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Corte de Arica declara inadmisible recurso de protección que buscaba retomar la entrega de cajas de alimentos tras irregularidades en la adquisición

Por: Luz Venegas | Publicado: 24.06.2020
Corte de Arica declara inadmisible recurso de protección que buscaba retomar la entrega de cajas de alimentos tras irregularidades en la adquisición Imagen referencial | Agencia Uno
En fallo dividido, la Primera Sala del tribunal de alzada rechazó la acción judicial interpuesta por organizaciones sociales de la ciudad, tras establecer que las medidas cuestionadas no constituyen vulneración a garantías constitucionales. 

La Corte de Apelaciones de Arica declaró inadmisible el recurso de protección presentado en contra del intendente regional, Roberto Erpel Seguel, y el administrador regional, Giancarlo Baltolú Quintano, que buscaba que se retomara la entrega de cajas de alimentos, luego de que la Contraloría General de la República detectara irregularidades en la licitación de la adquisición de insumos y detuviera el proceso.

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En fallo dividido, la Primera Sala del tribunal de alzada -integrada por los ministros Marcelo Urzúa Pacheco, Pablo Zavala Fernández y José Delgado Ahumada- rechazó la acción judicial interpuesta por organizaciones sociales de la ciudad, tras establecer que las medidas cuestionadas no constituyen vulneración a garantías constitucionales.

«Que, del análisis de los antecedentes del presente recurso de protección, no aparece que se hayan mencionado hechos que eventualmente puedan constituir una vulneración a las garantías constitucionales indicadas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, por lo que su contenido no abarca las materias objeto del mismo, lo que impide que sea admitido a tramitación», señala la resolución.

«Por las anteriores consideraciones y lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y en el numeral 1º del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo del Recurso de Protección de las Garantías Constitucionales, se declara inadmisible el presente recurso», concluye el fallo.

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