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Suprema rechaza recurso de Ossandón que pedía bajar reportaje de TVN sobre pago de contribuciones por su casa en Pirque

Por: El Desconcierto | Publicado: 11.05.2021
Suprema rechaza recurso de Ossandón que pedía bajar reportaje de TVN sobre pago de contribuciones por su casa en Pirque Manuel José Ossandón. | Agencia Uno (archivo).
El senador Manuel José Ossandón presentó un recurso que buscaba bajar la publicación de un reportaje del programa Informe Especial, de TVN, en el que aparecen imágenes de un inmueble de su propiedad y en el que se acusa que no se pagaron las contribuciones correspondientes. «La Suprema dice que la libertad de expresión es más importante que su interés particular», valoró Matías Kunsemüller, abogado del canal estatal.

La Corte Suprema resolvió rechazar el recurso de protección interpuesto por el senador Manuel José Ossandón en contra de Televisión Nacional de Chile, en el cual solicitaba eliminar imágenes de un reportaje, emitido en 2020, en el que aparece su casa en la comuna de Pirque en el contexto de una denuncia por el no pago de las contribuciones correspondientes.

El máximo tribunal revirtió así la decisión que la Corte de Apelaciones de San Miguel tomó y en la que había acogido la presentación de Ossandón, aludiendo a que se ve había vulnerado la intimidad del parlamentario al momento de realizar algunas tomas aéreas con un dron sobre la propiedad.


La pretensión del senador ante el tribunal era no solo que TVN quitara de su sitio web el reportaje «Pago de contribuciones de parlamentarios ¿Cómo andamos por casa?«, sino que «se ordene eliminar; destruir en su presencia las imágenes y soportes que las contienen» o en subsidio, «editar el reportaje eximiendo las grabaciones de su domicilio y las demás que se estimen pertinentes», según informó La Tercera.

Sin embargo, la Suprema consideró que «no se ha probado que ese video haya captado imágenes de personas en el interior (de la casa), como tampoco que haya tenido el propósito de captarlas».

De esta forma, el actuar del medio en este caso «conforme se ha venido desarrollando, encuentra un fundamento racional en el ejercicio del llamado periodismo investigativo, al cual se ha referido el Dictamen Nº 43.183 del Consejo de Ética de los Medios de Comunicación de Chile y cuya justificación – como se explicitó- radica en la relevancia pública del asunto«, según el tribunal.

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Así, las imágenes se justificarían porque permitió a los periodistas realizar mediciones con los tasadores para determinar si los investigados habían pagado las contribuciones que correspondían. Lo que finalmente permitió determinar que «dicha propiedad pagaría un impuesto territorial inferior al que legalmente le correspondería».

«Resulta evidente que la conducta de las recurridas (TVN) que se denuncia como ilegal y arbitraria no es tal, desde que se ha ajustado a la normativa vigente, la cual tampoco puede ser calificada de arbitraria, toda vez que, se limitó a filmar la infraestructura de la casa de los actores para un fin determinado, puntual y de interés público«, argumentó la Suprema.

Las decisión fue de manera unánime, con los votos de los ministros Sergio Muñoz, Ángela Vivanco y las abogadas integrantes María Cristina Gajardo y Pía Tavolari.

«La libertad de expresión es más importante que su interés particular»

El abogado Matías Kunsemüller, quien tomó la representación de TVN, sostuvo que «para nosotros la sentencia de la Corte Suprema es muy valiosa, porque lo que hace es ir en la línea correcta de la defensa de la libertad de expresión».

Sobre Ossandón, el jurista cuestionó que «en vez de corregir el asunto y hacerse cargo de eso, lo que él decide hacer es presentar un recurso de protección que busca eliminar el programa, o sea, un senador de la República presentó un recurso de protección a quien, en definitiva, pillaron no pagando las contribuciones correspondientes, pagando menos impuestos que sus electores«.

«La Suprema dice que la libertad de expresión es más importante que su interés particular, sobre todo cuando usted es una autoridad política en el ejercicio de su función y que fue descubierta en esta irregularidad», concluyó.

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