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Más de 100 abogados firman carta en apoyo a colega en proceso de lactancia, privada de libertad por segundo día consecutivo

Por: El Desconcierto | Publicado: 29.07.2020
El caso corresponde a Daniela Sierra, abogada detenida este lunes en el contexto de una manifestación realizada en la Intendencia de Temuco por la huelga de hambre mapuche que lleva ya 86 días. «La decisión de apelar la resolución judicial por parte del gobierno, a través de su Intendencia, así como la decisión judicial adoptada, muestran una vez más, la vulneración a estándares internacionales de derechos humanos. Esta vez no sólo en lo que respecta a los derechos humanos de la mujer y de pueblos originarios, sino también de los niños», sostienen los 126 profesionales que denunciaron que la prisión preventiva determinada para la madre por segundo día consecutivo, es «una medida violenta y desproporcionada».

Un total de 126 abogadas y abogados firmaron una carta de apoyo hacia su colega Daniela Sierra, quien fue detenida este lunes en la Intendencia de Temuco, en el contexto de las manifestaciones que se produjeron en ese lugar por la huelga de hambre mapuche, que se extiende ya por 86 días.

La abogada Sierra, fue formalizada por delito de mano de obra a Carabineros, lesiones menos graves y amenazas. El juez de garantía decretó arresto domiciliario total, que era lo que pedía el Ministerio Público, pero el abogado de Intendencia apeló y solicitó su detención en un centro penitenciario femenino. Lo más grave del caso, es que Sierra es madre en periodo de lactancia y ya cumple su segundo día detenida.

Ante esta situación, los abogados que emitieron la misiva sostuvieron que «declaramos nuestro apoyo a la abogada Daniela Sierra Soto, quien hoy a petición del gobierno de Chile fue privada de libertad por segundo día consecutivo, luego de las manifestaciones en la Intendencia de Temuco con motivo de la Huelga de Hambre Mapuche».

«Respecto de las medidas cautelares, el Ministerio Público solicitó el arresto domiciliario total y la Intendencia de la Araucanía, a través de su abogado Sergio Arévalo Weddington la medida cautelar de prisión preventiva. El juez Federico Gutiérrez, mismo juez que decretó arresto domiciliario total para Martín Pradenas, decidió imponerle la misma medida cautelar que le impuso al imputado de violación, es decir, arresto domiciliario total», agregan los legistas.

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Luego, explican que «el abogado de la Intendencia apeló verbalmente en audiencia de esta decisión, sin considerar que la defensa había expuesto que Daniela Sierra actualmente se encuentra en proceso de lactancia materna. La defensoría penal pública mapuche solicitó que ella pudiera esperar la decisión de la Corte en su domicilio, bajo arresto domiciliario total, invocando el Convenio 169 y la Convención Belém Do Pará, lo que fue denegado por el juez de garantía dejándola privada de libertad otra noche más en el Centro de Detención Femenino de Temuco».

«Es decir, alejada de su núcleo familiar, de sus hij@s y a cientos de kilómetros de su domicilio. La decisión de apelar a la resolución judicial por parte del gobierno, a través de su Intendencia, así como la decisión judicial adoptada, muestran una vez más, la vulneración a estándares internacionales de derechos humanos en el contexto de la criminalización de la protesta social. Esta vez no solo en lo que respecta a los derechos humanos de la mujer y de pueblos originarios, sino también de los niños, pues la decisión judicial ha pasado también por alto el interés superior del niño, principio consagrado en la Convención de Derechos del Niño, al privar al lactante de
la posibilidad de estar con su madre en el hogar, lo cual resulta especialmente preocupante en el contexto de una pandemia», añaden los y las abogadas en su declaración.

Por esto, sostienen que privar de libertad a su colega, en las circunstancias antes expuestas es «una medida violenta y desproporcionada«.

«Los estándares de derecho internacional de derechos humanos, obligan a jueces, fiscales, querellantes, defensores y en general a todos los intervinientes en el proceso penal. Asimismo los jueces deben realizar el control de convencionalidad. Son estándares que no fueron considerados en este caso, evidenciando así una conducta discriminatoria por parte de agentes del gobierno y funcionarios del Estado de Chile para con el Pueblo Mapuche, algunos de cuyos integrantes privados de libertad se encuentran en huelga de hambre solicitando la aplicación del Convenio 169, norma ratificada hace ya 20 años por el Estado y que aún no logra asentarse en los criterios y prácticas judiciales y del sistema penal en general», cierran los legistas.

Lee aquí su declaración completa:

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