chile Vamos presentaron en las últimas semanas para incluir a los reos de crímenes de lesa humanidad en la ley de «indulto conmutativo», que se aprobó hace ya una semana, pero que no ha podido entrar en vigencia. Desde el gobierno, el ministro de Justicia valoró la determinación, y afirmó que «esto obliga a quienes presentaron un segundo requerimiento, lo retiren para que no sigamos postergando este beneficio».

A eso de las 21 horas de este lunes el Tribunal Constitucional resolvió respecto de uno de los recursos de inconstitucionalidad presentados por parlamentarios de Chile Vamos, que exigen la revisión del proyecto de ley de indultos conmutativos impulsado por el gobierno, alegando que estaría ejerciendo una «discriminación arbitraria» hacia los reos responsables de crímenes de lesa humanidad.

El proyecto tiene como fin descongestionar los recintos penitenciarios en Chile ante la pandemia del coronavirus, situación que beneficiaría a 1.300 reos y reas. Sin embargo, parlamentarios de Chile Vamos presentaron no solo uno sino que dos recursos ante el TC para lograr que el proyecto también incluyera a los condenados por violación a los Derechos Humanos durante la dictadura que están recluidos en Punta Peuco.

Pues durante la noche, el tribunal se pronunció respecto del primer requerimiento y rechazó el recurso presentado por los 12 senadores del oficialismo, por 7 votos en contra y solo 3 a favor.

En detalle, los votos en rechazo correspondieron a los ministros María Luisa Brahm, Gonzalo García, Nelson Pozo, Miguel Ángel Fernandez, Cristian Letelier, María Pía Silva y Rodrigo Pica, mientras que, a favor, se pronunciaron Iván Aróstica, Juan José Romero y José Ignacio Vásquez.

Los argumentos del debate

En la instancia diversas organizaciones de Derechos Humanos y de la sociedad civil, así como de ex militares como el ‘Cuerpo de Generales y Almirantes en Retiro‘ y la ‘Multigremial FACIR‘ que agrupa a personal en retiro de las FF.AA., de Carabineros, y de la PDI, expusieron sus argumentos respecto del recurso presentado.

Una de las expositoras fue la investigadora de la organización Londres 38, Karina Fernández, quien lamentó que se estuviera discutiendo sobre «beneficios que de manera inadecuada tratan de otorgarse a personas privilegiadas, institucionalmente protegidas por décadas, con el único objeto de evitar su castigo, cuando el debate en nuestro país en este momento debería centrarse justamente en la dignidad de quiénes están privados de libertad y que pertenecen a grupos de que se encuentran estructuralmente discriminados En ese sentido, lamentamos que muchas personas que hoy día deberían estar en sus hogares por el proyecto de ley aprobado el 8 de abril, permanezcan privados de libertad a la espera de la resolución de este debate».

Por su parte, el abogado representante de la Asociación de Abogados por los Derechos Humanos, Francisco Ugaz, agregó que “para la pregunta de qué debe inclinar la balanza en favor del cumplimiento de esta función deber del Estado, de sancionar crímenes de lesa humanidad y procurar la eficacia de la sanción penal, la respuesta está esencialmente en las fuentes del derecho internacional, que forman parte de nuestra legislación interna”.

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En ese sentido, cabe mencionar que recientemente, este 10 de abril, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, publicó un documento titulado «Coronavirus y DD.HH.» en el que se refieren al tratamiento de la pandemia, y al caso de las personas privadas de libertad, afirmando que se debe «asegurar que en los casos de personas en situación de riesgo en contexto de pandemia, se evalúen las solicitudes de beneficios carcelarios y medidas alternativas a la pena de prisión», pero que «en el caso de personas condenadas por graves violaciones a los derechos humanos y delitos de lesa humanidad, atendiendo el bien jurídico afectado, la gravedad de los hechos y la obligación de los Estados de sancionar a los responsables de tales violaciones, tales evaluaciones requieren de un análisis y requisitos más exigentes, con apego al principio de proporcionalidad y a los estándares interamericanos aplicables». 

En tanto, para la abogada de la Asociación de Abogadas Feministas, Camila Troncoso, estas normativas están relacionadas principalmente con el establecimiento de distinciones, recalcando las diferencias que existen entre los centros penitenciarios del país, que serán afectados por el coronavirus, respecto de la realidad de Punta Peuco.

Salones de Punta Peuco

En las cárceles comunes existe hacinamiento, falta de higiene, y de no tratarse de manera preventiva esta situación, va a generar una crisis sanitaria aún mayor, que es la de público conocimiento, saturando así la zona hospitalaria de la zona sur. Estas condiciones fácticas no se replican en Punta Peuco, y a la vez, los delitos cometidos son distintos”, enfatizó.

Finalemente, el abogado representante de los primeros doce parlamentarios que optaron por esta medida, Maximiliano Murath,  basó su argumentación en que la intención del proyecto es proteger a un determinado grupo etario de la población recluida en cárceles, y que por lo tanto el tipo de delito cometido no sería un factor a considerar. «Las personas mayores de 75 años son un grupo que se debe proteger», resaltó.

El «alivio» del Ejecutivo

Al respecto, el ministro de Justicia, Hernán Larraín, se mostró satisfecho por la determinación y aseguró que “nos alivia no solo porque teníamos razón, sino porque ahora muchas personas van a quedar con arresto domiciliario”. Además, el secretario de Estado agregó en referencia a los parlamentarios oficialistas que “esto obliga a quienes presentaron un segundo requerimiento lo retiren para que no sigamos postergando este beneficio”.

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