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Exalumnas denuncian a la Universidad Católica por violencia de género y discriminación

Por: El Desconcierto | Publicado: 07.05.2022
Exalumnas denuncian a la Universidad Católica por violencia de género y discriminación Manifestación contra la violencia de género en las universidades (imagen referencial) | Agencia Uno (archivo)
Algunas de las infracciones legales denunciadas son la vulneración del debido proceso y detrimento de la integridad psíquica de las víctimas durante los procesos disciplinarios por violencia de género.

Ante la Superintendencia de Educación Superior concurrieron dos exalumnas de pregrado de la Pontificia Universidad Católica (PUC) para presentar una denuncia contra dicha institución, debido a diversas vulneración en la tramitación de los procesos disciplinarios internos por hechos constitutivos de violencia sexual, según acusan.

Las denunciantes sostienen que los procesos de responsabilidad llevados a cabo por la PUC son contrarios al debido proceso y a la imparcialidad, además de incumplir garantías consagradas por la normativa interna para las víctimas.

La abogada que patrocina esta causa, Josefina Letelier, explicó que la denuncia caracteriza de forma detallada las deficiencias de los procesos disciplinarios de la universidad en casos de violencia de género, lo que en muchas ocasiones favorece la impunidad de los victimarios y genera severas afectaciones a la integridad psíquica de quienes denuncian.

El Desconcierto se comunicó con la casa de estudios para tener su versión en cuanto al caso, sin embargo, decidieron no enviar una declaración al respecto.

Las arbitrariedades denunciadas

La primera denunciante, de iniciales M.M., es egresada de la Universidad Católica y fue víctima de abuso sexual durante su estadía en la UC por parte de un compañero. Al realizar la denuncia lo hizo entendiendo que, según la misma normativa de la universidad, el procedimiento debía ser expedito en su resolución. Terminó durando cerca de dos años y cuatro meses.

En un comienzo la denuncia fue sobreseída, pues se estimó que no existía conducta vulneradora alguna. M.M. apeló la decisión y luego de tener prácticamente un nuevo proceso de investigación se llegó a la conclusión de que la denunciante efectivamente había sido víctima de abuso sexual.

No obstante, señala la denuncia, la sanción aplicable al victimario sería atenuada y su conducta catalogada como una mera «reacción instintiva y torpe de masturbación».

El mismo libelo expone que cerca de trece prórrogas de plazo estuvieron destinadas a subsanar los errores cometidos por quienes sustanciaban el proceso e incluso con la posibilidad de permitir al denunciado entregar pruebas que no había presentado con anterioridad al habérsele vencido el plazo de presentación.

Paradojalmente, a pesar de haber obtenido una sentencia condenatoria contra su victimario, la denunciante insiste en que fue ella la que pagó los mayores costos personales en esta situación pues, según expone, debió anular un semestre académico e interrumpir otros tres debido a que la universidad no adoptó las medidas necesarias para hacer efectiva la separación de espacios que ordenó, lo que expuso a la víctima a compartir ambientes con el victimario.

Revictimización

La segunda denuncia corresponde al caso de K.H., alumna en etapa de titulación de la Universidad Católica, que no ha podido dar el examen de grado debido a que una persona a quien acusó por acoso forma parte de los planteles que evalúan dicha instancia, quien fue sobreseído en el proceso que conoció la imputación.

La denuncia de K.H., según expone el texto acusatorio, fue contra un académico de su facultad después de dos años de haber sido víctima de acoso sexual. Sin embargo, alega la denunciante, «en lugar de perseguirse la responsabilidad del victimario a través de un proceso racional y justo, las autoridades directivas de la universidad indagaron activamente respecto a mi vida sexual y sentimental«.

Letelier explica que este caso en particular es emblemático en demostrar que los procedimientos disciplinarios internos de la UC se hallan fuera de lo que un marco constitucional permite y que al producirse estos resultados infringen los servicios educacionales pactados entre la institución y sus estudiantes, lo que amerita la aplicación de la sanción que se solicita.

La misma denuncia expone que cuatro testigos del proceso que conoció el caso de K.H. confirmaron la procedencia de, al menos, actos impropios por parte del victimario, a pesar del sobreseimiento. Esto porque, a juicio de las autoridades encargadas de resolver, la conducta del inculpado se debería más bien a una “torpeza” que no sería compatible con “el grado de afectación propio” de un acoso sexual.

Según la abogada, cuando la denunciante decidió apelar a esta decisión, se le negó el acceso al expediente sumarial del caso, así como al resto de los antecedentes relacionados a la defensa del inculpado. Esto, a juicio de la denunciante, contrasta con lo acontecido con la parte denunciada, a quien se le entregó una copia íntegra del expediente y se le permitió apelar fuera de plazo, facilitándole para ello los fundamentos del recurso de apelación de la denunciante.

Lo más evidente de arbitrariedad en este caso, señala la abogada patrocinante de las denunciantes, es que para acceder al expediente del sumario disciplinario de la Universidad, K.H. tuvo que recurrir de protección ante los tribunales superiores de justicia; y, luego de tres peticiones por parte de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago, apenas horas antes de los alegatos de la causa ante el magistrado, la universidad accedió a entregarlo.

Para Letelier el caso de K.H. reviste urgencia. Declara que “actualmente, la universidad le impide a la denunciante terminar el proceso de egreso y titulación debido a que se deshabilitó su portal académico, cuestión que le impide ingresar los datos  para su certificación en inglés, último requisito pendiente para solicitar la fecha para la rendición del examen de grado; y, por otro lado, se niega a ordenar las medidas de resguardo necesarias para impedir que el inculpado forme parte de la comisión evaluadora para optar a su título”.

Apoyos y eventuales consecuencias

El libelo, que es respaldado por la directiva de la Federación de Estudiantes de la Universidad Católica (FEUC), busca que la Superintendencia aplique multas a la universidad que podrían llegar a la cifra de $55 millones.

Las denunciantes declaran que estos casos no son aislados al interior de la universidad, existiendo varias víctimas que se encuentran en posiciones parecidas, pero que temen denunciar debido a las posibles represalias de la institución.

«Esperamos que con esta denuncia, las víctimas al interior de la universidad puedan sentirse en una mejor posición para poder denunciar», declaró una de ellas.

La defensa de las denunciantes estará a cargo de la organización “Heloicas”, que se especializa en la defensa de las víctimas de acoso y arbitrariedades cometidas al interior de instituciones de educación, la cual ha habilitado un portal de denuncias en el sitio web www.heloicas.cl para las víctimas de este tipo de casos.

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