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TC acoge requerimiento de Chile Vamos y declara inconstitucional algunos artículos de la Ley de Garantías de los Derechos de la Niñez

Por: El Desconcierto | Publicado: 16.07.2021
TC acoge requerimiento de Chile Vamos y declara inconstitucional algunos artículos de la Ley de Garantías de los Derechos de la Niñez Tribunal Constitucional | Agencia Uno
Este viernes se conoció que el Tribunal Constitucional acogió los requerimientos que presentaron parlamentarios de Chile Vamos, para impugnar parte de algunos artículos de la Ley de Garantías de los Derechos de la Niñez.

Luego del requerimiento presentado por Chile Vamos a fines de junio, el Tribunal Constitucional decidió acogerlos y declarar inconstitucional algunos incisos de tres artículos del proyecto de Ley de Garantías de los Derechos de la Niñez.

De acuerdo a lo informado por El Mercurio, esta iniciativa ingresada en el año 2015 durante el segundo gobierno de Michelle Bachelet, creó el Sistema de Garantías y Protección Integral de los Derechos de la Niñez y Adolescencia, el cual fue aprobado en junio de este año 2021.

Sin embargo, desde Chile Vamos instaron al TC a que se pronunciara sobre algunos incisos de esta moción, sobre los artículos 11°, 31° y 41°.

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De acuerdo a los senadores Ena von Baer, Claudio Alvarado, Rodrigo Galilea y Rafael Prohens, autores de uno de los dos requerimientos, esta acción buscaba dirimir la constitucionalidad de la autonomía progresiva de los niños que, según su raciocinio, ‘chocaba’ con el derecho preferente de los padres a educar a sus hijos.

El otro, firmado por cerca de 50 diputados de la UDI y RN, tiene que ver con la polémica discusión de la educación sexual infantil, la cual, para Chile Vamos, esta normativa obligaba a realizarla, pese a la oposición que pudieran presentar sus padres. Esto, porque se busca entregar una educación “laica y no sexista”, pero para el bloque oficialista impedía que se pudiera realizar con una orientación religiosa.

Es así como a fines de junio, una vez aprobado el proyecto por ambas Cámaras, Chile Vamos acudió al Tribunal Constitucional para que diera su parecer al requerimiento, el cual fue acogido este jueves, luego de 10 horas de deliberación.

Resolución del TC

Este viernes, el diario La Tercera aseguró que el TC ordenó que se debería eliminar una frase del inciso primero del artículo 11°, por inconstitucionalidad.

“Todo niño, niña y adolescente, de conformidad al Sistema de Garantías y Protección Integral de los Derechos de la Niñez y Adolescencia, podrá ejercer sus derechos en consonancia con la evolución de sus facultades, atendiendo a su edad, madurez y grado de desarrollo que manifieste, salvo que la ley limite este ejercicio, tratándose de derechos fundamentales, en cuyo caso las limitaciones deben interpretarse siempre de modo restrictivo”, indica dicho artículo.

El TC ordenó retirar la frase “en cuyo caso las limitaciones deben interpretarse siempre de modo restrictivo”. Además, se debe eliminar una frase del inciso segundo del artículo 11° que reza “durante su proceso de crecimiento los niños, niñas y adolescentes van desarrollando nuevas capacidades y profundizando otras que les permiten, progresivamente, requerir menor dirección y orientación por parte de los padres y/o madres, representantes legales o las personas que los tengan legalmente a su cuidado”.

Para el Tribunal Constitucional se debe sacar de la ley la parte “que les permiten, progresivamente, requerir menor dirección y orientación por parte de los padres y/o madres, representantes legales o las personas que los tengan legalmente a su cuidado”.

Otra impugnación de Chile Vamos acogida es la que tiene que ver con el artículo 31: “los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a tomar parte en reuniones públicas y manifestaciones pacíficas convocadas conforme a la ley, sean de carácter festivo, deportivo, cultural, artístico, social, religioso, o de cualquier otra índole, en compañía de sus padres y/o madres, otros adultos responsables, o por sí solos, si su edad y el grado de autonomía con el que se desenvuelven así lo permitieren”

Se debe eliminar la frase “o por sí solos, si su edad y el grado de autonomía con el que se desenvuelven así lo permitieren”.

Finalmente, se impugnó el artículo 41 que indicaba que la educación sexual debía ser “de carácter laico y no sexista”.

De acuerdo al medio, acogieron a favor los integrantes María Luisa Brahm (presidenta), Iván Aróstica, Juan José Romero, Cristián Letelier, José Ignacio Vásquez y Miguel Ángel Fernández. En contra votaron Gonzalo García, Nelson Pozo, Rodrigo Pica y María Pía Silva.

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